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Sociedad

El nuevo DNI europeo: ¿cuáles son las novedades y desde cuándo es obligatorio?

Un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI) se empezará a expedir en España a partir del 2 de agosto. Se trata de un documento común para todos los miembros de la Unión Europea y cuya entrada en vigor es obligatoria.

Explicamos aquí sus principales características y cuándo tendremos que solicitar este nuevo DNI.

Las novedades

Este documento de identidad, además de actualizar su imagen, incorpora nuevas medidas de seguridad visibles e invisibles. Estas son algunas de sus características:

  • Este nuevo documento será bilingüe. La normativa europea obliga a que cuente con otro idioma de un país de la Unión Europea además del propio. En el caso de España, el segundo idioma elegido es el inglés.
  • En la parte de atrás se añadirá el código de dos letras de cada país. En el caso de España, es ES. Este aparecerá en un rectángulo azul con 12 estrellas amarillas.
  • El nuevo DNI contará con un microchip que almacenará la foto, la firma y las huellas dactilares, además de los certificados de autenticación y la firma electrónica. Facilitar las huellas dactilares no será obligatorio para los menores de 12 años y los menores de seis años están exentos, así como las personas a las que les sea físicamente imposible proporcionarlas.
  • Además, el DNI europeo cuenta con medidas de seguridad como un parche holográfico, tinta ópticamente variable, tintas UV y microtextos, según explica la Policía Nacional.

Llevar el DNI en el móvil

Otra de las novedades de este DNI es que contará con una aplicación gratuita que permitirá que cualquier ciudadano pueda acreditar su identidad y usar su firma electrónica desde su teléfono móvil, sin necesidad de llevar el documento físico consigo. Además, se está preparando una aplicación española para que todos los ciudadanos puedan llevar su DNI en el móvil aunque no sea el europeo.

Mientras que la app española solo servirá para llevar la documentación, la app europea busca que, además de poder llevar los documentos oficiales de forma legal, sirva como mecanismo de comunicación con las administraciones para hacer gestiones como el pago de impuestos o multas.

¿Cuándo me lo tengo que hacer?

El DNI europeo entra en vigor el 2 de agosto, por lo que los nuevos documentos que se emitan a partir de esa fecha ya tendrán ese formato. Los que no cumplan con este modelo dejarán de ser válidos cuando llegue su fecha de expiración y si esta es posterior al 3 de agosto de 2031, deberá ser renovado entonces.

Por otra parte, el documento de los mayores de 70 años, que tiene una validez permanente, seguirá siendo válido siempre que cumpla con las normas mínimas de seguridad que se recogen en la parte 2 del documento 9303 de la OACI.

El DNI europeo tendrá una validez de cinco años como mínimo y 10 como máximo y cada país podrá decidir cómo regular este punto. Actualmente, en España hay que renovarlo cada cinco años hasta los 30 años de edad y cada 10 años hasta los 70.

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