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Soluciones contra los vecinos ruidosos

La mejor es la amistosa, porque para poder denunciar a un vecino ruidoso es necesario sufrirle lo suficiente como para tener múltiples pruebas de que lo es

Soluciones contra los vecinos ruidosos

Max Kolganov | Unsplash

Los ruidos pueden llegar a ser un suplicio, sobre todo si no se producen por alguna circunstancia excepcional, sino habitualmente. Un local anejo donde no paran, ese instrumento musical al que el de al lado nunca le va a coger el tranquillo, tacones que retumban, muebles arrastrados a cualquier hora o la mítica canica con la que todo vecino de arriba juega de madrugada. Los ruidos molestos que pueden llegarnos a casa son insospechados y muy variados, y acabar con ellos a veces resulta una misión casi imposible.

Las medidas de Protección contra la Contaminación Acústica están reguladas por la Ley 16/2002, de 28 de junio, que hace especial hincapié en la defensa del medio ambiente, pero el ruido es competencia de los ayuntamientos. Estos disponen de sus propias ordenanzas aunque coinciden en que cualquier «instalación, establecimiento, actividad o comportamiento debe respetar los límites de transmisión de ruidos al medio ambiente exterior y locales (o viviendas) acústicamente colindantes». Esos ruidos no deben sobrepasar los niveles admitidos, que varían de unos municipios a otros, entre las 23 y las 7 horas en días laborables, y entre las 23 y las 8 horas los festivos, aunque hay otros horarios según el municipio y la actividad a desarrollar. Si es en interiores, generalmente no pueden hacerse de 21 a 8 en días laborables y de 21 a 9:30 los sábados, domingos y festivos; y si es en el exterior, no será factible desde las 22 a las 7 de lunes a viernes ni sábados y festivos entre las 22 y las 9 horas.

Pruebas y paciencia

Pero las actividades ruidosas que están reguladas se refieren a mudanzas, reformas u obras puntuales, cuestiones que no se acometen todos los días. Los ruidos verdaderamente molestos son esos que se producen a diario y siempre provienen del mismo lugar, del mismo vecino. En esos casos, inicialmente no hay normativa que valga si el ruidoso no está por la labor. Solo quedará el recurso de presentar una denuncia, pero para ello habrá que haber recopilado antes pruebas del exceso de ruido y cuantas más, mejor. También hacer constar que se ha avisado a la Policía y que ésta ha medido la intensidad del ruido, y que se ha comunicado al ayuntamiento la incidencia mediante uno o más escritos. Es decir, para poder denunciar con éxito a un vecino ruidoso es necesario sufrirle lo suficiente como para tener múltiples pruebas de que lo es, y eso lleva tiempo y disgustos, y además debe tener constancia la Policía y el ayuntamiento.

Por eso, la primera opción contra los vecinos ruidosos debe ser intentar solucionar el conflicto con él de manera amistosa, algo que a veces se traduce en que no solo no se resuelve el problema, sino que se agrava. Por ello, puede trasladarse el problema a la comunidad de vecinos, caso de haberla, y que sea la comunidad quien proceda a través de su administrador a una denuncia que, en todo caso, habrá que preparar a conciencia. Como pruebas, además de las mediciones acústicas de la Policía y los escritos al ayuntamiento, pueden presentarse grabaciones de audio y vídeo y actas de juntas de vecinos sobre el problema. La cantidad y la intensidad de los de ruidos será clave para que la denuncia prospere o no y debe medirla la Policía Local, aunque si se quieren aportar más pruebas, existen numerosas empresas de medición de ruido. Igualmente son pruebas los certificados médicos que reflejen la afectación de los ruidos a la salud. Hay quienes optan por enviar un burofax, o más de uno, al vecino molesto y ese documento es igualmente válido como prueba, como lo es, y altamente efectivo, el testimonio de otros vecinos, sobre todo si lo respalda la comunidad en nombre de todos.

Diferentes denuncias

Las denuncias contra vecinos ruidosos pueden formalizarse de diferentes maneras, pero los litigios entre vecinos deben denunciarse directamente ante la Policía Local. Existe la vía administrativa, que se inicia mediante un escrito al ayuntamiento detallando la fuente del ruido. También puede efectuarse ante la Policía Local si la denuncia es de carácter urgente e incluir la solicitud de medidas urgentes contra el foco del ruido, como el cese de actividad si se trata de un negocio. Otra opción es la vía contencioso-administrativa, que permite reclamar una indemnización por las inacción administrativa. Está la vía judicial civil, una demanda ordinaria que reclamaría daños y perjuicios al causante de los ruidos y que podría permitir incluso privar del derecho de residir en esa vivienda al vecino molesto. Y por último existe la vía judicial penal, que es la más radical y requiere de la presentación de una denuncia ante un juzgado y puede conllevar penas de prisión de 2 a 4 años además de una indemnización por daños y perjuicios.

Los ayuntamientos cuentan con impresos de reclamación para cuestiones sobre el ruido que en ocasiones pueden comenzar a tramitarse desde su propia página web. En ellos se deben detallar los datos del denunciante y del denunciado y los hechos acontecidos a poder ser de manera cronológica, aportar las pruebas de la intensidad del ruido, exponer si hay más personas afectadas y preferiblemente aportar testigos, que puede ser la propia comunidad de vecinos, para lo cual será fundamental contar con el asesoramiento de un abogado. Otra cosa es que los ruidos provengan de elementos comunes del edificio, por algún defecto de construcción o deterioro. En ese caso, habrá que tener en cuenta que existen unos plazos de uno a tres años para poder reclamar a constructora y/o promotora, aunque el proceso igualmente se prolongará y también necesitaremos recopilar pruebas para poder interponer la denuncia.

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