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La edad no evitará que Griñán entre en prisión: 644 reclusos tienen más de 70 años

Los expertos advierten de que la edad cronológica no es el único requisito para solicitar la suspensión de la pena que establece el Código Penal

La edad no evitará que Griñán entre en prisión: 644 reclusos tienen más de 70 años

José Antonio Griñán llega al juicio de los ERE en 2019. | María José López (Europa Press)

La cuenta atrás para José Antonio Griñán ha comenzado. La publicación de la sentencia íntegra deja al expresidente de la Junta de Andalucía a un paso de la cárcel. Un escenario que quiere evitar a toda consta su abogado, que baraja diferentes alternativas. Una de ellas es la suspensión de la pena. El Código Penal establece una remisión para condenados que superen los 70 años. Los expertos advierten de que la edad cronológica no es el único requisito para conseguir la suspensión. De hecho, en estos momentos existen 644 reclusos con más de 70 años, según datos de Instituciones Penitenciarias.

La Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Griñán a seis años de prisión por prevaricación y malversación de caudales públicos en noviembre de 2019. El Supremo ratificó la sentencia en julio, aunque el texto completo, de 1.205 páginas, se conoció este miércoles. Era el requisito necesario para comenzar los trámites que buscan impedir que el expresidente andaluz pise la cárcel.

Una de las fórmulas que sopesa la defensa es la suspensión de la pena por edad. En España no existe ninguna ley que impida el ingreso en prisión de los mayores de 70 años, pero el artículo 91.1 del Código Penal abre una puerta para regatear la cárcel. Griñán cumple el requisito, ya que hizo 76 años en junio. Sin embargo, para beneficiarse de esa exención el penado debe «haber extinguido las tres cuartas partes, las dos terceras partes o la mitad de la pena». En ese caso, obtendría la libertad condicional, pero en ningún caso se anula la condena.

La situación de Griñán

«Mucha gente cree erróneamente que los condenados que superan ese umbral no van a la cárcel. Una leyenda urbana», explica Alfredo Arrien, de Paredes & Asociados. Este abogado penalista afirma que sobrepasar los 70 años «no significa que el condenado quede impune», aunque facilita que pueda sortear la pena. Además del requisito de la edad sostiene que es necesario justificar un deterioro físico o alguna enfermedad a través de una acreditación médica. Por eso hay ancianos que consumen sus últimos días entre cuatro paredes.

En las cárceles españolas existen 644 presos que superan los 70 años, según los datos de julio facilitados por Instituciones Penitenciarias. Representan apenas el 1,38% de la población reclusa en el país (46.584 personas) La mayoría de ellos, 577, han sido condenados, pero también hay 67 reos en régimen preventivo. Por sexos se llevan la palma los varones: 540 entre rejas por tan solo 37 mujeres. Sin embargo, las estadísticas del organismo dependiente del Ministerio del Interior no recogen el tipo de delito cometido por estos reclusos de edad avanzada.

José Antonio Griñán, pensativo, durante el juicio de los ERE en Sevilla. | Foto: María José López (Europa Press)

«Existe un malentendido general. Tener más de 70 años no te libra de la cárcel, pero puede facilitar la libertad condicional. Para eso tendrían que cumplirse varias condiciones», insiste Luis Romero, abogado penalista y doctor en Derecho. Este letrado sostiene que obtener la libertad mediante esta fórmula es «muy complicado», porque para eso hay que entrar previamente en prisión, completar parte de la pena, resarcir el daño (aunque sea parcialmente) y tener un expediente inmaculado. 

El fundador de Luis Romero Abogados sostiene que Griñán cumple algunos de esos requisitos, pero no todos. «Hay que tener unas condiciones de salud muy malas para que los jueces accedan a conceder la libertad». Este experimentado letrado recuerda el caso de José Luis Sierra, abogado de Jesús Gil, al que tardaron en dar la condicional «a pesar de presentar unas condiciones deplorables». Otros juristas consultados afirman que se ha llegado a desestimar la salida de la cárcel por razones de edad a ancianos con una demencia senil avanzada.

Demostrar una dolencia grave

«No es una regla automática. Es cierto que a partir de los 70 años la fragilidad del ser humano es evidente. Incluso pueden incurrir otros posibles atenuantes, como el miedo insuperable o la legítima defensa, como marca el artículo 21.7 del Código Penal, que es un cajón de sastre», afirma Arrien. El letrado subraya que estas condiciones afectan a cualquier penado, que puede salvarse de la cárcel a cualquier edad siempre que cumpla esos requisitos. Otro experto consultado pone el ejemplo de Eduardo Zaplana, que fue liberado tras demostrar que padecía una dolencia grave.

Existen más causas. El Código Penal indica que el juez de vigilancia penitenciaria valorará la personalidad del penado, sus antecedentes, las circunstancias del delito cometido, la relevancia de los bienes jurídicos que podrían verse afectados por una reiteración en el delito, su conducta durante el cumplimiento de la pena, sus circunstancias familiares y los efectos que quepa esperar de la propia suspensión de la ejecución y del cumplimiento de las medidas que fueron impuestas.

El encargado de comunicar a Griñán la fecha en la que debe personarse en prisión es el tribunal sentenciador, la Audiencia Provincial de Sevilla. El plazo máximo que establece el reglamento penitenciario es de dos meses desde la recepción de la sentencia definitiva del Tribunal Supremo, por lo que deberá hacerlo antes de que finalice el año. Eso siempre que no prosperan las medidas previstas por su abogado, entre ellas el incidente de nulidad, que debe ir acompañado de medidas cautelares.

Este procedimiento da pie al recurso de amparo ante el Constitucional, ya que la defensa cree que se han vulnerado derechos fundamentales del expresidente andaluz. Las fuentes consultadas por THE OBJECTIVE indican que lo habitual es ingresar en presión en los 1o días siguientes a la notificación. Griñán podrá elegir el centro penitenciario donde hacerlo, que habitualmente es el más cercano al domicilio. Una vez entre rejas, Instituciones Penitenciarias evalúa si el penado cumple la condena en ese centro o si es trasladado.

El organismo dependiente de Interior debe valorar también los posibles beneficios penitenciarios y el estado de salud del expresidente andaluz. Romero considera que Griñán tiene «pocas opciones» de esquivar la cárcel por cuestiones de edad. Cree que será difícil que el Tribunal Constitucional suspenda la ejecución de la sentencia. Y revela: «Las penas de prisión superiores a los cinco años muy pocas veces se suspenden». El abogado sostiene que «solo le queda el recurso de amparo o el indulto».

La familia solicitó la medida de gracia al Ministerio de Justicia el 1 de septiembre por razones de «humanidad y equidad». Numerosas personalidades han firmado ya la petición, entre ellas los expresidentes Felipe González y José Luis Rodríguez Zapatero. La publicación de la sentencia completa activa la medida, que debe conceder el Gobierno. La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha asegurado este jueves en Santa Cruz de Tenerife que el Ejecutivo lo estudiará «como cualquier indulto». Ahora, asegura que su departamento debe «recabar la información necesaria y seguir los trámites».

«Una garantía para no pisar la cárcel»

Las fuentes jurídicas consultadas explican que los mayores de 70 años condenados a penas de prisión supera «con creces» las 644 personas privadas de libertad. «Tener un buen abogado es una garantía para no pisar la cárcel. Como con todo en la vida, el dinero y los contactos son importantes. Griñán tiene un buen letrado y muchos amigos influyentes», reconoce un abogado que prefiere mantener el anonimato.

La sentencia íntegra del Supremo sostiene que Griñán tuvo «conocimiento de la ilegalidad» del criterio con el que se concedieron las ayudas de los ERE. La resolución también destaca su «pasividad» ante el «despilfarro y la arbitrariedad». Sin embargo, dos de los cinco magistrados que revisaron la condena emitieron un voto particular al considerar que el expresidente andaluz fue condenado sin «pruebas sólidas». Le exculpan del delito de malversación, que es por el que tendrá que ingresar en prisión, ya que entienden que Griñán no se lucró con el dinero público.

Los expertos lo consideran una excusa, ya que existen 44 reclusos cumpliendo penas por delitos de malversación. Entre los acusados, particulares, funcionarios y cargos públicos como Luis Miguel Abós, exalcalde de Letux (Zaragoza). El alto tribunal confirmó una pena de cuatro años y medio. Pidió a la Audiencia Provincial que suspendiera el ingreso en prisión y el indulto al Gobierno, pero le denegaron ambos. Otro caso es el de la exconsejera de Turismo valenciana Milagrosa Martínez, condenada por el caso Gürtel. No se lucró con dinero, pero sí obtuvo regalos.

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