Ribera añadirá criterios de renta en el bono para familias numerosas tras el caso de Ossorio
Reacciona así a la polémica suscitada al conocerse que el ‘número dos’ de Ayuso se beneficia de la ayuda a la calefacción para vulnerables
El Gobierno introducirá criterios de renta para las familias numerosas que quieran acogerse al bono social de electricidad, un descuento en la factura eléctrica de un 25% para consumidores vulnerables que cumplan los requisitos establecidos.
Así lo ha señalado la vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, en su cuenta de Twitter, tras la polémica suscitada al conocerse que el vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Enrique Ossorio, que goza de un alto patrimonio, se beneficia del bono de calefacción para consumidores vulnerables.
«Apoyar a los consumidores vulnerables y a las familias numerosas es irrenunciable. Sorprende la falta de sensibilidad y solidaridad de algunos. Cambiaremos la regulación actual para introducir criterios de renta en las familias numerosas», señala la vicepresidenta en un tuit.
El bono social térmico se otorga a todas las personas que tengan contratado el precio voluntario del pequeño consumidor (PVPC), la tarifa regulada, con una potencia inferior a 10 kilovatios (kW) y estén acogidas al bono social eléctrico.
El bono social térmico es una ayuda puesta en marcha por el Gobierno en octubre de 2018 con el objetivo de paliar la pobreza energética y proteger a los consumidores más vulnerables. Consta de una ayuda para las familias con menos recursos que se cobra durante el primer trimestre del año y que cubre los gastos ocasionados por el uso de la calefacción, el agua caliente y la cocina, independientemente del sistema térmico utilizado. El bono social térmico se concede automáticamente a aquellos que también reciben las ayudas para la luz.
Actualmente puede acogerse al bono social eléctrico todo el que acredite ser un consumidor vulnerable, justificando un determinado nivel de renta, los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV) y las familias numerosas, en este caso, sin ningún criterio de discriminación por renta. Sólo han de acreditar estar en posesión del título de familia numerosa.