¿Y si el Tribunal Supremo imputase a los siete de Pumpido?
«Las actuaciones del Constitucional anuncian lo peor para el futuro sin que se puedan descartar resoluciones que sean tipificadas como prevaricación»

El presidente del Tribunal Constitucional Cándido Conde-Pumpido. | Ilustración de Alejandra Svriz
La Audiencia Provincial de Sevilla va a presentar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acerca de la revisión que hicieron Pumpido y sus muchachos de las sentencias de la propia Audiencia Provincial y del Tribunal Supremo (TS) respecto a los ERE de Andalucía. La consulta puede ser pertinente; otra cosa es que vaya a tener utilidad práctica. Los políticos y la opinión pública española tienden a confiar demasiado en Europa. Me pregunto qué ha hecho la Comisión después de tantas idas y venidas respecto a la ley de amnistía. No se iba a pronunciar hasta que no estuviese aprobada, pero hace ya tiempo que se aprobó y la Comisión continúa en silencio.
La Unión Europea es un mercado de bienes y servicios, pero también de influencias, de chanchullos y de acuerdos, de presiones de los lobbies y de los Estados, y detrás de los Estados están los gobiernos. España tiene el suficiente tamaño como para que su Gobierno pueda tener un ascendente significativo. El mismo TJUE está nombrado por las distintas autoridades nacionales, es decir, por los políticos. Por otra parte, la habitual tardanza en pronunciarse hace prever que cuando llegue la respuesta ya no esté Conde Pumpido en el Tribunal Constitucional (TC).
No obstante, la consulta no carece de importancia porque manifiesta hasta qué punto los jueces españoles no están conformes con la actuación de este TC. Se traen a colación los problemas de fondo. Primero, que esta institución no es un órgano jurisdiccional en sentido estricto, sino político; y que, sin embargo, pretende apropiarse de las funciones de casación y situarse jurisdiccionalmente por encima del TS. Segundo, se critica la interpretación que el tribunal de garantías hace del delito de malversación, ya que aceptarla es dejar sin control la actividad presupuestaria y desproteger el patrimonio público.
Una de las principales características que han identificado durante estos siete años al régimen sanchista es el asalto a las instituciones. No creo equivocarme mucho si considero la apropiación del TC el más grave de todos ellos y el que está teniendo las consecuencias más nefastas. Lo más triste del caso es que existe la sospecha de que el asalto se consumó con la complicidad de Pablo Casado y principalmente de su secretario de Organización, Teodoro García Egea, presiento que engañados por Bolaños con la venta de mercancía averiada sobre el hermano de Ayuso. Aún ahora, Sánchez, con todo el descaro, lo saca de vez en cuando a colación sabiendo de sobra que los jueces y la Fiscalía europea han archivado el caso sin encontrar el menor motivo de imputación.
Desde sus orígenes, el TC, al igual que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que el Tribunal de Cuentas (TdC) o que el Fiscal General del Estado, al ser órganos políticos, nombrados por políticos, han sido sospechosos de sesgo partidista según fuese quien tuviese la mayoría. Pero hasta la llegada de Sánchez se ha mantenido siempre un mínimo orden y, si se quiere, un cierto disimulo. No se sobrepasaban determinadas líneas. Por ejemplo, en el pasado, en tiempos de Zapatero, el TC no tuvo inconveniente, aun cuando había una mayoría progresista, en tumbar varios artículos de ese estatuto de Cataluña, impulsado con tanto esmero y cariño por el mismo Zapatero y por Maragall.
«El TC de Pumpido –o de Sánchez, que para el caso es igual– es el complemento perfecto para un régimen autocrático»
El problema es que, con Sánchez, en esto, como en tantas otras cosas, se han roto los diques y no le importa sobrepasar todos los límites. Ha habido gobiernos que han tenido que prorrogar algunos meses el presupuesto, pero ninguno como Sánchez durante dos ejercicios, ni tan solo han aprobado tres presupuestos en un periodo de siete años. Todos los gobiernos han nombrado un fiscal general más o menos afín, pero no lo han convertido como Sánchez en un apéndice suyo. Es su fiscal general. Nadie se ha atrevido a hacer lo mismo con el TC, y transformarlo, como ha dicho alguien, en su túnel de lavado.
El TC de Pumpido –o de Sánchez, que para el caso es igual– es el complemento perfecto para un régimen autocrático. Sirve para burlar la Constitución. Se tiene la garantía de que cualquier ley, normativa o acto pasará el filtro del tribunal amigo que hará una interpretación adecuada, aunque tenga que retorcer al máximo la Carta Magna.
Pero Pumpido y sus muchachos pueden tener además otra finalidad: corregir al TS. Parece notorio que la justicia es de las pocas cosas que Sánchez no ha podido controlar por completo. Se le resiste. De ahí todos esos discursos acerca de la guerra sucia judicial y la descalificación de jueces y tribunales practicadas por todos los sanchistas. Se encuentran, sin embargo, con una dificultad: que son muchos y que nuestro sistema es tremendamente garantista, existiendo toda una serie de recursos con los que es difícil acusarles de parcialidad. Todos no pueden ser arbitrarios y prevaricadores.
Y ahí es cuando interviene Pumpido, el TC sanchista es el último recurso cuando las cosas se ponen judicialmente feas. Usurpa funciones que no le corresponden. Se convierte en órgano de casación, cuando es el TS, como indica su nombre, el máximo órgano jurisdiccional. El TC de Pumpido ejerce un papel esencial en el régimen sanchista. Aparte de ataviar de constitucional la enorme cantidad de atropellos jurídicos que realiza el gobierno Frankenstein, constituye el instrumento postrero frente a los muchos problemas penales que en el futuro pueden tener Sánchez, sus familiares y sus seguidores o cómplices. El affaire de los ERE ha constituido un ensayo general de a dónde se puede llegar. Por ese mismo camino hay que temer que transite el caso del Fiscal General del Estado.
«La cuestión que se plantea es si los miembros del TC gozan de inmunidad. La respuesta tiene que ser por fuerza negativa»
No es preciso hacer un catálogo de los múltiples excesos y abusos que gran parte de la sociedad piensa que han cometido los siete magníficos. En ningún caso se ha buscado la unanimidad del Tribunal. Los siete actúan como un ejército bien disciplinado, en el que no se admite la duda ni la vacilación de ninguno de sus miembros. Lo más alarmante es mirar hacia el futuro y preguntarse hasta dónde están dispuestos a llegar, si van a tener algún límite. Con lo que surge otra interrogación encadenada: ¿son intocables? Al tiempo, se comienza a conjugar el verbo prevaricar.
La cuestión que se plantea es si los miembros del TC gozan de inmunidad. La respuesta tiene que ser por fuerza negativa. El órgano competente para juzgarlos no puede ser otro que el TS. Ha sido esta misma institución la que se ha encargado de aclararlo, al contestar las querellas presentadas por Vox y HazteOír contra los siete miembros del TC (los de Sánchez) por admitir a trámite varios recursos de amparo relacionados con los ERE.
La querella se desestimó porque para que exista prevaricación se requiere, según explica el Supremo, que sobrepase «de manera patente la mera ilegalidad y contradicción con el Derecho», o sea, que sea imposible sostener la resolución adoptada «mediante algún método aceptable de interpretación de la ley». Es decir, solo se aplicaría a sentencias que se impongan como «producto de su voluntad, convertida irrazonablemente en aparente fuente de normatividad», prescindiendo de la Constitución o el resto del ordenamiento jurídico. Condiciones que no se cumplían en este caso.
La Sala de lo Penal del Supremo daba carpetazo a este asunto, pero no sin antes advertir que ello «no supone el otorgamiento de carta blanca al Tribunal Constitucional para resolver sin atenerse jurídicamente a la cuestión». En otras palabras, que los miembros del TC no son invulnerables y no gozan de inmunidad. El cumplimiento de los requisitos anteriores «posibilitaría tipificar la conducta como prevaricación, aun cuando de resolución dictada por magistrados del Tribunal Constitucional se tratase».
«Los magistrados recordaron que ni la Fiscalía General del Estado, ni ninguna otra institución, tienen garantía de inmunidad»
De forma más sibilina pero no por eso menos clara, la Sala de Apelación del Supremo se pronunció en el mismo sentido al desestimar por unanimidad el recurso presentado por el Fiscal General del Estado en el que solicitaba que se declarase nula la entrada y registro de su despacho tras haber sido imputado. En el auto los magistrados recordaron que ni la Fiscalía General del Estado, ni ninguna otra institución, tienen garantía de inmunidad. Podía entenderse que en esas otras instituciones se englobaba al TC.
En realidad, se ha dado ya un precedente solo que en la jurisdicción civil y no en la penal. Fue en 2004. La Sala primera del TS condenó a los 11 miembros del TC a una indemnización de 500 euros cada uno (sentencia 51/2004, de 23 de enero). El hecho es importante no ciertamente por su envergadura, sino por lo que tiene de significativo y porque abre el camino a futuras sentencias.
Las actuaciones llevadas a cabo por los siete de Pumpido en estos 16 meses que llevan siendo mayoría en el TC, anuncian lo peor para el futuro por lo que quizás no se pueda descartar que se produzcan resoluciones que de manera incontrovertible se puedan tipificar como prevaricación y que surjan querellas que obliguen a la actuación del TS. Es evidente que la situación que se generaría sería de máxima tensión institucional, pero eso deben tenerlo en cuenta aquellos que están creando un clima insoportable dentro del TC y que no tienen ningún empacho en poner este órgano al servicio del sanchismo.