La DGT más estricta que nunca: con estas enfermedades no te renovarán el carnet
Conducir con una de estas patologías y un diagnóstico médico negativo puede acarrear multas de hasta 6.000 euros
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha modificado los plazos de validez del carné de conducir, una medida que afecta principalmente en las personas mayores de 65 años. Además, se han especificado las enfermedades que son un obstáculo para obtener o renovar el permiso de conducción en el país.
La nueva frecuencia de renovación del carnet para mayores de 65 años
Aunque en España no existe una restricción de edad para conducir, a partir de los 65 años se ha establecido una mayor frecuencia de renovación del permiso.
Según la nueva regulación, los permisos para coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) y las licencias de conducción tendrán una validez máxima de 5 años, mientras que los permisos profesionales para autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1) requerirán renovarse cada 3 años.
Esta medida se ha adoptado debido a la elevada tasa de mortalidad en accidentes de tráfico entre las personas mayores. Según datos, el 30% de las víctimas mortales en accidentes de tráfico en la Unión Europea son mayores de 65 años.
La causa de estos accidentes puede estar relacionada con la disminución de las habilidades psicofísicas asociadas al envejecimiento. Por esta razón, la DGT ha actualizado los plazos de renovación para las personas mayores, con el objetivo de tener un mejor control sobre el estado de salud de los conductores en España.
La importancia del estado de salud
El estado de salud es un requisito fundamental establecido por la DGT para obtener o renovar el carné de conducir. En consecuencia, todos los conductores deben someterse a un examen médico que incluye pruebas médicas y psicotécnicas.
Para aquellos que desean renovar su carné, estas pruebas deben llevarse a cabo en un Centro de Reconocimiento de Conductores aprobado, y antes de que expire el permiso, ya que conducir con un carné caducado puede resultar en multas de 200 euros.
El objetivo de este proceso es certificar que el conductor interesado en la renovación está en condiciones físicas y mentales óptimas para conducir un vehículo de manera segura.
El médico a cargo del examen debe tener en cuenta el historial médico del conductor, y cualquier dolencia que pueda afectar su capacidad para conducir debe ser revelada.
Aunque para muchos conductores este proceso puede parecer simplemente una formalidad centrada en la visión y la audición, es importante destacar que existen numerosas enfermedades y condiciones de salud que pueden afectar la capacidad de conducir de una persona y que pueden impedirle legalmente manejar un vehículo.
Las enfermedades con las que no te renovarán el carnet bajo ningún concepto
La DGT ha establecido un listado de enfermedades y patologías incompatibles con la conducción de vehículos, con el objetivo de reducir al máximo los accidentes en carretera.
En consecuencia, los pacientes que sufran estas dolencias podrían enfrentarse a restricciones para obtener o renovar su carné de conducir, a menos que cuenten con un informe médico que certifique su aptitud para manejar un vehículo.
El listado de la DGT abarca nueve categorías de enfermedades: vasculares, cardíacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas.
Enfermedades mentales y demencia
En particular, la DGT presta especial atención a las enfermedades mentales y la demencia, ya que diversos estudios científicos han demostrado que los conductores que padecen estas condiciones tienen un mayor riesgo de sufrir accidentes. Se estima que el riesgo de que un conductor mayor con signos iniciales de demencia cometa una infracción o se vea involucrado en un accidente es de 2,5 a 8 veces mayor que en personas sanas.
Por otra parte, los trastornos de ansiedad, de la personalidad, del sueño, la depresión, el trastorno obsesivo-compulsivo (TOC), el trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH), el trastorno del desarrollo intelectual y la dependencia del alcohol y las drogas, el conductor no podrá ponerse al volante de ningún vehículo, a menos que cuente con un informe médico favorable.
Enfermedades respiratorias
Entre las enfermedades respiratorias que pueden limitar la capacidad de conducción se incluyen la apnea del sueño y la disnea permanente en reposo o esfuerzo leve.
Además, otras patologías como el trasplante renal, la nefropatía con diálisis, la epilepsia, el hipotiroidismo, la diabetes dependiente de la insulina, las arritmias cardíacas, entre otras, también pueden afectar a la capacidad del conductor para manejar un vehículo de forma segura.
Otras enfermedades
Otras enfermedades incompatibles con la conducción incluyen el Alzheimer, la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), el temblor esencial, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), la distrofia muscular, la osteoporosis, el Parkinson y la artritis reumatoide.
Es importante destacar que el diagnóstico de una enfermedad no necesariamente implica la incapacidad del conductor para volver a conducir.
La aptitud para conducir dependerá de la evolución de la enfermedad y la condición física del paciente, por lo que deberá ser evaluado periódicamente, con mayor frecuencia que otros conductores. Sin embargo, conducir con un diagnóstico médico negativo puede acarrear multas de hasta 6.000 euros.