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La Rioja se aferra a una disposición del Código Penal para no rebajar algunas penas

La Audiencia Provincial ha aplicado esta medida transitoria, aunque admite que las penas mínimas y las máximas tendrán que revisarse por el ‘solo sí es sí’

La Rioja se aferra a una disposición del Código Penal para no rebajar algunas penas

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Javier Marca. | La Rioja

La Audiencia Provincial de La Rioja se ha acogido a una disposición transitoria del Código Penal para no modificar ninguna de las 54 sentencias que ha revisado tras la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí, norma estrella del Ministerio de Igualdad que ha rebajado las penas de 14 detenidos.

Así lo ha explicado el presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Javier Marca, en una entrevista en Onda Cero, recogida por Europa Press.

Según ha detallado, la Audiencia Provincial ha revisado de oficio las sentencias por delitos contra la libertad sexual susceptibles de ser modificadas por la nueva ley y, hasta ahora, no ha modificado ninguna de las penas porque en ninguno de los casos el Ministerio Fiscal ha informado favorablemente.

Esta decisión, según ha explicado, se ha tomado porque en todos los casos la pena que se había impuesto es «perfectamente imponible» conforme a la nueva legislación. El criterio seguido por la Audiencia Provincial para ello ha sido la aplicación de la disposición transitoria quinta del Código Penal. «Con independencia de que la ley no tenga disposición transitoria, el Código Penal la sigue teniendo», ha justificado.

La disposición transitoria quinta del Código Penal establece que «en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código».

«La Ley modifica el Código Penal pero no la transitoria», ha sostenido el presidente del TSJ de La Rioja, que ha explicado que en cualquier caso las resoluciones están pendientes de recurso de súplica ante la propia Audiencia Provincial y finalmente tendrá que pronunciarse el Tribunal Supremo.

Las penas tendrán que revisarse

En cualquier caso, ha puntualizado que hay penas que tendrán que revisarse «obligatoriamente». Se trata de aquellas en las que el preso haya sido condenado a la pena mínima y esa sea ahora menor. «Las penas máximas y mínimas son intocables y se tienen que revisar sí o sí», ha aceptado.

Sin embargo, cuando se trate de «la horquilla» de penas contempladas por la ley, es cuando la revisión «es más discutible». «En La Rioja el criterio ha sido la aplicación de la transitoria quinta del Código Penal, que no está derogada», ha insistido.

Además, en respuesta a las responsables del Ministerio de Igualdad y miembros de Podemos, ha defendido que la formación de los jueces en materia de violencia de género «no tiene deficiencias».

Marca se ha remitido a su experiencia como profesor de la escuela judicial española durante cinco años y ha reivindicado que el programa español en formación en violencia de género es «uno de los más avanzados de toda Europa».

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