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La Audiencia de Madrid rechaza los recursos de Podemos y mantiene su imputación por el contrato de Neurona

La Audiencia de Madrid rechaza los recursos de Podemos y mantiene su imputación por el contrato de Neurona

De esta forma, la formación lidera por Pablo Iglesias sigue en condición de investigada por un posible delito electoral

La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado sendos recursos de Podemos en los que solicitaba, por un lado, que se decretase la nulidad de la causa en la que se investiga un posible delito electoral por su contrato con la empresa Neurona para las elecciones de 2019 y, por otro, que se le retirase la condición de investigado.

En sendos autos, la Audiencia desestima ambos recursos, si bien emplaza al juez de Madrid que lleva la investigación, Juan José Escalonilla, a determinar «con celeridad» qué delitos cabe atribuir al partido político como persona jurídica para evitar que se prolongue de forma innecesaria la causa.

El juez ha archivado hasta el momento todas las investigaciones que abrió tras la denuncia del exabogado del partido José Manuel Calvente salvo la relativa a ese contrato por importe de 363.000 euros con la consultora. En uno de los recursos, Podemos apuntaba como cuestión de nulidad de estas actuaciones que Calvente obtuvo la información que ha dado lugar a la apertura de esta causa como abogado de la formación, de la que fue despedido tras ser denunciado por acoso laboral y sexual a otra letrada del partido, acusación que finalmente no prosperó en los tribunales.

Respecto a esta alegación, el tribunal -entre cuyos tres magistrados figura el primer instructor del caso Villarejo en la Audiencia Nacional, Diego de Egea,- invoca para rechazarla la sentencia del Tribunal Supremo sobre el llamado caso Falciani sobre el exempleado de la filial de HSBC Hervè Falciani sustrajo de la entidad para denunciar fraude fiscal en muchos de sus clientes.

Si bien entiende la Sala que por su profesión de abogado, «a priori, estaba obligado al secreto profesional», lo que, «en su caso podría dar lugar a responsabilidades disciplinarias o penales», «no se ha acreditado hasta ahora que hubiera actuado -en palabras del TS- como una pieza camuflada del Estado al servicio de la investigación penal».

Considera además que la documentación aportada -las liquidaciones de gastos, las nóminas y los borradores de los contratos de NEURONA y ABD-, no fue obtenida de forma ilícita sino por el cargo profesional que ejercía o bien porque le fue facilitada «por persona autorizada».

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