Declaración de la renta 2023: fechas para presentarla, novedades y procedimiento
El próximo 11 de abril se abrirá el plazo para declarar por internet y permanecerá abierto hasta el 30 de junio
Hacienda ya ha anunciado los plazos, el formato y los requisitos para que los ciudadanos puedan presentar la declaración de la Renta del ejercicio de 2022.
Este año, han incluido algunas novedades que tienen que ver con los planes de pensiones y los umbrales de ingresos para la obligatoriedad de presentar la declaración.
Plazos para presentar la declaración de la renta
El día 11 de abril ya se podrá presentar la declaración a través de internet. Desde ese día los contribuyentes ya podrán acceder al borrador a través de la web de la Agencia Tributaria.
Si el borrador de Hacienda es correcto y no hay que hacer ninguna modificación, la declaración se podrá confirmar en el momento de forma online. Aún así, la Agencia Tributaria va a mantener abierto el plazo hasta el día 30 de junio.
En caso de no tener que realizar ninguna modificación sobre el borrador, lo más sencillo es presentarla en el momento a través de internet. Sin embargo, hay otras formas de presentarlo.
Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio podrán hacer la declaración quienes se presenten por el plan «Te llamamos». Para ello hay que solicitar cita previa, desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio, bien por internet o bien por teléfono. Será la Agencia Tributaria la que llame a quien ha solicitado cita previa para cumplimentar la declaración y será necesario disponer de datos como el DNI, el IBAN de la cuenta bancaria y todos los recibos de pagos e ingresos.
Desde el 1 de junio podrá realizarse de forma presencial en las oficinas correspondientes de la Agencia Tributaria.
El plazo habilitado para entregar la declaración de forma ordinaria contempla del 1 al 30 de junio. Eso sí, el 27 de junio finaliza el plazo para aquellos que tengan resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
Novedades en la declaración de la renta
En primer lugar, con los planes de pensiones privados, se reduce a 1.500 euros anuales la cantidad a deducir, aunque se amplía a 8.500 euros si se tiene un plan de pensiones de empresa. Entre las dos, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.
También varían las deducciones por maternidad. En este ejercicio, las madres de niños menores de tres años que reciben prestación pueden aplicar la correspondiente deducción por maternidad en su declaración.
Procedimiento para hacer la declaración
El primer paso para presentar el borrador de forma telemática será acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la que se habilitará un apartado específico de ‘Renta 2022’ para la elaboración de la declaración. Una vez dentro del portal, debemos seleccionar la opción ‘Tramitación del borrador/declaración’. El apartado de ‘Renta Web’ es el servicio de ayuda que pone a disposición Hacienda para el trámite y presentación de la declaración.
Para poder acceder al servicio de presentación de la declaración será necesario disponer de uno de los siguientes sistemas de identificación: Cl@ve PIN o el número de referencia introduciendo el DNI o NIE, o bien a través del certificado o DNI electrónico.
Si es la primera vez que se accede a los servicios de la Agencia Tributaria para la tramitación de la declaración, se deberán confirmar los datos correspondientes al domicilio fiscal.
Una vez hecho esto, hay que entrar en la opción ‘borrador/declaración’ y cumplimentar con todos los datos correspondientes sobre la situación personal y familiar, si es individual o conjunta y los que sean necesarios sobre los ingresos y el patrimonio. Si la Agencia Tributaria requiere más datos, la persona declarante recibirá un aviso en su pantalla.
Si en su lugar, prefiere ser atendido por la Agencia Tributaria, puede hacerlo, tanto por teléfono como presencialmente. Para ello, se deberá pedir cita a través de Internet o en los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 / 91 553 00 71 / 901 22 33 44.