THE OBJECTIVE
Josu de Miguel

Sentencias sobre lenguas: no se cumplirán

«Todo parte de un malentendido moral: son las lenguas, y no los ciudadanos, quienes tienen derechos»

Opinión
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Sentencias sobre lenguas: no se cumplirán

Manifestación contra el 25% de castellano en las escuelas catalanas. | EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) parece dispuesto a que la Generalitat cumpla con sus decisiones sobre materia lingüística. Las asociaciones por el bilingüismo han persistido en el cumplimiento de sentencias que vienen diciendo que la administración educativa autonómica tiene que garantizar que el 25% de las clases en la escuela catalana sea en castellano. ¿Por qué el 25% y no otro porcentaje?

Empecemos por recordar que desde 1998 en Cataluña se apostó legislativamente por la inmersión lingüística en las aulas. La inmersión no estaba prevista en el Estatuto de autonomía de inicio y desde la década de 1980 el bilingüismo era la regla. Pujol se las arregló con Aznar para que no se recurriera la ley en cuestión al Tribunal Constitucional (TC), pese a que este tenía una jurisprudencia consolidada donde señalaba que el castellano también debía ser vehículo de la enseñanza. Esa obligación deriva de la interpretación directa del art. 3 CE.

Por lo tanto, ni el Estatuto ni la ley educativa catalana -renovada en 2009- señalan que el 25% de las clases en Cataluña deban desarrollarse en castellano: la cifra proviene de un cálculo unilateral realizado por el Tribunal Supremo y el propio TSJC. Ante la ausencia legislativa, que trató de paliarse mediante una norma básica de la Ley Orgánica del Estado hoy derogada, y ante la pasividad de la propia Generalitat, los tribunales vienen reclamando que se ejecuten directamente las sentencias que obligan a convertir el castellano en lengua vehicular.

La ejecución de sentencias es un elemento constitutivo de la separación de poderes: al no contar con una potente administración propia, tiene todo el sentido que el poder ejecutivo aplique y en su caso ayude a aplicar las decisiones tomadas por el poder judicial (art. 118 CE). En la Cataluña autonómica tenemos, ya desde la desgraciada gestión de la Ley de contratos de cultivo en 1934, un historial insólito de huída del Estado de Derecho en la cuestión referida: recuerden que el procés comenzó con un editorial conjunto donde se pedía al TC que no anulara ningún artículo del Estatuto reformado en 2006.

Serán los propios centros educativos los que incumplirán en la práctica la exigencia vehicular del 25%.

Los autos del TSJC penden ahora sobre los miembros del Gobierno autonómico, que podrían incurrir en desobediencia si no cumplen con la exigencia del 25%. Pero no parece esta una cuestión sencilla. Seguramente, solo el legislador autonómico podría poner orden: existía un acuerdo político en el Parlamento para diluir algo la potencia de la inmersión, pero se ha frustrado por el rechazo de Junts. Vamos, por lo tanto, hacia decretos del Gobierno autonómico que intentarán bordear el contenido de las decisiones judiciales.

Esta solución -un lawfare a la inversa- cuenta con simpatías incluso en el Gobierno de España, que no tiene ninguna intención de activar la alta inspección educativa o, llegado el caso, la aplicación del art. 155 CE como consecuencia del incumplimiento reiterado de las obligaciones constitucionales por parte de la Generalitat. No esperen, por lo tanto, ningún fruto del proceso de ejecución iniciado por el TSJC: si no es a través de una norma reglamentaria, como ya he advertido, serán los propios centros educativos los que incumplirán en la práctica la exigencia vehicular del 25%.

No estamos, me parece, ante un estricto problema de legalidad. Todo parte de un malentendido moral que se ha convertido en santo y seña de los nacionalismos periféricos y la izquierda plurinacional con la que cogobiernan: son las lenguas, y no los ciudadanos, quienes tienen derechos. Ese malentendido es incompatible con el principio de libertad de padres y alumnos que quieren tener una educación acorde con el mundo sociolingüístico donde desarrollan su vida. Si ese principio -reitero, la libertad- es uno de los cimientos de toda ciudad política, ya habrán caído en la cuenta de que existe un desfase, seguramente irresoluble, entre el modelo de legalidad democrática proclamado por la Constitución y un tipo de legitimidad populista que se abre paso entre aplausos de quienes nos dicen qué significado deben adoptar determinadas palabras según el cambio de circunstancias.

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