La nueva norma agroalimentaria para las denominaciones de origen se aplicará en mayo
El decreto reduce plazos en el registro de sellos de calidad agroalimentaria y adapta la legislación española al reglamento europeo

Ministerio de Agricultura | Archivo
El real decreto que reduce los plazos de las fases del procedimiento de inscripción o modificación de una denominación de origen protegida (DOP), una indicación de geográfica protegida (IGP) o una especialidad tradicional garantizada (ETG) agroalimentarias entrará en vigor el 1 de mayo.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes esta norma tras su paso por el Consejo de Ministros este martes.
El decreto incorpora al ordenamiento jurídico nacional las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las indicaciones geográficas, según avanzó el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un comunicado.
Además de reducir los plazos establecidos, regula distintos tipos de modificaciones de los pliegos de condiciones de estas figuras de calidad agroalimentarias e introduce, como novedad, el procedimiento de cancelación de las indicaciones.
La nueva normativa también actualiza el régimen jurídico de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada, el órgano colegiado en la materia, para adaptarla a la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
El real decreto regula la nueva normativa de la Unión Europea relativa a la oferta de vinos y productos agrícolas con DOP e IGP, que hasta ahora solo estaba prevista para los sectores del queso y del jamón.
Y precisa cómo debe incluirse determinada información obligatoria en el etiquetado de los vinos con DOP o IGP, a la vez q
