Estas enfermedades pueden hacer que pierdas el carnet de conducir: mira si tienes alguna
Atender a las limitaciones médicas antes de conducir no solo evita consecuencias económicas sino que te protege vidas

Carnet de conducir | Canva
Conducir es una actividad que exige plena capacidad física, sensorial y mental. Sin embargo, lo que muchos no saben es que determinadas enfermedades pueden impedir no solo obtener o renovar el permiso de conducción, sino también invalidarlo, incluso cuando se haya superado el reconocimiento psicotécnico. Desde Cleverea, la aseguradora digital especializada en vehículos, alertan de los riesgos legales, médicos y económicos que esto puede suponer.
Enfermedades que impiden conducir
La normativa española establece que en casos de patologías determinadas, no basta con pasar el test psicotécnico para renovar el carné de conducir. Según Cleverea, conducir con una enfermedad sin tener esta aprobación puede conllevar multas de hasta 6.000 euros y la pérdida de cobertura del seguro en caso de accidente. La aseguradora solo cubriría los daños a terceros, pero podría reclamar al conductor todos los gastos si se demuestra que no estaba autorizado a conducir debido a su estado de salud.

- Capacidad auditiva: las hipoacusias que impliquen una pérdida combinada superior al 45 % entre ambos oídos (con o sin audífono) impiden obtener o renovar el permiso de conducir. La pérdida debe medirse mediante una audiometría tonal.
- Agudeza visual: el 90 % de la información al conducir se percibe visualmente. La legislación exige una agudeza mínima de 0,5 (con o sin gafas). Con 0,4, el riesgo de accidente se triplica. Además, tras una operación ocular, hay que esperar un mes antes de volver a conducir y presentar un informe favorable que limitará la vigencia del carné a un año. Posteriormente, se requerirá nuevo examen visual.
- Enfermedades cardiovasculares: si se ha implantado un marcapasos o desfibrilador, hay que esperar entre dos semanas y tres meses para volver a conducir, según el tipo de intervención. Tras un infarto o angina inestable, se debe guardar un periodo mínimo de tres semanas sin síntomas. En todos los casos, es obligatorio contar con un informe cardiológico favorable.
- Trastornos hematológicos: enfermedades como la anemia, la hemocromatosis o los trastornos mieloproliferativos pueden generar síntomas como mareo, somnolencia o pérdida de conciencia, incompatibles con la conducción. La duración de la restricción dependerá de la evolución clínica y del criterio del especialista, y puede prolongarse hasta un año o más.
- Sistema renal: pacientes en diálisis o trasplantados necesitarán un informe favorable de su nefrólogo. Tras un trasplante renal, deben transcurrir al menos seis meses sin complicaciones para volver a conducir.
- Sistema respiratorio: no deben existir afecciones pulmonares, pleurales o diafragmáticas que limiten la capacidad para conducir. En el caso del síndrome de apnea del sueño, solo se podrá obtener o renovar el carné con un informe positivo de una unidad del sueño, y la vigencia será de un máximo de dos años.
- Enfermedades metabólicas y endocrinas: la más común es la diabetes. Los pacientes que requieran insulina deben demostrar un buen control de la enfermedad mediante informe médico. No se deben haber sufrido episodios de hipoglucemia aguda con pérdida de conciencia en el último año. En enfermedades tiroideas, paratiroideas o adrenales, se debe acreditar que no hay riesgo de debilidad muscular ni alteraciones cognitivas. En general, la validez del carné será de hasta cuatro años.
- Enfermedades neurológicas y musculares: epilepsia, trastornos neuromusculares, alteraciones del equilibrio, ictus o temblores graves pueden afectar al control del vehículo. Se requerirá evaluación médica y el permiso tendrá una vigencia máxima de cinco años.
- Trastornos mentales y de conducta: incluyen esquizofrenia, demencia, trastornos de personalidad, del estado de ánimo o del sueño. El informe del psiquiatra determinará si la persona puede conducir y por cuánto tiempo. Generalmente, el permiso tendrá una validez de un año.
- Sistema locomotor: las personas con anomalías físicas o limitaciones de movilidad que impidan adoptar una postura de conducción segura, o que comprometan la visibilidad, no podrán obtener el permiso de conducir.
¿Qué ocurre si se conduce sin autorización médica?
Aunque todos los vehículos deben contar con un seguro, este puede no cubrir ciertos daños si el conductor padece una enfermedad incompatible con la conducción y no tiene el permiso médico correspondiente. En caso de accidente, la aseguradora cubrirá los daños a terceros por responsabilidad civil, pero luego podrá reclamar al conductor los gastos derivados del siniestro (hospitalización, reparación del coche, indemnizaciones). Además, conducir en estas condiciones puede conllevar multas administrativas de hasta 6.000 euros.
Desde Cleverea lo dejan claro: “Conducir padeciendo ciertas patologías puede ser muy peligroso, no solo para nosotros, sino también para los demás”, afirma Javier Bosch, CEO de la compañía. “Arriesgamos no solo nuestra salud, también nuestra economía, ya que los agentes nos podrían multar y el seguro no cubrirnos en caso de accidente. Por ello es muy importante prestar atención a los prospectos de los medicamentos que estemos tomando y seguir las indicaciones de nuestro médico”.