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Elecciones 23-J: cómo solicitar el voto por correo desde el extranjero

Miles de ciudadanos que residen fuera del país podrán ejercer este derecho en las próximas generales

Elecciones 23-J: cómo solicitar el voto por correo desde el extranjero

Una persona metiendo el voto en la urna | Unsplash

Las elecciones generales del 23 de julio están cada vez más cerca y, para poder llevar a cabo el derecho al voto, existen varias formas disponibles. Una de ellas es la tradicional, yendo al colegio electoral y echando el voto en la urna. Otra de las más populares es el voto por correo, para lo que hace falta rellenar los datos correspondientes para hacer la solicitud.

Esta será, casi seguro, una de las más usadas en esta ocasión, debido a que las elecciones coinciden con época vacacional. Además, es la forma que tienen de ejercer su derecho todas aquellas personas que vivan fuera del país. Esto es todo lo que necesitas saber para pedir el voto por correo si vives en el extranjero.

El censo de electores es imprescindible

En primer lugar, para poder solicitar el voto por correo de cara a las elecciones del 23 de julio es necesario estar registrado en el censo de electores. Así lo detalla en Ministerio de Asuntos Exteriores en su portal oficial. Explica también que, si la persona no está identificada con este documento, no podrá elegir representantes en los próximos comicios generales.

La identificación, indispensable para ejercer el voto

Otro de los apartados más importantes a tener en cuenta, en caso de residir en el extranjero, es la forma en la que pueden escoger sus representantes. Lo primero que hay que saber es que los ciudadanos tienen que estar inscritos como residentes en el Registro de Matrícula Consular. Este es el registro que controlan las Oficinas Consulares de España en otros territorios.

Según ha explicado también el Ministerio de Asuntos Exteriores, las Embajadas tendrán a disposición del ciudadano unos servicios para que puede consultar las listas del CERA (censo de españoles residentes ausentes). En caso de que hayan tenido lugar fallos, hay que reclamar para poder estar identificado de forma correcta.

La documentación electoral

Después de haber completado todo este proceso, y haber comprobado que todos los datos están en orden, el Ministerio indica que llegará al domicilio del ciudadano toda la documentación electoral. Esta será necesaria para poder participar en los comicios del 23 de julio, ya que también incluye una hoja con las directrices para ejercer el voto.

En este sentido, algo también importante a tener en cuenta son las fechas en las que recibirán la documentación. Asuntos exteriores tiene todo esto contemplado en su página oficial, donde explica que:

  • A partir del día 18, y antes del 25 posterior a la convocatoria, llegará la documentación sin papeletas. Esta irá incluida en una hoja en la que informarán al ciudadano de todo lo necesario para ejercer el voto de la forma correcta.
  • Desde el día 29 y hasta el 33 después de la convocatoria, se enviarán las papeletas oficiales donde no haya habido impugnación de los candidatos que se presenten a los comicios.
  • El día 39 posterior a la convocatoria, como muy tarde, se enviarán el resto de papeletas. Eso sí, es importante tener en cuenta que aquellas que se puedan descargar estarán operativas después de que resuelvan los recursos contra la proclamación de candidaturas, no más tarde del quinto día posterior a esta.

Las papeletas para el voto

Como es de suponer, las papeletas tienen una importancia vital en todo este proceso. Estos son los documentos que incluyen las listas electorales de las diferentes formaciones políticas y que permiten, a los ciudadanos residentes en el extranjero que quieran participar en las elecciones del 23-J, elegir un partido u otro.

Para poder ejercer el derecho lo que hay que hacer es enviar el sobre por correo, lo más recomendable es que sea certificado, a la Oficina Consular de España en la que la persona esté inscrita. Esto debe hacerlo antes del fin del plazo ya establecido para poder hacer este trámite. El sobre debe incluir todo lo que está indicado en la hoja informativa enviada en los días previos a los comicios.

El voto rogado desaparece

Pasos para solicitar el voto por correo.
Pasos para solicitar el voto por correo. Foto: Ministerio de Exteriores

Algo que también hay que tener en cuenta es que en los últimos meses se suprimió el conocido como ‘voto rogado’. Este era un sistema que consistía en que los ciudadanos españoles que residan en el extranjero estaban obligados a solicitar o ‘rogar’ su derecho a participar en las elecciones que tuvieran lugar en el territorio.

Esta medida está suprimida desde el pasado mes de octubre, por lo que todas las personas que vivan fuera de las fronteras españolas podrán recibir la documentación electoral sin tener que solicitarla ni hacer los procesos correspondientes a ello. De igual forma, hay que tener otra de las grandes ventajas de esta decisión: habrá más tiempo para poder ejercer el derecho al voto.

Más plazo para solicitar el voto por correo

La Junta Electoral Central ha ampliado el plazo para que los españoles temporalmente en el extranjero soliciten por correo y el tiempo para que luego lo emitan a las elecciones generales. De esta forma, los españoles en el exterior podrán pedirlo hasta el 29 de junio y todos los votantes lo podrán emitir hasta el 20 de julio.

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