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Hacienda devuelve 6.013 millones de euros a más de 8,7 millones de contribuyentes

Se van a remitir cerca de 80.000 cartas a contribuyentes ante posibles errores u omisiones en la declaración para que rectifiquen

Hacienda devuelve 6.013 millones de euros a más de 8,7 millones de contribuyentes

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta

La Agencia Tributaria ya ha abonado la devolución de 6.013 millones de euros, un 9,6% más respecto al año pasado, a 8.686.000 contribuyentes, un 9,2% más, tras los dos primeros meses del inicio de la Campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2023 (IRPF 2023). A esta fecha se han abonado el 76,6% de las solicitudes de devolución realizadas y el 64,4% de los importes a devolver que se han solicitado, según ha informado la Agencia Tributaria este lunes a través de un comunicado.

Hasta el momento han presentado su declaración 15.240.000 contribuyentes, un 7,7% más que el año pasado en las mismas fechas, de las cuales 11.338.000 se han presentado con resultado a devolver (+10%). Al tiempo, se han presentado ya 2.944.000 declaraciones con saldo a ingresar (-1,1%) por parte de contribuyentes que igualmente han optado por agilizar la presentación, ya que no tienen que realizar los primeros pagos hasta el final de la campaña.

80.000 cartas para subsanar errores

En la línea con la estrategia de avanzar en el cumplimiento voluntario por la vía de los avisos preventivos al contribuyente para evitar errores y omisiones que puedan posteriormente conllevar una eventual regularización de la Agencia, se van a remitir cerca de 80.000 cartas a contribuyentes que han presentado su declaración modificando la información aportada por la Agencia, a efectos de que valoren si deben o no presentar una declaración complementaria adaptándose a la información que le consta a la Administración.

Si el contribuyente entiende que su declaración era correcta, lógicamente no tiene que modificarla, pero si considera que cometió algún tipo de error u omisión, preventivamente se le da la opción de corregirla mediante la correspondiente complementaria, evitando así una eventual comprobación posterior de la Agencia, la generación de intereses y la imposición de eventuales sanciones.

En conexión con todo ello, este año se ha simplificado la navegación por Renta Web para rectificar una declaración o presentar una complementaria, de forma que el contribuyente simplemente tendrá que modificar los importes que correspondan, marcar la declaración individual o conjunta que desea modificar, y el sistema realizará de manera automática el resto de acciones necesarias. En el caso de los contribuyentes que hayan recibido el aviso de discrepancias, además de lo anterior, el propio sistema en Renta Web ofrecerá la modificación con los datos ya incorporados.

Más de 1.400.000 declaraciones presentadas por ‘app’ y teléfono

Por vías de presentación, y además de la página web de la Agencia Tributaria como canal telemático principal, se ha producido un nuevo y sustancial crecimiento de la presentación a través de la aplicación móvil de la Agencia, con más de 575.000 declaraciones (+25%), de las cuales casi 434.000, un 23% más que el año pasado en las mismas fechas, se corresponden con presentaciones ‘en un solo clic’ y el resto son contribuyentes a los cuales la ‘app’ ha derivado a la web de la Agencia para realizar alguna modificación y han vuelto a la aplicación para concluir la presentación.

También vuelve a crecer el número de contribuyentes que eligen el plan ‘Le Llamamos’ de confección telefónica de declaraciones. Para este servicio de atención personalizada, hasta ahora han solicitado ya cita más de 1.048.000 contribuyentes, de los que ya cuentan con la declaración presentada 852.200, un 4,8% más que el año pasado.

Complementando toda la asistencia personalizada y la información sobre la Campaña que se recoge en la Sede Electrónica, la versión ampliada en contenidos del ‘Asistente virtual de Renta’ que se puso en marcha en la campaña anterior, ya ha ofrecido más de 183.000 respuestas con lenguaje natural a dudas de los contribuyentes.

Si las respuestas del ‘Asistente’ no contienen toda la información requerida, el ciudadano puede acceder al ‘Informador’ de Renta (que ha ofrecido hasta ahora más de 150.000 respuestas), y que cuenta con toda la información estructurada por bloques de contenido, o conectarse por chat con especialistas de la Administración Digital Integral (ADI).

Este lunes arranca la asistencia presencial

A su vez, desde hoy la asistencia personalizada por teléfono se complementa con el servicio tradicional de confección de declaraciones en las oficinas que la Agencia, al igual que en el caso del plan ‘Le Llamamos’, presta en colaboración con comunidades autónomas y ayuntamientos.

También ya está operativo desde principios de mayo la principal novedad de esta campaña, que es el plan especial de asistencia a personas mayores de 65 años en pequeños municipios de la geografía española. De esta forma, y gracias a la colaboración de los respectivos ayuntamientos, la Agencia ofrece a personas mayores residentes en más de 550 municipios de las 46 provincias del territorio en régimen común la confección de su declaración sin desplazamientos o, en algunos casos, con desplazamiento a un municipio muy cercano.

23.281.000 declaraciones en este campaña

La Agencia Tributaria prevé ingresar 18.908 millones de euros en la Campaña de Renta 2023 que arrancó el pasado mes, un 12,2% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver a los contribuyentes será un 1,8% inferior, con 11.650 millones. Está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución casi un 63% de ellas –14.614.000, un 3% menos– por un importe estimado de 11.650 millones de euros.

¿Quiénes no están obligados a declarar?

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros. Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el ingreso.

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