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La defensa de Griñán gana tiempo para evitar que ingrese en prisión

El abogado del expresidente andaluz presentará un incidente de nulidad. Los expertos dudan de que el tribunal sancionador enmiende su decisión inicial

La defensa de Griñán gana tiempo para evitar que ingrese en prisión

José Antonio Griñán a su llegada al juicio en Sevilla en 2018. | Eduardo Briones (Europa Press)

José Antonio Griñán tendrá que ingresar en prisión. La sentencia íntegra del Tribunal Supremo, conocida este miércoles, mantiene la condena de seis años impuesta al expresidente andaluz. La resolución revela que el dirigente tenía «conocimiento de la ilegalidad» del criterio que se siguió con los ERE y destaca su «pasividad» ante el «despilfarro y la arbitrariedad» con la que se concedieron las ayudas. Ante este fallo en firme, el abogado de Griñán presentará un incidente de nulidad para impedir que pise la cárcel, aunque los expertos dudan de que el tribunal sancionador enmiende su decisión. Sostienen que el objetivo es demorar el proceso.

La Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Griñán a seis años de prisión por prevaricación y malversación de caudales públicos en noviembre de 2019. El Supremo ratificó la sentencia en julio, aunque el texto completo, de 1.205 páginas, se ha conocido este miércoles. Era el requisito necesario para comenzar los trámites que buscan impedir que el expresidente andaluz pise la cárcel. Su abogado, José María Calero ya anunció a THE OBJECTIVE que agotaría todos los cauces posibles.

Calero baraja tres posibilidades desde hace meses: pedir la nulidad de la sentencia a través del incidente de nulidad, elevar un recurso de amparo al Tribunal Constitucional y solicitar el indulto al Gobierno. Esta última opción ya está en marcha, ya que la familia de Griñán presentó a principios de septiembre la solicitud por razones de «humanidad y equidad». La publicación de la sentencia completa activa la medida de gracia. Como primer paso, el Ministerio de Justicia pedirá un informe a la fiscalía y al tribunal sancionador, aunque no son vinculantes.

Indultar a Griñán

El proceso de indulto puede tardar meses. Un escenario que incrementa el riesgo de que el expresidente de la Junta de Andalucía, de 76 años, ingrese en prisión. Para que no se haga efectivo, Calero pedirá el incidente de nulidad ante la Audiencia Provincial de Sevilla, tribunal sentenciador. Una vez que la sentencia ha sido ratificada por el Tribunal Supremo, es el órgano competente para ejecutarla. El letrado tiene 20 días para cumplimentar la petición. Una vez que solicite el incidente de nulidad, los expertos explican que se paralizará el proceso y que la entrada de Griñán en prisión quedará interrumpida temporalmente.

«Lo normal es que durante ese periodo se suspenda la entrada en prisión», sostiene Ibor Fernandes, profesor de Derecho Constitucional en el CES Cardenal Cisneros. En su opinión, la defensa de Griñán planteará la vulneración de derechos fundamentales y de tutela judicial efectiva para presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. «El incidente de nulidad ofrece la vía para presentarlo». No obstante, solicitar ese procedimiento no supone que la Audiencia Provincial de Sevilla deje de ejecutar la sentencia y que Griñán no vaya a pisar la cárcel.

Griñán durante el juicio por el caso de los ERE en Sevilla. | Foto: Europa Press

Baldomero Gómez Oliver, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada, afirma que para presentar un recurso de amparo es necesario agotar la vía ordinaria. Ese puede ser el motivo, indica, por el que la defensa de Griñán presente el incidente de nulidad, que en su opinión tiene pocos visos de prosperar. «El tribunal sancionador solo cambia su criterio inicial si ha cometido un error». Otros expertos consultados ratifican ese escenario y reconocen que la avanzada de Griñán no es una excusa para que se libre de entrar en prisión.

En España no existe ninguna ley que impida el ingreso de los mayores de 70 años, pero el artículo 91.1 del Código Penal abre una puerta para salvarse de las rejas cuando se alcance esa edad. Mucha gente cree erróneamente que los condenados que superan ese umbral no acaban en la cárcel, pero es una leyenda urbana. En junio, la población reclusa en nuestro país que rebasaba esa franja de edad era de 651 personas. De ellos, 582 habían sido penados y otros 69 se encontraban en prisión de forma preventiva, según datos de Instituciones Penitenciarias.

La opción del recurso de amparo

Si el incidente de nulidad no prospera, el abogado de Griñán tiene pensado llegar hasta el Tribunal Constitucional a través de un recurso de amparo. «En nuestro sistema jurídico, cuando crees que se ha vulnerado un derecho fundamental, la última palabra la tiene el Constitucional». Calero explicó a este diario que la resolución del caso de los ERE vulnera varios derechos de su cliente. Entre ellos, el principio de legalidad penal, ya que el expresidente andaluz «no ha sustraído ni conocía a nadie que haya sustraído fondos públicos».

Un argumento que va en la dirección de los votos particulares firmados por dos de los cinco magistrados que han revisado en el Tribunal Supremo la condena dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla. Las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo discrepan de la condena por malversación de los cinco acusados ajenos a la Consejería de Empleo, Griñán entre ellos. Critican que sus compañeros hayan confirmado este delito, que conlleva condena de cárcel, ya que se les atribuye sin que existan «pruebas sólidas, más allá de las meras especulaciones».

Los expertos sostienen que esos votos particulares, desarrollados en casi 100 páginas, servirán a la defensa de Griñán para argumentar el recurso de amparo. «Esos votos versan sobre cuestiones jurídicas de la sentencia sobre las que no están de acuerdo, aunque no tienen relevancia desde el punto de vista procesal», admite Fernandes, profesor del CES Cardenal Cisneros. En esa línea se expresa Gómez Oliver. En su opinión, esos votos particulares sirven de base para recursos posteriores y demuestran que «el fallo no es unánime y que existen dudas».

El catedrático de la Universidad de Granada declina que la Audiencia Provincial de Sevilla vaya a cambiar de parecer por esos votos particulares, pero admite que, gracias a ellos, «incluso el tribunal que dictó la sentencia puede cambiar su doctrina en el futuro». Para lo que sí servirán, reconoce, es para que el abogado de Griñán base su recurso de amparo al Constitucional, aunque este jamás ha revocado condenas con penas de cárcel superiores a los cinco años.

Los expertos son poco optimistas con que se produzca un cambio de criterio. En ese caso, al expresidente andaluz solo le quedaría el indulto para librarse de la cárcel. Un proceso que ya ha iniciado la propia familia de Griñán, que registró la solicitud ante el Ministerio de Justicia el 1 de septiembre. La publicación de la sentencia completa activa la medida, que debe conceder el Gobierno. Numerosas personalidades han firmado ya la petición, entre ellas los expresidentes Felipe González y José Luis Rodríguez Zapatero.

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