Puigdemont prepara una batalla legal contra el juez del CNI por las escuchas a su abogado
Pedirá la nulidad de una sentencia del juez del Tribunal Supremo Pablo Lucas por la que se inadmitió un recurso sobre su condición de eurodiputado en 2020
El expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y otros líderes independentistas huidos de la Justicia preparan acciones legales contra el juez del Tribunal Supremo que autorizó al CNI intervenir el teléfono de su abogado, Gonzalo Boye. Los políticos separatistas fugados estudian ya diferentes actuaciones ante la Justicia española y los tribunales europeos con el objetivo de que se invalide una sentencia relativa a su condición como eurodiputados en la que el magistrado Pablo Lucas actuó como ponente después de haber autorizado la interceptación de las comunicaciones de Boye, según informan a THE OBJECTIVE fuentes cercanas al expresidente catalán. Creen que el caso presenta paralelismos con las razones por las que se inhabilitó a Baltasar Garzón como juez tras ordenar a la Policía Nacional que interceptase conversaciones telefónicas entre distintos abogados y encausados del caso Gürtel.
Con el precedente de Garzón, los líderes independentistas fugados pretenden poner el foco sobre el magistrado Lucas y posteriormente informar del espionaje a Boye a los distintos tribunales europeos que tienen procedimientos abiertos contra Puigdemont y otros independentistas defendidos por el mismo letrado. En concreto y como primer paso, según las fuentes consultadas por este medio, se plantean solicitar la nulidad de la sentencia 722/2020, de junio de 2020, en la que el juez Pablo Lucas actuó como ponente -en calidad de magistrado de la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo- y falló en favor de inadmitir a trámite un recurso presentado por Puigdemont y Antoni Comín contra el acuerdo de la Junta Electoral que les obligaba a viajar a Madrid y acatar la Constitución para poder tomar posesión como eurodiputados.
Puigdemont y Comín interpusieron su recurso en junio de 2019. En esas fechas, según avanzó La Vanguardia, el CNI había obtenido autorización del juez para intervenir las conversaciones de Boye y otras 17 personas vinculadas al independentismo. Así lo confirman fuentes parlamentarias consultadas por este diario que estuvieron presentes durante la comparecencia de la directora cesada del CNI Paz Esteban en el Congreso de los Diputados, el pasado 5 de mayo. En su recurso de 2019, Puigdemont y Comín -representados por el mismo letrado- solicitaban la recusación de todos los magistrados de la sala. La petición fue denegada en la sentencia de junio de 2020 en la que el juez Pablo Lucas fue ponente.
Al conocerse ahora que el mismo magistrado había autorizado anteriormente que el CNI espiara a Boye, los líderes independentistas fugados entienden que se ha podido producir un «vicio de nulidad» en esa sentencia y que lo mismo podría haber ocurrido en otros dos fallos también de carácter electoral contra Clara Ponsatí y Joaquin Torra, resueltos ambos con el juez Lucas entre los magistrados de la Sala.
El juez despejó «toda duda» de su imparcialidad
«Habiendo cuestionado los señores Puigdemont i Casamajó y Comín i Oliveres la imparcialidad de los magistrados que formamos la Sala, debemos despejar toda duda al respecto antes de proseguir», señalaba la sentencia dictada por la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Supremo redactada por el juez Pablo Lucas y contra la que los independentistas se preparan ahora para recurrir. Además de poner en duda la imparcialidad del juez, Puigdemont y Comín piensan cuestionar si algunos párrafos de la sentencia podrían haberse dictado en base a las escuchas practicadas por el CNI al abogado.
En la página 41 de la sentencia se señalaba que los demandantes (Puigdemont y Comín) habían «desplegado una intensa labor de seguimiento de la trayectoria de algunos de los miembros de la Sala y, en particular, del ponente del que han traído a colación un texto académico de 1991, su condición de co-director de una tesis doctoral leída en 1999 y su pertenencia a la Junta Electoral Central en 1991». «Desde luego, estos no son datos reservados, sino públicos –por lo que no se reprocha su utilización– pero no se encuentran a simple vista. Haber llegado a ellos, denota un notable esfuerzo de indagación y refuerza la conclusión de que, de haber considerado los recurrentes que realmente había causa para ello, habrían ejercido a tiempo su derecho a recusar a todos los miembros de la Sección», añadía el mencionado párrafo de la sentencia.
El entorno de Puigdemont pone esa última frase como ejemplo para poner en duda si el magistrado se pudo servir de la información intervenida a su abogado y solicitar la nulidad del proceso, que actualmente se encuentra pendiente de resolución en el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE). La intención de los independentistas fugados, según las fuentes consultadas por este medio, es poner en conocimiento de todos los tribunales europeos en los que tienen causas abiertas que las comunicaciones de Boye fueron intervenidas por el CNI y que, después, el letrado volvió a ser objeto de espionaje con el spyware israelí Pegasus según reveló la investigación de la organización canadiense Citizen Lab. Algo que, según entienden los independentistas, habría violado el secreto profesional del abogado y provocado indefensión a sus clientes.
Un magistrado de reconocido prestigio
Fuentes del Tribunal Supremo consultadas por THE OBJECTIVE, defienden la actuación del juez Pablo Lucas, al que definen como un hombre recto, serio e imparcial que siempre ha respetado las obligaciones que le impone la ley en su papel como magistrado competente para conocer de la autorización de las actividades del CNI. «Es un hombre recto, muy serio y trabajador, que cuenta con el reconocimiento tanto de magistrados conservadores y progresistas. Tiene una autoridad de reconocido prestigio», indican fuentes oficiales del Alto Tribunal.
La ley electoral española contempla la pérdida de prerrogativas de los eurodiputados electos que no acaten la Constitución. No obstante, el Parlamento Europeo permitió a Puigdemont y a Comín tomar posesión de su acta con plenas funciones en julio de 2019 ignorando que no habían acatado la Carta Magna. Lo hizo basándose en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respecto a una cuestión prejudicial planteada por Junqueras, a quien le concedió la inmunidad parlamentaria (que quedó sin efecto con la condena por el procés), pese a estar en situación de prisión provisional. Puigdemont y Comín alegaron que ese reconocimiento implicaba también que ellos deberían ser nombrados eurodiputados de pleno derecho.
El favorito de Carmen Calvo para el CGPJ
Otras fuentes jurídicas del Supremo consultadas coinciden en destacar la intachable carrera del magistrado Pablo Lucas, al tiempo que admiten que el escándalo Pegasus puede suponer un revés a su futuro profesional. En 2020, cuando PP y PSOE parecían cerca de llegar a un acuerdo para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), las quinielas mediáticas le situaron como el favorito de la exvicepresidenta Carmen Calvo para presidir el órgano de Gobierno de los jueces y el Tribunal Supremo.
En el año 1991, integró la comisión que recurrió el concurso por el que la ahora exvicepresidenta del Gobierno fue designada profesora titular de la Universidad de Córdoba poco antes de dar sus primeros pasos en políticas. Además, también codirigió con Carmen Calvo una tesis doctoral y dirigió la publicación de un libro en el que la exvicepresidenta escribió un capítulo, según avanzó el diario El Independiente.
Lucas fue elegido en 2001 como Magistrado del Tribunal Supremo entre juristas de prestigio, forma parte de su Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo) y ha pertenecido a sus Secciones Tercera (2001-2002) y Séptima (2003-2016). En la actualidad está integrado en la Sección Cuarta y es miembro electivo de la Sala de Gobierno del Alto Tribunal. A propuesta de Carlos Lesmes, en 2019 fue renovado por tercera vez consecutiva, para un nuevo periodo de cinco años, como magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
La Sección Cuarta que preside Pablo Lucas en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha tenido un especial protagonismo durante los dos últimos años, al ser en la que han recaído la mayoría de los recursos contra las medidas anti-covid aprobadas por el Gobierno y las comunidades autónomas para combatir la pandemia. También se ha encargado de los recursos interpuestos por interinos y funcionarios, y redactó la ponencia con la que el Alto Tribunal aprobó por unanimidad la exhumación de los restos del dictador Francisco Franco.