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Transparencia exige a Marlaska que explique el uso de gases lacrimógenos en la calle Ferraz

Otorga un plazo de diez días a interior para explicar las normas que la Policía tiene para usar este arma química

Transparencia exige a Marlaska que explique el uso de gases lacrimógenos en la calle Ferraz

Manifestación en Ferraz contra la ley de amnistía el pasado 6 de noviembre. | EFE

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha exigido al Ministerio del Interior que proporcione en diez días la información sobre «las cargas policiales de la noche del 6 al 7 de noviembre en la calle Ferraz de Madrid» en relación a «las normas que tiene la Policía para usar gases lacrimógenos como los usados». Lo ha hecho a instancias de un particular, que reclamó esto al gabinete que dirige Fernando Grande-Marlaska, que no respondió.

El solicitante lleva intentando obtener esta información desde el 7 de noviembre, el día después de que la Policía dispersara con gases lacrimógenos a los 3.800 manifestantes que se encontraban en la madrileña calle de Ferraz protestando contra la ley de amnistía que el Gobierno de España estaba negociando en esos momentos con los separatistas. La manifestación, en la que estaban presentes cargos de Vox, dejó dos detenidos por desobediencia y atentado contra la autoridad.

La utilización de este «arma química» para disolver la manifestación fue muy criticada incluso por los propios miembros de las Unidades de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional, que expresaron a THE OBJECTIVE su «sorpresa» e «indignación» por el uso de un medio coercitivo «totalmente inusual», reservado para ocasiones en las que «se ejerce una violencia extrema contra las fuerzas de seguridad». «Se utiliza cuando el operativo está completamente desbordado, y quieres crear un distancia amplia entre los manifestantes y los agentes», explicaron, entendiendo que la situación realmente no lo precisaba.

Violencia policial

El particular, que prefiere mantenerse en el anonimato, lamenta a este medio que «las imágenes de la violencia policial en la calle Ferraz no se habían visto en España desde la Transición», con una respuesta «desproporcionada y violenta de la UIP» que nació de «una carta blanca dada por el mando político» para cargar contra «unos manifestantes que eran mayoritariamente ancianos y jóvenes pacíficos».

Ahora el CTBG ha instado al Ministerio a que «facilite la información referida al protocolo o normas de uso de los gases lacrimógenos, en caso de existir, con exclusión, en su caso, de aquellas partes de la información que tenga un carácter operativo; debiéndose justificar la exclusión, en ese caso, de forma expresa».

A esta conclusión se llega partiendo de la premisa de que «este Consejo desconoce si las normas de uso interno cuyo traslado se pretende, aparte de la regulación de los supuestos habilitantes y las condiciones en que se permite el uso de este tipo de herramientas policiales, incluye otras informaciones relativas a específicos operativos de seguridad, debiéndose observar, por tanto, el principio de proporcionalidad en la aplicación de los límites».

Investigación judicial

Las actuaciones que tuvieron lugar aquella noche en Ferraz han sido objeto de una amarga polémica. En este sentido, el Juzgado de Instrucción número 49 de Madrid abrió, a iniciativa de la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces, diligencias penales contra el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, y contra los mandos policiales responsables de las cargas policiales y el lanzamiento de gases lacrimógenos contra los manifestantes.

La magistrada Josefa Bustos concluyó en enero que «los hechos presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal». Por ello, decidió incoar diligencias previas por el presunto delito de prevaricación administrativa contra los mandos policiales que ejecutaron las órdenes, el delegado del Gobierno, y demás personas que resulten criminalmente responsables de los hechos. Además, dio traslado del caso al Ministerio Fiscal.

Los delitos de los que se les acusaban eran: disolución ilegítima de una reunión pacífica, prevaricación, delito de lesiones y delito de tortura y contra la integridad moral. Finalmente fue sobreseída porque no se aportaron partes de lesiones. Sin embargo, el Defensor del Pueblo sí que sigue investigando si hubo abusos.

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