El Consejo de Ministros aprobará este martes el reconocimiento de la covid-19 como enfermedad profesional para los sanitarios, una situación hasta ahora reconocida como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo, según han confirmado a EFE fuentes de la Moncloa. Los sanitarios reclaman esta consideración desde que se detectaron los primeros casos del virus en España.
Por qué es importante: el que se declare ahora como enfermedad profesional implica una mayor protección para los sanitarios, ya que da derecho a que la empresa complete las retribuciones que se reducen en los periodos de la baja, para que los trabajadores puedan seguir cobrando el 100% de su salario. Además, ofrece una cobertura durante toda la vida de trabajador, de modo que si dentro de unos años un sanitario contrae una enfermedad producto del Covid, estaría protegido por la Seguridad Social, mientras que la consideración de accidente laboral sólo cubre hasta cinco años después del contagio.
Al inicio de la crisis sanitaria derivada de la pandemia, el Gobierno consideró la covid-19 como una contigencia común asimilada a accidente de trabajo sólo en la prestación económica por incapacidad temporal. En mayo se pasó a considerar contingencia profesional derivada de accidente de trabajo para los profesionales sanitarios y sociosanitarios, mejorando la cobertura durante la baja y las prestaciones en caso de que causara incapacidad permanente o fallecimiento.
118.063 profesionales sanitarios se han contagiado por covid, según las últimas cifras de Sanidad. Hasta el momento, a efectos legales, el hecho de contagiarse se consideraba un accidente laboral.
Lo pedimos desde el principio, insistentemente, y parece que mañana va a ser una realidad. A la espera de la redacción final, aplaudimos esta decisión👏 #NoticiasCESM #SindicatoMédico #EnfermedadProfesional https://t.co/aGLyaK8Gqt
— CESM (@cesm_sindicatos) February 1, 2021
Además de la mayor protección que implica la nueva consideración, ahora los sanitarios ya no tendrán que acreditar el contagio mediante el correspondiente parte de accidente de trabajo, ya que se da por demostrado que el origen es de carácter laboral.