Los ciudadanos son libres, el Estado no
«El individuo puede hacer todo aquello que la ley no le prohíba. El Estado, en cambio, sólo puede hacer todo aquello, y sólo aquello, que la ley disponga»
A raíz del debate sobre la amnistía se ha planteado el tema de la libertad de los individuos y su relación con el poder, en definitiva, el problema de la función del Estado. ¿Es libre el Estado, a través de sus órganos, de hacer lo que considere justo según lo crea conveniente? ¿O esta supuesta libertad del Estado está sometida a normas jurídicas que determinan no sólo sus límites sino también el contenido de su actividad? Esta es la gran cuestión política que se plantearon los primeros pensadores que pusieron los cimientos del Estado liberal y democrático.
¿Cuál fue su punto de partida? Los hombres han nacido libres, iguales y racionales, debemos organizarnos para que lo sigan siendo. En una primera aproximación, el aspecto sustancial a garantizar es la libertad, la igualdad rige las relaciones entre los hombres y ser racionales implica que están dotados de facultades para proyectar y programar sus vidas con el objetivo de alcanzar esta meta de ser igualmente libres. Con estas bases, aparentemente muy simples, se dispusieron a construir este complejo edificio que es el Estado democrático de Derecho.
¿Qué es la libertad? En definitiva es la facultad de obrar como uno quiera, es decir, sólo determinado por su propia voluntad. Sin embargo, enseguida topamos con un problema no pequeño: si la libertad es igual para todos, es decir, si todos tienen el mismo grado de libertad, es muy probable que al ejercer esta libertad individual se vulnere la libertad de otro individuo, con lo cual no se respeta el principio de igualdad porque el ejercicio de la libertad de uno impide el ejercicio de la libertad del otro.
«El Estado no es un fin en sí mismo sino un instrumento, de protección y garantía, al servicio de la libertad de los individuos»
Para resolver este problema debe formularse el siguiente razonamiento. Premisa: por las razones dichas es imposible y utópico que todos dispongamos de una libertad total, de hacer todo lo que queramos. Consecuencia: es preciso llegar a un acuerdo, a un pacto, basado en el principio de que nuestra libertad termina allí donde comienza la libertad del otro. Esta es la única manera de solucionar la cuestión.
Pero como todo ello generará muchas disputas y conflictos para saber hasta dónde llega la libertad de uno y de otro, debe elegirse un árbitro, un poder que, en su caso mediante la utilización de la fuerza, resuelva estos conflictos y determine, primero, el ámbito de libertad de cada uno mediante la elaboración de una ley; segundo, posea la fuerza necesaria para aplicarla si es preciso; y, tercero, que exista un órgano independiente e imparcial que, en caso de desacuerdo, otorgue la razón a uno u otro de acuerdo con la ley.
El primero es el poder Legislativo, el segundo el Ejecutivo y el tercero el Judicial. El conjunto de los tres constituyen el Estado, que no es un fin en sí mismo sino únicamente un instrumento, de protección y garantía, al servicio de la libertad de los individuos, es decir, de la igual libertad de todos. Las leyes, entendiendo por tales todo tipo de normas jurídicas, sólo serán legítimas si no se desvían de este fin.
Sin embargo, esta legitimidad debe asegurarse también desde otra vertiente: el autor de la ley debe ser el pueblo, el conjunto de individuos a quiénes va dirigida y deben respetarla, representados en cámaras y parlamentos designados mediante elecciones libres. Este es el elemento democrático: la mayoría decide las resoluciones a tomar respetando los derechos de las minorías dado que el pluralismo político es un valor central de toda democracia derivado de los derechos fundamentales que garantizan la libertad (de ideas, asociación, reunión y expresión). Por todas estas razones, explicadas aquí muy sintéticamente, los ciudadanos son libres y los órganos del Estado no.
«Para los individuos la ley es un límite a su actuación»
Los individuos son libres porque la razón y fundamento de las leyes es justamente la garantía de la libertad de todos por igual: es arbitraria —ilegítima e ilegal— toda ley que no cumpla esta condición. Para los individuos la ley es un límite a su actuación.
En cambio, el Estado es un ente instrumental y sus órganos —legislativos ejecutivos y jurisdiccionales— están vinculados al fin por el que fueron creados: la protección y garantía de la igual libertad individual. Por tanto, sólo pueden actuar de acuerdo con el contenido de las leyes que siempre será de conformidad con este fin. Así pues, los órganos estatales no son libres sino que están absolutamente vinculados a lo que ordenen las leyes. Para estos órganos, las leyes no son un límite sino un mandato sustantivo.
La relación con la ley (con el derecho) de los ciudadanos y del poder político es, por tanto, bien distinta. El individuo está negativamente vinculado a la ley: puede hacer todo aquello que la ley no le prohíba. El Estado, en cambio, está positivamente vinculado a la ley: sólo puede hacer —dentro de un margen de discrecionalidad en la aplicación— todo aquello, y sólo aquello, que la ley disponga.