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Sánchez habla de homologar el delito de sedición con la UE, pero los datos le desmienten

Los países de nuestro entorno establecen sanciones aún más duras cuando lleva aparejada violencia o se pone en jaque los intereses fundamentales de la nación

Sánchez habla de homologar el delito de sedición con la UE, pero los datos le desmienten

Puigdemont protesta ante el Parlamento Europeo. | Hatim Kaghat (Europa Press)

La reforma del delito de sedición comienza este viernes su travesía parlamentaria. PSOE y Podemos registran una proposición de ley en el Congreso con la intención, según el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de «homologarlo a los estándares europeos». La mayoría de los países de nuestro entorno prevén penas más bajas por delitos similares a los que fueron condenados los líderes del procés, pero establecen sanciones aún más duras cuando la maniobra lleva aparejada violencia o pone en jaque los intereses fundamentales de la nación. En Alemania y Francia la sedición puede conllevar cadena perpetua.

El abogado Pere Lluis Huguet explicaba a THE OBJECTIVE que la denominación que se otorga al delito de sedición no es la misma en toda Europa. Es equiparable, pero no idéntica. Hay una disparidad de nomen iuris específico con el que cada Estado criminaliza hechos similares. El Código Penal de nuestro país data de 1822, pero los expertos rechazan que la sedición esté planteada como una infracción decimonónica.

La norma se reformó en 1995 y el delito de sedición quedó desarrollado entre los artículos 544 y 549. Los castigos para sus autores fluctúan entre los ocho y 10 años de prisión. Se elevan hasta 15 si son personas con autoridad pública, como sucede en la mayoría de los condenados por el procés. Se les impuso también una inhabilitación absoluta de la misma duración que les impide ejercer cargo público.

La gravedad de la sedición

Hay que distinguir la sedición del delito de rebelión, recogido en el artículo 475 del Código Penal y que castiga con cinco a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta por seis a 12 años a «los que sedujeren o allegaren tropas o cualquier otra clase de fuerza armada». Una fórmula que en otros países entra dentro de la categoría de sedición, que no se encuentra de manera idéntica en los ordenamientos jurídicos. «No hay ningún sitio que sea igual. Cada país legisla de firma diferente», insistía Huguet.

En Italia existen los delitos de resistencia regulados en los artículos 336 y 337 de su Código Penal. La sedición se castiga con penas de entre cinco y seis años de cárcel, según su gravedad. No obstante, su artículo 241 sanciona con una pena privativa de libertad «no inferior a 12 años» los ataques violentos contra la integridad, independencia o unidad del Estado, según subrayan los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo en el informe de indulto para los condenados por el procés.

Sánchez anuncia la reforma del delito de sedición durante una entrevista.

A pesar de que Sánchez aseguró en la entrevista en La Sexta que en Alemania el delito de sedición fue suprimido en 1970, los artículos 125.1 y 130.1 de su Código Penal castigan con tres años de cárcel la resistencia y los desórdenes públicos en los que se use la violencia. Una condena considerablemente más baja que la de España, siempre que no existan agravantes. No obstante, el artículo 81 del Strafgesetzbuch StGB los eleva a delitos de alta traición y castiga con cadena perpetua o de prisión de al menos 10 años aquellos actos que con fuerza o amenaza de esta socaven la existencia de la República Federal o traten de cambiar el orden constitucional.

Francia regula entre los artículos 426 y 433 el delito equivalente de resistencia con prisión de dos años, que sube a tres si se comete en grupo. Los artículos 410.1, 412.3 y 412.4 de su Código Penal castiga con penas de especial gravedad (que pueden llegar a cadena perpetua para los dirigentes del movimiento insurreccional) los ataques a los intereses fundamentales de la nación, entendiendo como tal su independencia, la integridad de su territorio, su seguridad y la forma republicana de sus instituciones.

En Suiza los delitos contra el Estado conllevan menos de un año de cárcel. Sin embargo, el artículo 285 de su Código Penal sanciona la resistencia grave con tres años, incluso si se produce a través de un alzamiento.

En Bélgica, «el atentado que tenga por objeto destruir o cambiar la forma de gobierno o el orden de sucesión al trono» se castiga con penas de entre 20 a 30 años, imponiendo el mismo correctivo tanto al delito consumado como al que solo se intenta. En caso de no usar armas, la pena será de uno a cinco años, según especifican los artículos comprendidos entre el 269 y 274 de su Código Penal.

Una de las condenas más dura la establece Portugal. Los artículos 333 y 334 prevén entre uno y ocho años de cárcel por resistencia y hasta tres años por algarada para perturbar el funcionamiento constitucional. El artículo 308 contempla penas de entre 10 y 20 años de prisión a quien «con abuso de funciones soberanas» intente separar una parte del territorio nacional. En EEUU, relata el abogado Huguet, «la sedición se considera un delito de alta traición y lleva aparejada la pena de muerte».

Sánchez quiere rebajar la pena máxima de sedición a cinco años, un tercio de la actual, para convertirlo en «un delito homologable» al de otros países europeos. Se renombrará como delito por desórdenes públicos agravados. Para hacerlo, el Gobierno presentará una proposición de ley. La Mesa del Congreso la tomará en consideración pasados 30 días y se iniciará un debate. La iniciativa se aprueba si consigue una mayoría simple, un número que el Ejecutivo tiene asegurado con el apoyo de las fuerzas nacionalistas.

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