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Política

Las claves de la 'ley de memoria': ilegalización del franquismo y adiós al Valle de los Caídos

La nueva norma del Gobierno prevé una mejora de la aprobada en 2007, durante la primera legislatura de José Luís Rodríguez Zapatero

Las claves de la ‘ley de memoria’: ilegalización del franquismo y adiós al Valle de los Caídos

Un hombre envuelto en un abandera preconstitucional se arrodilla frente al panteón de la familia Franco. | A. Pérez Meca (Europa Press)

Buscar a los desaparecidos de la Guerra Civil y la dictadura franquista, y estudiar las posibles vulneraciones de derechos humanos entre los años 1978 y 1983 son los objetivos de la Ley de Memoria Democrática que entrará vigor este viernes tras una larga tramitación parlamentaria.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves esta polémica y discutida norma que fue aprobada definitivamente hace 15 días con los votos en contra de PP, Vox y Ciudadanos.

La nueva norma, que sustituye a la Ley de Memoria de 2007, nace bajo los principios de «verdad, justicia y reparación» y persigue dignificar las víctimas olvidadas, así como «evitar la repetición de los episodios más trágicos de la historia».

Así, considera un «inexcusable deber moral» político y un «signo de la calidad de la democracia» recordar, reparar y dignificar a las víctimas del golpe de Estado, la guerra de España y la dictadura franquista porque entiende que «el olvido no es opción para una democracia».

Estos son algunos de los puntos más importantes de la ‘ley de memoria’:

  • EL RÉGIMEN FRANQUISTA SE DECLARARÁ ILEGAL: la ley declara ilegal tanto el régimen franquista como los tribunales franquistas, por lo que se anulan todas sus condenas.
  • EL ESTADO ASUME LA BÚSQUEDA DE LAS PERSONAS DESAPARECIDAS: la búsqueda de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Dictadura corresponderá a la Administración General del Estado, sin perjuicio de las competencias de otras administraciones públicas. Para ello, elaborará un mapa de localización de personas desaparecidas y creará un banco estatal de ADN de víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura para poder comparar perfiles genéticos en la identificación de restos.
  • DEFINICIÓN DE VÍCTIMA: considera víctima a aquella persona que haya sufrido daño físico, moral o psicológico, daños patrimoniales o menoscabo de derechos fundamentales desde el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978. Tendrán derecho al «reconocimiento y reparación integral» por parte del Estado, así como al «resarcimiento» de los bienes incautados y las sanciones económicas producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra Civil y la Dictadura.
  • DÍAS DEL RECUERDO: se declara el 31 de octubre como día de recuerdo y homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la Guerra Civil y la Dictadura, y el 8 de mayo como día de recuerdo y homenaje a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la Guerra Civil y la Dictadura.
  • VALLE DE CUELGAMUROS, NO VALLE DE LOS CAÍDOS: la ley contempla la creación de un inventario estatal de lugares de memoria democrática entre los que estará el actual Valle de los Caídos (Madrid), que pasa a denominarse Valle de Cuelgamuros y dará a conocer las circunstancias de su construcción y su significado. Aquí solo podrán yacer los restos mortales de personas fallecidas a consecuencia de la guerra y se reubicarán aquellos restos que ocupen un lugar preeminente en el recinto, como ocurre con el caso de José Antonio Primo que, tras la exhumación de Francisco Franco, es la única tumba individual que permanece. Además, se modifica la denominación tradicional del llamado Panteón de Hombres Ilustres para ser denominado Panteón de España.
  • UN FISCAL DE SALA INVESTIGARÁ VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS: se crea un Fiscal de Sala para investigar violaciones del derecho internacional y de derechos humanos durante el golpe de Estado, la Guerra Civil y la Dictadura que impulsará, además, los procesos de búsqueda de víctimas.
  • SÍMBOLOS CONTRARIOS A LA MEMORIA DEMOCRÁTICA: se retirarán los símbolos «contrarios a la memoria democrática», como escudos, insignias, placas y otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública que ensalcen la sublevación militar y la Dictadura.
  • CENTRO DE LA MEMORIA DEMOCRÁTICA: se crea un Centro de la Memoria Democrática cuya finalidad será la salvaguarda de la dignidad de las víctimas.
  • ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LOS ARCHIVOS: se garantiza el derecho al acceso libre, gratuito y universal a los archivos públicos y privados sobre todos los hechos ocurridos entre el golpe de Estado de 1936 y la Transición hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978. Los archivos y documentación del Gobierno de la Dictadura que estén en poder de entidades privadas o personas físicas, en particular los referidos al jefe de Estado, se incorporarán al centro documental de la memoria histórica de Salamanca o al archivo del organismo público que se determine de forma motivada.
  • SUPRESIÓN DE TÍTULOS NOBILIARIOS DURANTE LA GUERRA Y DICTADURA: la ley suprime 33 títulos nobiliarios y grandezas de España concedidos entre 1948 y 1978, entre ellos los de duque de Primo de Rivera, duque de Calvo Sotelo y duque de Mola.
  • ACTUALIZACIÓN DE LOS CONTENIDOS EDUCATIVOS: se actualizarán los contenidos curriculares del sistema educativo para la ESO, FP y Bachillerato para reflejar «la represión que se produjo durante la guerra y la dictadura».
  • ESTUDIO DE VULNERACIONES DE DERECHOS HUMANOS DE 1978 A 1983: se crea una comisión que estudie vulneraciones de derechos humanos entre 1978 y finales de 1983 a personas que hayan luchado «por la consolidación de la democracia» y que señale «posibles vías de reconocimiento y reparación».
  • ACCIONES DE DIVULGACIÓN: la Administración General del Estado promoverá el conocimiento de la memoria democrática española mediante programas específicos de divulgación que incluirán el relato de las víctimas y, específicamente, la memoria de las mujeres.
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