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Los médicos avisan de que no pueden emitir bajas a los padres con hijos en cuarentena

Los médicos avisan de que no pueden emitir bajas a los padres con hijos en cuarentena

Manu Fernandez | AP Photo

El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) ha advertido que ellos no cuentan con la competencia para dispensar una baja laboral a los padres de niños que se encuentren en cuarentena por estar en contacto con un caso de COVID-19 en la escuela.

En contexto: el aumento de contagios por coronavirus ha puesto en boga todos los escenarios que deberían contemplarse en los centros escolares. Isabel Celaá avanzó hace semanas que estaba estudiando la puesta en marcha de un permiso retribuido o baja para aquellos padres cuyos hijos tengan que guardar cuarentena. En un comunicado, los médicos han querido aclarar toda la situación para la vuelta a las aulas y prevenir una saturación en las consultas de Atención Primaria. 

Así, el CGCOM, en un documento titulado Coronavirus, escuela y bajas médicas, ha señalado que no es competencia de los médicos determinar si los padres o hijos e hijas en cuarentena, incluidos los casos en que no haya ningún positivo, puedan, o no, acceder a una dispensa laboral. «Salvo positividad virológica nunca se tratará de una baja médica y, por lo tanto, en su caso, esta circunstancia deberá articularse y gestionarse a través de un circuito sociolaboral diferente al médico».

Los responsables del informe han detallado como una baja médica se prescribe a una persona solamente en caso de incapacidad física o psíquica que le impida desarrollar su trabajo, en caso de que sea necesaria como parte del proceso terapéutico basado en un criterio clínico, o en caso de aislamiento profiláctico por contacto directo con un caso positivo de COVID-19[contexto id=»460724″], en este contexto epidémico como el actual.

Igualmente se ha indicado que tampoco es su competencia certificar las ausencias escolares, que solo pueden ser autorizadas por los tutores legales de los menores de edad según la legislación vigente.

«Los médicos están obligados a certificar estados de salud bien en un informe clínico o en un certificado médico oficial, pero no existe tal obligación para proceder a emitir certificados médicos con una finalidad predeterminada, solicitada por el propio paciente, sus padres o su representante legal, y que aparezcan contemplados en el propio informe o certificado», han señalado los profesionales sanitarios.

Por eso, han aclarado que, ante la demanda o petición por parte de los padres o tutores de los menores de edad, es preciso saber que la ley no ampara esta petición y que el médico no está capacitado para hacer justificantes escolares, de asistencia o no a los centros escolares.

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