MásMóvil recurrirá la multa de 1,5 millones de la CNMC por ejecutar una compra sin notificarla
La obligación de notificar previamente este tipo de adquisiciones se conoce como ‘gun jumping’ en el mercado de la competencia
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 1,5 millones de euros a Xfera Móviles, S.A.U. (una de las filiales de MásMóvil) por no haber notificado la compra de Alma Telecom, S.L., que contaba con numeración geográfica propia para prestar el servicio de terminación de llamadas fijas. La adquisición de esta operadora se enmarcó dentro de la toma de control del Grupo Ahí+, en diciembre de 2020.
Frente a esta resolución, fuentes de MásMóvil han confirmado a THE OBJECTIVE que la compañía interpondrá un recurso contencioso-administrativo por estar en desacuerdo con esta decisión de la CNMC al «considerarla injusta». La operadora indica que la adquisición no tenía que ser comunicada al referirse a actores que no eran relevantes en términos de cuota de mercado. Sin embargo, la CNMC considera que Xfera Móviles actuó de forma negligente, y señala que la empresa podría haber acudido a los mecanismos voluntarios previos en caso de tener dudas sobre si la operación debía notificarse.
El regulador recuerda que incumplir la obligación de notificar previamente este tipo de adquisiciones se conoce como gun jumping, y constituye una infracción grave según el artículo 62.3.b) de la Ley de Defensa de la Competencia. De esta manera, y atendiendo a los hechos consumados, la CNMC requirió de oficio la notificación de la compra el 29 de marzo de 2022 -más de un año después de la adquisición- y el 18 de mayo de 2022 autorizó la operación en primera fase sin compromisos.
Control del mercado
La dirección de Competencia tuvo conocimiento de una operación de concentración por la que Xfera Móviles S.A.U habría adquirido el control exclusivo de Inversiones Locua S.L. (en adelante Grupo Ahí+) De esta manera, se abrieron diligencias previas con el fin de conocer si en dicha operación podrían concurrir circunstancias para la notificación obligatoria de la operación en España de acuerdo con el artículo 9 de la LDC.
En el marco de dichas diligencias previas se realizaron varias solicitudes de información a MásMóvil los días 6 de octubre, 3 de noviembre y 9 de diciembre de 2021 y 17 de enero y 22 de febrero de 2022, cuyas respuestas tuvieron entrada los días 28 de octubre, 17 de noviembre y 23 de diciembre de 2021 y 7 de febrero y 15 de marzo de 2022 respectivamente.
Según la información que obra en el expediente de diligencias previas, una de las empresas del grupo adquirido, Alma Telecom S.L., dispondría de una cuota del 100% en el mercado mayorista de servicios de terminación de llamadas en su red fija. Es así como, el 29 de marzo de 2022 y a la luz de la información aportada, la Dirección de Competencia requirió a MásMóvil que notificara la operación de concentración consistente en la adquisición del control exclusivo por parte de Xfera Móviles del Grupo Ahí+, notificación que entró el 26 de abril de 2022.
Multa a MásMóvil
En el expediente consultado por este diario, la CNMC indica que tras la investigación realizada se puede concluir que el servicio mayorista de terminación de llamadas telefónicas en la red fija de Alma Telecom se considera que conforma un mercado de producto diferenciado. A nivel minorista, e indirectamente relacionado, estaría el mercado de servicios de telefonía fija.
De esta manera, según consta en el Registro de Numeración de Telecomunicaciones de la CNMC en noviembre de 2021, Alma Telecom S.L. tenía asignada numeración geográfica propia en las provincias de Albacete y Valencia a fecha de la ejecución de la operación. Por lo tanto, en línea con los precedentes señalados, su cuota en el mercado de servicios de terminación de llamadas en su red de telefonía fija sería del 100%. Porcentaje más que suficiente para que MásMóvil hubiese tenido que notificar la operación, según indica el regulador.
Por todo ello, la CNMC considera acreditado el incumplimiento por Xfera Móviles de la obligación de notificar la adquisición del control exclusivo de Alma Telecom, y le impone una sanción de 1,5 millones de euros a la filial de MásMóvil. Contra la resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso- administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. Un camino que seguirá MásMóvil.