La Fiscalía pide tres años de prisión para Borja Thyssen y Blanca Cuesta por defraudar 336.417 euros
Pide además una multa de un millón de euros por un delito contra la Hacienda Pública
La Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado tres años de prisión para Borja Thyssen y su mujer, Blanca Cuesta, así como una multa de un millón de euros por un delito contra la Hacienda Pública. En concreto, el representante del Ministerio Público les acusa de haber defraudado a las arcas públicas un total de 336.417,89 euros correspondientes al ejercicio fiscal de 2010.
En su escrito de acusación, la Fiscalía recuerda que el 26 de febrero de 2010 tuvo lugar la transmisión de las participaciones sociales de Cas Capetó SL (de la que era administra única Blanca Cuesta), en virtud de tres escrituras públicas de compraventa otorgadas por cada uno de los tres partícipes en la mencionada sociedad. Por un lado, Borja Thyssen (titular del 50% de las participaciones), Blanca Cuesta (titular del 40%) y la sociedad Caribean Breeze S.L. (titular del 10%), en favor de otras tantas las sociedades holandesas: Princess Four BV, Hermosa Beach Holding BV y Martínez Investments BV.
La Fiscalía hace hincapié en que el activo de Cas Capetó SL estaba constituido fundamentalmente por una casa en Ibiza, que carecía de personal contratado y sin actividad económica alguna, y en que el precio total abonado por dicha operación ascendió a 9.700.000 euros, que fueron ingresados en la cuenta bancaria de la que era titular Borja Thyssen.
Ambos acusados presentaron en plazo la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2010 en su modalidad de tributación conjunta, en la que declararon una ganancia patrimonial de 2.206.527,50 euros por la venta de las participaciones de Cas Capetó SL, cuando la ganancia real obtenida por los acusados con la venta de tales participaciones ascendió a 3.792.564,92 euros, “ocultando por tanto a la Hacienda Pública la cantidad de 1.586.037,39 euros”, asegura la Fiscalía.
Según la Fiscalía, la ganancia patrimonial que Borja Thyssen y Blanca Cuesta ocultaron procede también de la venta de participaciones realizada a través de Caribean Breeze SL, de la que ambos eran titulares y que en realidad se trata de una operación “simulada”. El matrimonio no presentó la declaración del Impuesto sobre Sociedades en ningún ejercicio, excepto en el 2005, tras el inicio de las “actuaciones inspectoras”, aclara la Fiscalía. Esta sociedad “inactiva” habría sido interpuesta por los acusados en el momento de la adquisición de las participaciones sociales de Cas Capetó SL, simulando la adquisición del 10% de las participaciones de Cas Capetó SL por Caribbean Breeze SL. Así, mientras que Borja Thyssen adquirió formalmente solo un 50% de las mismas, Blanca Cuesta se hizo con un 40%.
“La adquisición de la participaciones sociales de Cas Capetó SL del modo descrito constituyó un negocio jurídico simulado, siendo el verdadero negocio querido por las partes la adquisición por Borja Thyssen del 57% de la mercantil Cas Capetó SL y por parte de Blanca Cuesta, el 43% restante. La interposición de la persona jurídica inactiva tenía como único objeto evitar la relación del verdadero sujeto pasivo con el hecho imponible”, añade la Fiscalía.
Ninguno de los dos acusados lo tributó en su declaración de IRPF del ejercicio 2010, “guiados por un ánimo de obtener un beneficio fiscal ilícito” y, en consecuencia, a juicio de la Fiscalía, “procede imputarle la ganancia patrimonial obtenida de la venta de las participaciones de Cas Capetó SL.”. Asimismo, la Fiscalía subraya que la transmisión “onerosa” de 1.305.308,81 euros del supuesto crédito de Borja Thyssen-Bornemisza frente a Cas Capetó SL. no se encuentra justificado y que dicha cantidad de dinero constituye “en realidad un mayor precio por la venta de las participaciones de Cas Capetó SL.”
La Fiscalía acusa a Borja Thyssen de realizar transferencias a esta sociedad sin recibir los bienes y servicios que deberían haber tributado como retribución en especie. “Teniendo en cuenta el precio de adquisición de la sociedad y el precio de transmisión de la sociedad Cas Capetó SL y los gastos asociados comprobados, la ganancia patrimonial obtenida en el ejercicio 2010 no declarada por los acusados, asciende a 1.586.037,39 euros. La cuota defraudada en relación a dicha ganancia patrimonial no declarada asciende a 336.417,89 euros”, concluye la Fiscalía.