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Los súper y los bares se enfrentarán a multas de hasta 500.000 euros por tirar alimentos

Entra en vigor la ley de prevención del desperdicio que obliga a todos los escalones de la cadena alimentaria

Los súper y los bares se enfrentarán a multas de hasta 500.000 euros por tirar alimentos

La cajera de un supermercado.

Tras la incertidumbre generada tanto en el sector de la distribución como en la hostelería por su polémica tramitación, finalmente el Boletín Oficial del Estado publicó este miércoles, la Ley 1/2025 de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Una norma que establece obligaciones claras para todos los eslabones de la cadena alimentaria, desde la producción hasta la distribución y la restauración. El objetivo es reducir en un 50 % el desperdicio alimentario en el consumo y en un 20 % la producción y suministro para 2030. La norma contempla sanciones de hasta 500.000 euros.

La ley contiene 23 artículos y fundamentalmente promueve la donación de alimentos sobrantes en el sector de la distribución y obliga a los establecimientos de más de 1.300 metros cuadrados a disponer de un plan para la prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario y a promover acuerdos o convenios para donar sus excedentes de alimentos a entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos. Los establecimientos de más de 1.300 metros cuadrados tienen un año para contar con un plan de desperdicios y convenios con ONG para donar alimentos.

Unas medidas que están en línea con la labor que la distribución alimentaria desarrolla desde hace años para luchar contra el desperdicio alimentario, como la donación de alimentos y acciones de valorización como la transformación para alimentación animal, tal y como aseguran a THE OBJECTIVE fuentes de Asedas. «En líneas generales, es una ley positiva y razonable y son cuestiones que ya veníamos haciendo, como el tema de las sobras», considera por su parte Emilio Gallego, secretario general de Hostelería de España, en conversación con este diario.

Hasta 500.000 euros

Sin embargo, para la patronal que representa los intereses de supermercados como Mercadona y Día, el aspecto más controvertido es el sistema de sanciones. La ley contempla un régimen sancionador que va desde los 2.000 euros por infracciones leves hasta los 500.000 euros por las sanciones consideradas muy graves. En el caso de las graves, se incluirá el no contar con un plan empresarial de prevención y reducción del desperdicio y los residuos alimentarios, en caso de estar obligado a ello. También podrá suponer una sanción de este tipo, multada con entre 2.000 y 60.000, euros discriminar en el acceso al reparto de los alimentos procedentes de donación por cualquier motivo o la destrucción intencionada o alteración de alimentos que reúnen condiciones adecuadas para su consumo.

La reiteración de una infracción grave en el plazo de dos años se considerará muy grave y se sancionará hasta con 500.000 euros. Desde el sector consideran que la finalidad de la legislación debe «ser incentivar buenas prácticas y medidas que fomenten una reducción progresiva de las pérdidas y el desperdicio alimentario, consiguiendo en consecuencia una reducción de los residuos alimentarios y apoyando la construcción de un sistema alimentario más resiliente». Por otro lado, se considerará falta leve, con una sanción de hasta 2.000 euros, no aplicar a los alimentos la jerarquía de prioridades en la gestión del desperdicio o no justificar debidamente su falta de aplicación. «Nosotros el incumplimiento no lo defendemos, las sanciones son un elemento muy duro, pero a nosotros lo que nos importa en una ley es que sea razonable y se consideren los tamaños y la realidad de los sectores», asegura por su parte Gallego.

Jerarquía de prioridades

Al margen de las sanciones, fuentes de Asedas valoran positivamente que la ley permita modificar la jerarquía de prioridades de donación por motivos justificados conforme a las características del comercio, con excepciones de llegar a acuerdos con entidades sociales y planes de prevención a tiendas de menos de 1.300 metros cuadrados. En la misma línea se pronuncian desde la distribución (Anged), ya que valoran que la ley considere los modelos de negocio y los posibles destinos, dando la flexibilidad necesaria y justificación, una práctica en la que ya se viene trabajando en la distribución.

Desde esta última destacan que la nueva ley establece un sistema claro de responsabilidades en materia de seguridad alimentaria, que incentiva y da seguridad jurídica a las donaciones de alimentos. Además, la reducción del IVA a las donaciones supone a su juicio un incentivo adicional para las empresas que ya colaboraran desde hace más de dos décadas con bancos
de alimentos y organizaciones del tercer sector.

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