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Sanidad

Fin de la mascarilla en interiores: ¿dónde será obligatorio su uso?

A partir de este miércoles 20 de abril se eliminará el uso de la mascarilla en interiores, a excepción de determinados contextos

Fin de la mascarilla en interiores: ¿dónde será obligatorio su uso?

A partir de este miércoles 20 de abril se eliminará el uso de la mascarilla en interiores en servicios de hostelería y restauración | David Zorrakino

El Consejo de Ministros aprobará este martes 19 de abril el fin de la obligatoriedad de llevar mascarilla en espacios públicos cerrados, una medida que entrará en vigor a partir del miércoles 20 de abril. Esta decisión por parte del Gobierno supone un paso más en el camino de la vuelta a la normalidad prepandemia, que llega un día después del fin de las vacaciones de Semana Santa. De esta manera, el uso de los «cubrebocas» dejará de ser obligatorio y, a la espera de conocer más detalles tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se eliminará su uso en interiores a excepción de determinados contextos.

Sin embargo y aunque no será obligatoria, se recomendará el uso de la mascarilla en los establecimientos cerrados en los que confluyan un gran número de personas sin posibilidad de mantener la separación ni una correcta ventilación. 

¿Dónde seguirá siendo obligatoria la mascarilla?

Tal y como explicaba la ministra de Sanidad, Carolina Darias, durante la celebración del Consejo Interterritorial de Salud: «Las mascarillas dejarán de ser obligatorias en interiores, salvo en algunos supuestos en los que nos parecen absolutamente imprescindibles». Con esta afirmación, la responsable de la cartera de Sanidad, insistía en que el uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio en centros sanitarios, hospitales, centros sociosanitarios, residencias y en el transporte público, lo que implica que tanto los trabajadores de estos servicios como sus usuarios deberán seguir portando este elemento de protección sanitaria. Además, las mascarillas seguirán siendo obligatorias también en establecimientos farmacéuticos.

¿Tengo que llevarla en bares y restaurantes?

Todo apunta a que los propietarios de los locales de hostelería no podrán obligar al uso de la mascarilla por parte de los consumidores. Es probable que veamos a algunas personas que, por precaución, continúen con la mascarilla en interiores pese al fin de la obligatoriedad de la misma.

¿Qué ocurre con el trabajo?

Cada empresa dirá si sus trabajadores deben utilizar la mascarilla y ellos deberán acatar la decisión
Cada empresa dirá si sus trabajadores deben utilizar la mascarilla y ellos deberán acatar la decisión. Foto: Ricardo Rubio.

La gestión de esta nueva etapa en las oficinas sigue siendo una gran incógnita. En este caso, tendrán que ser los servicios de prevención de riesgos laborales de la empresa los que tengan que decidir qué medidas adoptar. Cada empresa dirá si sus trabajadores deben utilizar la mascarilla y ellos deberán acatar la decisión.

 Las empresas todavía se muestran reacias a eliminar la mascarilla, puesto que consideran que puede ser una decisión muy precipitada. Los expertos recomiendan su uso siempre que exista en el trabajo una distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no se pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio.

Grandes superficies, tiendas, cines o conciertos

Los establecimientos comerciales, tanto grandes superficies como pequeños comercios, no podrán obligar al uso de mascarillas. De la misma manera, los ciudadanos podrán ir al cine, al teatro, a un concierto o a una librería, sin necesidad de ponerse la mascarilla. El Gobierno apela para ello a la «responsabilidad individual», un elemento clave para que la transición hacia la normalidad pueda llevarse a cabo con éxito.

¿Qué pasa si voy al gimnasio?

Los gimnasios continúan siendo uno de los lugares de mayor riesgo de contagio. Foto: Rober Solsona.

A pesar de que la mascarilla también vaya a dejar de ser obligatoria en estos espacios, los gimnasios continúan siendo uno de los lugares de mayor riesgo de contagio debido a los efectos del sudor, la respiración agitada por el esfuerzo y el contacto directo de los usuarios con las máquinas. Es por ello que muchos establecimientos han optado por esperar a conocer los detalles de esta nueva medida publicados el próximo miércoles en el Boletín Oficial del Estado para pronunciarse sobre la misma.

Dentistas, centros de fisioterapia y farmacias

Dada la ambigüedad de los términos «centro sanitario» o «sociosanitario» y a la espera de su publicación el día 20 en el BOE, conviene determinar qué lugares se encuentran recogidos por estos conceptos. El propio documento institucional define esta terminología como el «conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados, por su titulación oficial o habilitación profesional, realizan básicamente actividades sanitarias con el fin de mejorar la salud de las personas».

Por esta razón, las clínicas dentales son consideradas centros sanitarios. Es por ello que la mascarilla seguirá siendo obligatoria en el dentista. Lo mismo sucede en el caso de las farmacias, donde la ministra Darias ya ha avanzado que sí se obligará al uso de mascarillas.

Los «cubrebocas» también seguirán siendo obligatorios en centros de fisioterapia o consultas de psicología.

Transporte: vehículos VTC o taxis

La ley que entra en vigor este miércoles sostiene que deberá seguir utilizándose la mascarilla siempre que se use el transporte público, lo que implica que su uso seguirá siendo obligatorio en el metro, en autobuses, aviones o trenes. La nueva medida del Gobierno también afectará a servicios de taxi y vehículos VTC, así como cualquier transporte que requiera la interacción de un viajero y conductor.

En cuanto a los aviones, su uso continuará siendo necesario, siempre que sean vuelos dentro del territorio español o con origen o destino nuestro país, a pesar de que algunas aerolíneas, como Norwegian o Jet2, hayan quitado ya su obligatoriedad.

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