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Educación

La Junta de Castilla-La Mancha fija los servicios mínimos ante la huelga del profesorado

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes manchega responde a la convocatoria en las calles de los sindicatos

La Junta de Castilla-La Mancha fija los servicios mínimos ante la huelga del profesorado

Archivo - Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha. | JCCM

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha ha publicado una resolución que establece los servicios mínimos en centros de enseñanza no universitario públicos, en respuesta a la huelga convocada por los sindicatos CSIF, STE y CCOO para este miércoles. Dicha resolución, que ha sido divulgada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, señala que se han considerado varios criterios jurisprudenciales para su establecimiento.

Estos criterios incluyen la extensión territorial y personal afectado por la huelga, su duración y otras circunstancias concurrentes. Además, se ha buscado mantener un equilibrio entre los derechos constitucionalmente protegidos que podrían verse afectados por la huelga y los sacrificios impuestos tanto a los huelguistas como a los usuarios de los servicios esenciales.

En la determinación de los servicios mínimos, se ha dado prioridad a diversos aspectos. Entre ellos, el derecho a la educación del alumnado, el derecho de los padres de menores a continuar con su actividad laboral durante la jornada de huelga, el derecho al trabajo del personal docente que no secunde la huelga y la necesidad de asegurar las normas básicas de convivencia en los centros educativos.

Servicios mínimos establecidos

La dirección de cada centro educativo deberá garantizar la apertura del mismo al inicio de la jornada escolar y designar nominativamente al personal que deberá cubrir los servicios mínimos. Esto se hará en caso de que no exista consenso entre los afectados y en función del personal disponible en cada centro. Además, se deberá facilitar información sobre el seguimiento de la huelga.

En cuanto a la asignación de personal durante la huelga, se han establecido ratios máximas de alumnos por aula que varían según el nivel educativo: 22 alumnos en el segundo ciclo de Educación Infantil, 25 en Primaria, 30 en Educación Secundaria Obligatoria, 15 en Programas de Diversificación Curricular, 32 en Bachillerato y 30 en Formación Profesional.

En los colegios rurales agrupados de Educación Infantil y Primaria, se contará con un docente por cada sección, siendo el director o directora en la cabecera. En los institutos de educación secundaria, debido a la edad de los alumnos, se requerirá un docente por cada seis grupos o unidades, incluyendo al director o directora y al jefe de estudios como parte del cómputo.

En conservatorios, escuelas de arte y escuelas oficiales de idiomas, se necesitará la presencia del jefe de estudios para garantizar la organización básica del centro. En los centros de educación especial, dada la alta dependencia del alumnado, se contará con un docente de Pedagogía Terapéutica (PT) por cada tres unidades o fracción.

Finalmente, en las residencias escolares, que acogen a alumnos con características especiales, se requerirá la presencia de un jefe de residencia para asegurar la atención básica necesaria. La resolución concluye que el incumplimiento de estos servicios mínimos esenciales será sancionado según la normativa vigente, y que cualquier recurso contra esta decisión deberá presentarse ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes o ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

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