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Economía

Un juez declara "improcedente" el despido de una trabajadora para poner un robot

La autoridad judicial ha rechazado el motivo del despido alegado por la empresa y ha apuntado que se trata de un cese «improcedente» con las consecuencias legales que ello supone

Un juez declara «improcedente» el despido de una trabajadora para poner un robot

Un juez ha declarado «improcedente» el despido de una trabajadora de una multinacional turística de Gran Canaria, tras 13 años trabajando dentro de la administración de la empresa, para ser sustituida por un programa informático o un bot de gestión. La autoridad judicial ha rechazado el motivo del despido alegado por la empresa —Lopesan Hotel Management– y ha apuntado que se trata de un cese «improcedente» con las consecuencias legales que ello supone.

En el caso de que no se haga la readmisión de la trabajadora en cinco días desde la notificación del fallo, la indemnización aumentará a 28.305 euros; 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Además, la sentencia publicada este jueves establece que la empresa deberá indemnizar a la trabajadora con 863 euros más intereses por la omisión del preaviso de despido que deberían haber llevado a cabo en una extinción de contrato injustificada, que es lo que se ha acreditado en el proceso. Por lo tanto, un robot no puede suplir a un empleado sin explicación o con la «única excusa de reducir costes».

La sentencia señala que la trabajadora llevaba desde junio de 2006 en las oficinas centrales de Lopesan como contable, hasta que, en diciembre del año pasado, la firma adquirió la licencia de Jiodaka, un robot que hiciera la gestión de los cobros. La máquina realizaba tareas todos los días laborales desde las 17.15 hasta la madrugada de la siguiente jornada, mientras que en los festivos trabajaba las 24 horas.

El 29 de marzo de este año, la trabajadora y otros compañeros recibieron «una carta de despido objetivo por causas técnicas». En la misiva, la empresa alegaba a «causas técnicas, organizativas y productivas» para justificar el despido. Durante el proceso judicial la empresa se basó en informes de futuro sobre el «desalentador panorama del sector en las islas».

El juez ha subrayado que la reforma laboral aprobada en 2012 “no exime al empleador del deber de acreditar que real y efectivamente atraviesa por dificultades de cierta entidad para cuya superación es medida adecuada y razonable la extinción de contratos de trabajo”. En este caso, el juez ha considerado que el grupo hotelero no aportó documentación que probara su supuesta «mala salud económica».

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