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La Audiencia reabre el 'caso Blanco' para 'Iñaki de Rentería' pero no entra en la prescripción

El tribunal explica que aún no es el momento procesal oportuno para determinar si los delitos investigados han prescrito

La Audiencia reabre el ‘caso Blanco’ para ‘Iñaki de Rentería’ pero no entra en la prescripción

Manifestación en memoria de Miguel Ángel Blanco. | Europa Press

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha reabierto la investigación sobre el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco para el exjefe de ETA Ignacio Miguel Gracia, alias Iñaki de Rentería. Corrige así su decisión inicial, con la que apreció de oficio que los presuntos delitos habían prescrito para el antiguo etarra, si bien ha rehusado pronunciarse sobre si el conjunto de la causa ha caducado, explicando que no es el momento de aclararlo.

En un auto de este mismo jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 responde a los recursos presentados contra el archivo para Iñaki de Rentería, estimando los de la Fiscalía y el Partido Popular (PP) y solo parcialmente el de Dignidad y Justicia (DyJ), precisamente, para no entrar ahora en el debate sobre la prescripción.

«Se mantiene el criterio expuesto en el auto de 8 de julio de 2022, a propósito de la prescripción del delito, su interrupción y su cómputo, por lo que se estima íntegramente el recurso de reforma interpuesto por el Ministerio Fiscal. Asimismo, dado que la estimación es coincidente con la peticionada por el PP, se estima su recurso», indica. No obstante, añade que, «en el caso de la Asociación Dignidad y Justicia (DyJ), la estimación del recurso es solo parcial, puesto que no ha lugar a declarar en este momento procesal la imprescriptibilidad de pleno derecho de los hechos investigados, como se pretende en su escrito rector, por lo que no procede acceder a dicho pedimento».

Así, accede a enmendar su decisión inicial declarando ahora que «no ha lugar a declarar la prescripción de los delitos que se imputan a Ignacio Miguel Gracia por los hechos que dieron lugar a la formación de este sumario».

Fue el pasado 8 de julio cuando García Castellón apreció de oficio que los hechos habían prescrito respecto a Iñaki de Rentería al mismo tiempo que citó como imputados a José Javier Arizcuren, Kantauri; Miguel Albisu, Mikel Antza; y María Soledad Iparraguirre, Anboto, que ya han comparecido como investigados en la Audiencia Nacional, aunque todos se acogieron a su derecho a no declarar.

Debate en Fiscalía

De esta forma, el magistrado se ha acogido a la tesis planteada por el fiscal Vicente González Mota, que en su recurso expuso que debía revocarse el archivo para De Rentería aduciendo que «acordar la resolución de sobreseimiento, con las consecuencias que lleva aparejadas, equiparables a la de sentencia absolutoria, no es procedente en este momento».

Por su parte, el PP puso encima de la mesa las recomendaciones realizadas en marzo por el Parlamento Europeo, que abogan por considerar los crímenes de ETA como contra la Humanidad y, por tanto, imprescriptibles, incluidos los anteriores a 2004. Y Dignidad y Justicia desplegó su doctrina Miguel Ángel Blanco, según la cual la responsabilidad penal por este crimen no se ha extinguido por cuanto la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad fijada por el Consejo de Europa es aplicable a los crímenes cometidos por ETA y por otros grupos terroristas a partir del 24 de diciembre de 1990, un total de 430 asesinatos, entre ellos el del dirigente popular.

La cuestión de la prescripción es uno de los debates jurídicos suscitados a raíz de la reapertura de las investigaciones penales por este crimen. La postura tradicional de la Fiscalía de la Audiencia Nacional considera interrumpido el plazo de prescripción con la imputación, lo que supondría dar por caducados los delitos para todos los exjefes de ETA señalados menos Kantauri.

Según pudo saber Europa Press, González Mota planteó en su momento una vía intermedia, a medio camino entre la de la Fiscalía y la de DyJ que suponía entender interrumpido el plazo con la detención, lo que permitiría mantener vivas estas pesquisas para el resto de ex jefes de ETA imputados, pero la diferencia de opiniones entre este fiscal y sus demás colegas condujo a que pidiera ser relevado de esta causa.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, anunció durante su comparecencia en el Congreso de los Diputados que elevaría el debate a la Junta de Fiscales de Sala para que fijaran posición. Sin embargo, en la primera celebrada desde entonces, el pasado octubre, no pudo abordarse porque aún no se cuenta con toda la documentación necesaria para pronunciarse al respecto, parte de la cual debe enviar Francia, según las fuentes fiscales consultadas por esta agencia de noticias.

Tras la cúpula etarra

García Castellón reabrió la causa en marzo tras admitir una querella de la asociación de víctimas que busca condenar también a quienes formaban el comité ejecutivo de ETA o zuba cuando se cometió el crimen. Por encargo del instructor, la Guardia Civil ya ha emitido un informe en el que responsabiliza a los ex jefes de ETA de la muerte del joven concejal del PP en Ermua porque considera que una orden suya podría haberlo evitado.

Cabe recordar que, en el caso del asesinato de Blanco, la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional ya condenó en 2006 a 50 años de cárcel al exdirigente etarra Francisco Javier García Gaztelu, Txapote, y a su compañera sentimental y miembro de ETA Irantzu Gallastegui Sodupe, Amaia, como autores materiales.

En su sentencia, el tribunal aseguraba que ambos «planificaron y ejecutaron el secuestro y posterior asesinato de Miguel Ángel Blanco, siguiendo las directrices de la cúpula de la organización terrorista ETA, que tenía entre sus objetivos más inmediatos el secuestro de un concejal del PP para exigir a cambio de su liberación el acercamiento de los presos de la banda a cárceles del País Vasco».

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