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Economía

GSK gana su batalla contra AstraZeneca por promoción «desleal» de un medicamento

Autocontrol acuerda que el laboratorio publicitó un fármaco para el asma de forma «incompatible» con su ficha técnica

GSK gana su batalla contra AstraZeneca por promoción «desleal» de un medicamento

Sede central de GSK España en el Parque Tecnológico de Madrid (Tres Cantos). | GSK.

GlaxoSmithKline (GSK) se ha anotado un tanto en la batalla del marketing contra AstraZeneca. La Sección Quinta del Jurado de Autocontrol, el organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España, ha considerado «desleal» la publicidad de la segunda farmacéutica en la promoción de un medicamento.

El caso parte de varias reclamaciones interpuestas por GSK ante Autocontrol. En ellas, ésta llama la atención de AstraZeneca por promocionar un medicamento para el asma grave de forma «incompatible» con su ficha técnica en el marco de cuatro simposios científicos que tuvieron lugar entre junio y octubre de 2023.

En dichos congresos, AstraZeneca, según se desprende de las reclamaciones interpuestas por GSK –recurridas por AstraZeneca y confirmada la primera instancia en su integridad–, «trasladó un mensaje de eficacia» de su fármaco Fasenra en el tratamiento de la rinosinusitis crónica con pólipos nasales (RSCcPN) cuando cursa de forma concomitante con asma grave eosinofílica no controlada (AGE). Algo «incompatible», según la resolución consultada por THE OBJECTIVE, con la indicación terapéutica recogida en su ficha técnica, indicado únicamente como tratamiento de mantenimiento adicional en pacientes adultos con asma grave eosinofílica no controlada (AGE).

La reclamación de GSK

De esta forma, GSK considera que las actividades descritas en diferentes diapositivas durante cuatro simposios a lo largo de 2023 «infringen» las disposiciones del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica. En particular, el artículo 1.2, que establece que «todos los elementos de la publicidad de un medicamento deberán ser compatibles con la información contenida en la ficha técnica vigente y con las indicaciones aprobadas»; y, con carácter subsidiario, el 3.1 del mencionado código, que señala que «la información sobre los medicamentos debe ser precisa, equilibrada, honesta y objetiva, y ser lo suficientemente completa para permitir al destinatario juzgar por sí mismo el valor terapéutico del medicamento […] y no debe inducir a confusión por distorsión, insistencias no justificadas, omisión o cualquier otra forma».

Por ello, el laboratorio con sede en Brentford, Londres, denuncia que AstraZeneca ha incurrido en las infracciones del Código de Farmaindustria reclamadas y, en consecuencia, considera, que las actividades llevadas a cabo «constituyen una infracción muy grave o, subsidiariamente, grave». Además, reclama a Autocontrol el «cese inmediato en la utilización de los materiales objeto de denuncia, incluyendo su retirada y destrucción y la prohibición de volver a utilizarlos en el futuro».

La defensa de AstraZeneca

Por su parte, AstraZeneca arguye que «no se produjo publicidad fuera de indicación ni publicidad engañosa susceptible de inducir a error a los destinatarios» y sostiene que las actividades realizadas «fueron totalmente lícitas» teniendo en cuenta las conclusiones a las que llegó, por un lado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia de 5 de mayo de 2011, dando respuesta a una cuestión prejudicial sobre la posibilidad de que un material promocional pueda contener afirmaciones que no se apoyan directamente en la ficha técnica, ni se deducen del contenido de esta, sino que se apoyan en estudios publicados con posterioridad a su aprobación; y por otro, la Resolución del Jurado de la Publicidad de 8 de julio de 2010 (Abbott Laboratories, S.A. vs. Janssen-Cilag, S.A. ‘CD-PS 07/10 Actividad Promocional Prezista®’), confirmada por el Pleno del Jurado el 5 de octubre de 2010.

Además, en el escrito, AstraZeneca considera que GSK pretende reclamar para sí «una especie de exclusividad» en
relación con la difusión de información relativa a la RSCcPN, ya que GSK dispone de un medicamento (Nucala) que está indicado tanto para el AGE como para la RSCcPN. «Monopolio que negaría a AstraZeneca el derecho a mantener informados a los profesionales sanitarios sobre la evidencia científica más moderna en relación con los resultados de su producto, y que permitiría a la reclamante controlar en mayor medida el flujo de información, lo que facilitaría un mayor número de prescripciones de su medicamento Nucala a todo paciente con RSCcPN, padezca esta comorbilidad o no», se defiende el laboratorio.

En cuanto a la información trasladada en los diferentes simposios, AtraZeneca considera que «se ha centrado en todo momento en destacar y poner de manifiesto la importancia del abordaje multidisciplinar e integral de las patologías aéreas dada su frecuente comorbilidad y de acuerdo con las recomendaciones de los documentos de consenso y guías terapéuticas existentes en este campo».

La resolución de Autocontrol

Así las cosas, la Sección Quinta del Jurado de Autocontrol indica que –aunque «no pone en duda la necesidad de un abordaje conjunto de ambas patologías, dada la frecuencia con la que se manifiestan de forma conjunta o la relevancia que una tiene en el desarrollo y tratamiento de la otra»– considera que los simposios «no se limitan a indicar esta información», sino que estos trasladaron a sus destinatarios -profesionales sanitarios- «un mensaje según el cual Faserna (benralizumab) no sólo es eficaz en el tratamiento del AGE, sino que también ha demostrado eficacia en RSCcPN cuando esta concurre de forma concomitante».

«A través de las diferentes diapositivas se facilitan datos en los que se demuestra que los pacientes con AGE y RSCcPN concomitante tratados con benralizumab (Fasenra) experimentan una mejoría en su sintomatología nasal (es decir, en la RSCcPN). Se traslada, por tanto, el mensaje de que benralizumab o Fasenra es eficaz no solo en el tratamiento del AGE
sino también para el tratamiento de la RSCcPN. Dicho en otras palabras, el uso de Fasenra en un paciente con presencia de las dos patologías concomitantes supondría una mejora en ambas», concluye el organismo de autorregulación de la industria publicitaria.

De esta forma, Autocontrol acuerda estimar la reclamación presentada por GlaxoSmithKline contra AstraZeneca Farmacéutica Spain y declara que «la publicidad reclamada infringe el artículo 1.2 del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica». Así, insta a AstraZeneca al cese de la publicidad reclamada y le impone una sanción de 40.000 euros, además del pago de las tasas devengadas ante Autocontrol.

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