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Varapalo judicial a Marlaska por discriminar con medallas de menor rango a guardias civiles

Interior negó a tres agentes una medalla pensionada pese a habérsela dado por el mismo servicio a otros funcionarios

Varapalo judicial a Marlaska por discriminar con medallas de menor rango a guardias civiles

Grande-Marlaska, en un acto de la Guardia Civil. | EP

El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 7 ha condenado al departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska a conceder la Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil con distintivo rojo a tres agentes del Instituto Armado tras vulnerar, señalan los magistrados, el «principio de igualdad» al haber otorgado a estos tres últimos una condecoración de menor rango frente al resto de sus compañeros, que sí recibieron desde un primer momento la mencionada medalla, que lleva aparejada una cuantía económica de por vida. 

La Audiencia Nacional ha estimado los recursos de los tres agentes contra la Orden del 3 de agosto de 2023 del Ministerio del Interior por la que se les concedió a los recurrentes la Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil con distintivo blanco. Los demandantes solicitaban la medalla con distintivo rojo alegando una vulneración del derecho a la igualdad ya que a otros agentes que realizaron las mismas actividades que los afectados les fue concedida la medalla pensionada.

Interior se negó desde un primer momento a satisfacer las pretensiones de los tres guardias civiles. La Abogacía del Estado se opuso al recurso solicitando la confirmación de la resolución recurrida, argumentando que no había vulneración del principio de igualdad ya que solo tres de los agentes condecorados tuvieron riesgo de perder la vida frente al resto y por este motivo habían recibido otra condecoración distinta

«Falta de lógica»

Ahora, sin embargo, la Audiencia Nacional ha dado la razón a los recurrentes y señala que la potestad discrecional de la Administración, en este caso, «ha vulnerado el principio de igualdad pues, como se desprende de la prueba testifical practicada con otros guardias civiles que participaron en el salvamento, los demás realizaron las mismas tareas de salvamento, incurriendo en el mismo riesgo para su vida» y por este motivo, «obtuvieron la Cruz con distintivo rojo». 

De modo que, prosiguen los magistrados, «no existe razón para el trato distinto al actor, produciéndose una absoluta falta de lógica y arbitrariedad de la decisión discrecional por el trato notoriamente desigual respecto de otros intervinientes en los hechos». 

En este sentido, el Juzgado Central de lo Administrativo Contencioso número 7, citando una sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, hace referencia a una cláusula general de igualdad de todos los españoles ante la ley, configurándose como un derecho subjetivo de los ciudadanos a obtener un trato igual, que obliga y limita a los poderes públicos a respetarlo y que exige que los supuestos de hecho iguales sean tratados idénticamente en sus consecuencias jurídicas». 

De modo que, para introducir diferencias entre ellos, «tenga que existir una suficiente justificación de tal diferencia, que aparezca al mismo tiempo como fundada y razonable, de acuerdo con criterios y juicios de valor generalmente aceptados, y cuyas consecuencias no resulten, en todo caso, desproporcionadas». Un extremo que, en el caso de estos tres agentes, no se daba por parte del departamento de Interior. 

Medallas y «limitaciones presupuestarias»

Antonio Suárez-Valdés, el abogado de los tres agentes, explica que estas condecoraciones están previstas para «premiar a agentes que en sus actuaciones hayan acreditado un gran valor y hayan puesto en grave peligro su vida». Sin embargo, critica, el Ministerio del Interior «viene denegando de forma sistemática la concesión de medallas a agentes que han desarrollado actuaciones merecedoras de la concesión de la Cruz del Mérito de la Guardia Civil con distinto rojo». 

Por un lado,  porque «resulta pensionada y el Ministerio, afronta limitaciones presupuestas de sus propios créditos, que registren el número de estas medallas que puede conceder» y, por otro lado, porque se da la circunstancia «de que se vienen concediendo este tipo de condecoraciones pensionadas a personal de jefatura o unidades que no ha tenido riesgo directo de perder la vida» en las operaciones por las que les resultan concedidas. 

Una «irregularidad», afirma el letrado, que limita la posibilidad de otorgar otorgar este tipo de condecoraciones a los agentes que, en realidad, sí han corrido riesgo de perder su vida durante sus meritorias actuaciones, como es el caso de estos tres recurrentes.

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