Recargos en los décimos de Lotería de Navidad: una práctica que podría ser ilegal
La venta de décimos solo puede realizarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas
Desde la implementación del euro en España en 2002, el precio de un décimo de la Lotería de Navidad ha estado establecido en 20 euros.
En 1966 el precio por décimo era de 500 pesetas lo que equivalía a 3 euros. Sin embargo, la cifra fue en aumento a lo largo de la segunda mitad del siglo XX.
A pesar de esto, es común encontrar décimos de Lotería que se venden por encima de los 20 euros en lugares que no son las oficinas públicas de Loterías y Apuestas del Estado. Y lo cierto es que este recargo adicional no siempre se ajusta al marco legal.
¿Cuándo es ilegal cobrar recargo?
Existen situaciones en las que este recargo es legalmente aceptable. Por ejemplo, si la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) otorga explícitamente permiso a una entidad para agregar este recargo al precio del décimo. Según el artículo 8 de la Instrucción General de Loterías, se prohíbe la reventa con sobreprecio y se castiga de acuerdo con la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación.
En el caso de los décimos vendidos en escuelas, asociaciones vecinales o equipos deportivos que requieren un monto adicional, este recargo sería considerado legal. En este contexto, el recargo se considera una participación, es decir, se paga un extra junto al décimo de lotería como una donación a una organización a la que se pertenece.
Para garantizar la legalidad del recargo, es recomendable preguntar directamente a la entidad si cuentan con la autorización de la SELAE para añadir este monto al valor original del décimo.
Sin embargo, en lugares como bares, restaurantes y otros comercios, agregar un recargo adicional al precio original del décimo es ilegal. En estos casos, es necesario informar a las autoridades pertinentes. Si se encuentra un recargo en este tipo de establecimientos, se debe contactar directamente con la SELAE, proporcionando toda la información sobre el décimo y la entidad que lo ha vendido.
¿Es legal la reventa de décimos de la Lotería?
La venta de décimos para el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, que se extiende desde el 3 de julio hasta el 21 de diciembre, crea un ambiente de ilusión y expectativa cada 22 de diciembre.
Existen diversas maneras de participar en este sorteo, ya sea adquiriendo una papeleta individual, compartiéndola entre amigos y familiares, o mediante participaciones que involucran a varios con el precio del décimo distribuido según el número de personas.
A pesar de estas opciones, algunos podrían intentar revender la lotería a un precio superior con la intención de obtener ganancias adicionales. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esto es ilegal, según lo establece el artículo 2 de la Instrucción General de Loterías, donde se prohíbe expresamente la reventa con sobreprecio.
Además, el artículo 8 de la misma regulación indica que la venta de décimos solo puede realizarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas.
Los titulares de estas administraciones pueden, si lo consideran necesario, emplear vendedores autorizados que dependan exclusivamente de ellos, según lo determinado en los artículos 186 al 192 de dicha Instrucción.
Esto significa que, a menos que se cuente con la autorización específica de Loterías y Apuestas del Estado, no está permitido comprar un décimo de lotería para revenderlo con un sobreprecio.