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Economía

El Gobierno aprueba por sorpresa elevar a las empresas el coste de los planes de pensiones

Escrivá reduce el plazo de dos años a un mes como máximo para que se adhiera un trabajador al plan

El Gobierno aprueba por sorpresa elevar a las empresas el coste de los planes de pensiones

José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social. | Europa Press

El titular de la cartera de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, aprovechó el último Consejo de Ministros del pasado martes —tal y como queda reflejado en el BOE publicado este viernes— para gravar aún más a las empresas, a través del Real Decreto del Reglamento modificado, del Plan y Fondos de Pensiones de Empleo, aprobado el pasado año.

A partir de ahora, el empresario que se acoja a este plan, apenas dispondrá de un mes para que cualquier empleado que ingrese en su puesto de trabajo tenga, no solo derecho al plan de pensiones, sino también a la percepción de las contribuciones empresariales establecidas, y que en un principio se habían pactado, a partir de los años del contrato. Una reducción de tiempo que supone un coste laboral añadido para el empresario.

El abogado en Mercer y miembro de Ocopen (Organización de Consultores en Pensiones), Antonio Méndez Baigés, hace una valoración técnica a THE OBJECTIVE al respecto, y explica el cambio sustancial que se produce, ya que, «al obligarse ahora por norma reglamentaria, a que al cabo de un mes de ingreso en la empresa no sólo se tenga derecho a ingresar en el plan, como dijo la Ley de Impulso de los Planes de Pensiones, sino que además tenga que haber aportación del promotor, todas aquellas empresas que tenían pactado en el plan dos años de espera para hacer aportaciones al mismo, pueden ver incrementadas por imposición legal sus obligaciones y sus costes contra lo que pactaron dentro de la normativa que estaba vigencia».

Por lo tanto, aclara Ménde Baigés, «la sorpresa» de José Luis Escrivá es la obligación de aportar, «ya que ley de 2022 dice que has de poder acceder al plan al mes, pero no que haya que empezar a aportar a la vez, eso lo ha añadido este real decreto en vigor desde este viernes».

Un plan de pensiones poco atractivo

A propósito de este cambio sorpresa se pronuncia el economista y profesor universitario, Javier Santacruz, abriendo además una ventana de escepticismo hacia un texto que deja de manifiesto que «los planes de empleo generalizados tardarán tiempo, básicamente por las condiciones», ya que la normativa de Escrivá «no es atractiva para las empresas, pues va a suponer, en líneas generales, un encarecimiento del coste laboral, sobre un producto como estos planes de empleo, que no tiene referente histórico». Y eso, sin olvidar, que el Reglamento que desarrolla los Planes de Pensiones de Empleo «tampoco es atractivo -dice Santacruz a THE OBJECTIVE– porque implica costes administrativos, más costes burocráticos con la obligación de una comisión de control donde se meten también los sindicatos».

En octubre de 2022, el Instituto de Estudios Económicos se posicionaba sobre la mejora a los incentivos fiscales a los planes de pensiones. Y sobre este asunto, señalaban que «aunque el potencial teórico de los planes de empleo en España es alto de acuerdo con la reciente Ley 12/2022 aprobada, debido a los elevados límites de aportaciones permitidas, en la práctica, su alcance puede verse restringido porque los incentivos en las cotizaciones a la Seguridad Social para las aportaciones realizadas por la empresa (que, además, son imprescindibles para alcanzar los mencionados máximos) son mucho más reducidos».

En este sentido —apuntaba el IEE—, «solo estarían exentos de cotizar a la Seguridad Social los primeros 1.400 euros aportados por la empresa, frente a un potencial teórico mínimo de 4.250 euros para las contribuciones empresariales. Luego -mantenía-, de producirse esta aportación de 4.250 euros por parte de la empresa, el incentivo fiscal por cotizaciones a la Seguridad Social es de apenas un tercio sobre la cotización general (o, dicho de otro modo, la empresa soporta dos tercios del coste habitual)».

Los beneficiarios y el hito europeo

El pasado martes, el Gobierno aprobaba un Real Decreto que completa el desarrollo reglamentario de la Ley de Planes de Pensiones de Empleo y establece un marco normativo actualizado que pretende impulsar el ahorro vinculado al ámbito laboral para todos los trabajadores.

A esta modalidad de planes pueden acogerse trabajadores de empresas con convenios sectoriales, empleados públicos, trabajadores autónomos y los miembros de asociaciones, federaciones y cooperativas.

Cabe recordar que este Reglamento forma parte de la arquitectura del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Ministros del 27 de abril de 2021 y presentado ante la Comisión Europea en el marco de la
iniciativa NextGenerationEU, para la recuperación de la economía. Entre sus líneas de actuaciones contempla las líneas de acción del componente 30, referido a la ‘sostenibilidad a largo plazo del sistema público de pensiones, en el marco del Pacto de Toledo’ y cuya reforma 5 se refiere a la revisión y el impulso de los sistemas complementarios de pensiones.

Dicha reforma prevé la aprobación de un nuevo marco jurídico que impulse los planes de pensiones de empleo y contemple la promoción pública de fondos de pensiones, permitiendo dar cobertura a colectivos de trabajadores sin planes de empleo en sus
empresas o a autónomos, así como aumentar la cobertura de los planes de pensiones de empleo acordados mediante negociación colectiva, preferentemente sectorial.

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