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Polémica en la Policía Local: un opositor se cambia de sexo en mitad de las pruebas

El hombre acudió al registro de Torrelodones para inscribirse como mujer a pesar de que no había iniciado el proceso de transición física de sexo

Polémica en la Policía Local: un opositor se cambia de sexo en mitad de las pruebas

Policía de Torrelodones. | Europa Press

La confusión que ha generado la aprobación de las distintas leyes ‘trans’ que hay en España ha llevado este jueves a que se dé a conocer un caso particular que ha sembrado la polémica en las pruebas de acceso a la Policía. Un hombre acudió a realizar los ejercicios prácticos para formar parte del cuerpo con un poder notarial que acreditaba que era una mujer, lo que, además del malestar en el resto de sus compañeros varones, ha hecho reaccionar a las instituciones para saber cómo actuar ante casos así, ya que aseguran que «se va a ver repetido en infinidad de ofertas públicas de empleo».

Las pruebas de acceso a la Policía Local consta de dos partes: una teórica y una práctica. El joven se había presentado a los tests teóricos como varón, pero dos meses más tarde, cuando realizó las prácticas, aprovechó la aprobación de la ley trans para acudir con una solicitud de cambio de sexo realizada en el Ayuntamiento de Torrelodones en la que afirmaba ser una mujer transexual, todo ello junto a un poder notarial que lo acreditaba, y, por lo tanto, le permitía hacer las pruebas que hacen el resto de mujeres, según ha informado ABC.

Por todo ello, la Comunidad de Madrid pedirá un informe al Ministerio de Igualdad tras conocerse el caso de la opositora ‘trans’ a las pruebas para el cuerpo de Policía Local.

Así lo ha indicado este jueves el consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López, tras la publicación en el diario ABC del caso de un aspirante a policía local de Torrelodones que se habría presentado a las oposiciones con un acta notarial donde indicaba que era una mujer transexual y, por lo tanto, debía realizar las pruebas físicas acorde a los baremos físicos femeninos, sin que certificara la inscripción de su cambio de sexo en el Registro Civil.

Para el consejero, lo primero que procede llevar a cabo es «asegurarse de que realmente ha cambiado el sexo» y, en segundo lugar, es pedir un informe al Ministerio de Igualdad para que interprete la norma «que han pertrechado con el Gobierno de España».

«Se tiene que solucionar este problema, esto pertenece al Estatuto Básico del Funcionario», ha subrayado Enrique López, quien ha advertido de que esto «se va a ver repetido en infinidad de ofertas públicas de empleo», por lo que ha sentenciado que «cuanto antes» se solucione, «mejor».

En cualquier caso, ha recalcado que «la solución definitiva» va a venir «por la derogación» de la ley trans, una norma que surgió, ha recordado el consejero, «para asegurar la igualdad efectiva y real de las personas ‘trans’», pero que, sin embargo, ha generado «un problema que ya se venía advirtiendo» y que supone que, «queriendo asegurar la igualdad para las personas ‘trans'», lo que se ha creado es «una gran desigualdad entre hombres y mujeres como consecuencia de la facilidad que la ley establece para poder cambiar de sexo en el Registro Civil».

Debe regularlo el Gobierno

A juicio del consejero, quién tiene que regular esto «es el Gobierno de España» a través del Estatuto Básico del Funcionario Público, pero ha advertido de que, en todo caso, «lo que está claro es que esta ley es un desatino, es un desacierto y va en contra de la mujer claramente», por lo que ha recordado que el Partido Popular ya ha adelantado que esta ley «será derogada en la próxima legislatura».

«Ha provocado graves problemas, lo está provocando y es una ley absolutamente desafortunada y que va en contra de la igualdad real entre hombres y mujeres», ha concluido el consejero.

Ante la información de ABC y en relación a la consulta efectuada por el Ayuntamiento de Torrelodones sobre cómo actuar en un caso así, fuentes de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior se remiten al Gobierno central para «dicte criterio», puesto que las bases generales de selección de personal responden a una normativa estatal.

Asimismo, precisan que en los informes de las bases de convocatoria que puedan solicitar los consistorios, la Comunidad no puede entrar a valorar derechos fundamentales como es el sexo del aspirante, sino que debe regularlo el Estado.

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