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España

Los voluntarios españoles que participan en la guerra de Ucrania se exponen a 15 años de prisión

El Código Penal establece distintas penas de cárcel por el delito de comprometer la neutralidad de España en guerras en las que no participa

En una acción histórica, el presidente ucraniano, Volodimir Zelenski, hizo el pasado 27 de febrero un llamamiento internacional y pidió a cualquier extranjero «amigo de la paz y la democracia» que fuera a Ucrania a combatir contra el ejército ruso. «Esto es el principio de una guerra contra Europa, contra las estructuras europeas, contra la democracia, contra los derechos humanos básicos, contra el imperio de la ley y la coexistencia pacífica», aseguró Zelenski.

En España, el 2 de marzo, tres días después, esa apelación inédita a participar en el conflicto ya había tenido efecto. Lo decía el propio cónsul general de Ucrania en Barcelona. «Unas 50 personas, españolas y de otros países, se han interesado en participar en la Legión Extranjera a través del consulado», explicaba ese miércoles Vorobyov Artem. El cónsul evitaba aclarar los trámites burocráticos que se seguirían a partir de ese momento, pero insistía: «Los llamaremos y les daremos las instrucciones precisas a través de la embajada. Tendremos en cuenta la experiencia militar, pero cualquiera pueda apuntarse. Necesitamos toda la ayuda posible».

La realidad, no obstante, es que cualquier ciudadano no puede enrolarse en un conflicto armado exterior sin más decisión que la suya propia, o como respuesta a un llamamiento de otro país europeo. Es más, de hacerlo, podría enfrentarse a su vuelta a acusaciones penales, según aseguran distintas fuentes jurídicas consultadas por THE OBJECTIVE. El Código Penal establece penas de entre cuatro y 15 años de prisión por comprometer la neutralidad de España en guerras en las que no participa.

Neutralidad del Estado

Soldados del ejército ucraniano, a 23 de febrero de 2022, en Chasiv Yar, Oblast de Donetsk (Ucrania)
Soldados del ejército ucraniano, a 23 de febrero de 2022, en Chasiv Yar, Oblast de Donetsk (Ucrania). Europa Press

«Será castigado en sus respectivos casos el que durante una guerra en que no intervenga España ejecutare cualquier acto que compromete la neutralidad del Estado o infringiese las disposiciones publicadas por el Gobierno para mantenerla», reza el artículo 591 del Código Penal, en el Capítulo II sobre delitos que comprometen la paz o la independencia del Estado.

A la hora de regular los años de condena, la norma establece la pena de prisión de ocho a quince años si es autoridad o funcionario y de cuatro a ocho, si no lo es, como el caso de algunos españoles que según han publicado diversos medios ya se habrían unido a la resistencia ucraniana

«La participación descontrolada en un conflicto en un conflicto puede terminar en una merma de la neutralidad del Estado», apuntan las fuentes consultadas. De este modo, quien pretenda alistarse o lo haya hecho en el conflicto ruso-ucraniano «estaría cometiendo un delito», insisten. Distintos letrados señalan que la única vía para que quienes decidan enrolarse lo hagan «con seguridad jurídica» es que el Gobierno se pronuncie al respecto. «Debe haber una causa de justificación por parte del Ejecutivo», aclaran.

Este último es el caso de países como Suecia o Dinamarca, quienes haciendo una excepción en su legislación, similar a la española, han manifestado que no consideran ilegal que sus ciudadanos puedan alistarse voluntariamente pese a que los estados no participen directamente en la guerra.

Voluntarios en Ucrania

Consciente de este impedimento jurídico, el abogado Miguel Ángel Rodríguez ha pedido al Gobierno de Pedro Sánchez que permita a voluntarios españoles unirse a la Legión Internacional de Ucrania para combatir al Ejército ruso, a través de una petición en Change.org. En concreto, solicita que se autorice que ciudadanos con capacidades militares, en protección civil, sanitarias y otras, se unan a la defensa de Ucrania y de su población civil ante la invasión de Rusia.

En su petición, este letrado sostiene que en este caso la situación sería diferente —por la implicación indirecta de España en el conflicto—y «se ampara en la propia legalidad ucraniana y en la expresa solicitud de su Gobierno nacional»; y que, por tanto, «tiene pleno sentido que el Gobierno de España manifieste la existencia de autorización y causa justificada», que diferencia este caso al de la prohibición general en el resto de conflictos.

Asimismo, en el escrito se hace referencia al fondo especial europeo de apoyo a la paz, por medio del cual se va a financiar la compra de armas y medios, ofensivos y defensivos, para contribuir a la defensa de Ucrania y de su población civil, como medio para justificar el alistamiento legal de voluntaros españoles.

«Si la Unión Europea – y España– reconoce la legitimidad y la absoluta excepción histórica justificada de enviar armas a Ucrania, idéntica legitimidad tiene que tener del mismo modo que ciudadanos europeos individualmente y de forma voluntaria puedan decidir comprometerse voluntariamente con dicha causa», zanja.

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