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La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: estás cometiendo un delito si conectas el congelador de tu trastero al enchufe del pasillo

Cada uno es responsable de sus gastos y si tú no lo eres puedes tener que enfrentarte a distintas multas

La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: estás cometiendo un delito si conectas el congelador de tu trastero al enchufe del pasillo

Trastero con un congelador | GeminiPro

Tener un congelador en el trastero es algo que mucha gente ve como la solución ideal a un problema típico: quedarse sin espacio en la cocina. A pesar de que a simple vista puede parecer una idea «inofensiva», la realidad es que llevarla a cabo puede hacer que te enfrentes a multas, conflictos con otros vecinos y más consecuencias legales. ¿Por qué pasa esto? Porque además de que podrías poner en peligro el resto del edificio, la ley controla mucho de dónde proviene la energía que lo hace funcionar. En la mayoría de las comunidades, los trasteros no cuentan con un contador individual, por eso, lo que dicho congelador consuma se añadirá a la factura comunitaria de la luz. Esto, además de generar disputas con el resto de vecinos, va en contra de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

La Ley de Propiedad Horizontal intenta establecer unas normas justas con las que se pueda tener una buena convivencia en las distintas viviendas, por eso protege las instalaciones generales y explica que no puedes actuar por cuenta propia en lo que se refiere a los gastos comunes. Así aparece recogido su artículo 9.1, el cual explica que cada propietario está en la obligación de «respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos», detalla.

Trastero con un congelador enchufado
Trastero con un congelador enchufado

Conectar un electrodoméstico que consuma a un contador que no sea individual se considera hacer un «uso indebido» del trastero, ya que estás obligando al resto de tus vecinos a participar en gastos que no les corresponden.

Puedes poner en peligro al resto

Además del tema económico, la Ley de Propiedad Horizontal tiene más motivos para prohibir el tema de los congeladores en trasteros. Estos suelen ser lugares con poca ventilación, lo que puede aumentar considerablemente el riesgo de incendio. El articulo 7.1 lo explica de manera clara, explicando que los propietarios no pueden llevara a cabo acciones que «menoscaben o alteren la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario».

Tener un congelador funcionado las 24 horas en un lugar así aumenta en grandes cantidades las probabilidades de incendio, ya que puede sobrecalentarse.

La cosa cambia en ciertas ocasiones y no siempre tendrías que enfrentarte a sanciones:

  • Contador individual: si instalas el aparato a un contador privado y fueras tú el único responsable de hacerse cargo de los gastos, la cosa sería distinta.
  • Autorización de la Junta: si la junta de tu edificio ha aprobado que es posible almacenar este tipo de aparatos en el trastero y respetas las reglas que se hayan establecido, entonces no tendrás de qué preocuparte.

Te puedes enfrentar a multas

Más allá de las posibles peleas entre vecinos, podrías tener que enfrentarte a consecuencias mucho más serias. Si la comunidad demuestra que tienes un congelador en el trastero, o algún otro tipo de electrodoméstico, que está enchufado al contador comunitario, te pueden denunciar por lo que legalmente se llama un delito de defraudación de fluido eléctrico. El Código Penal, en su artículo 255, es muy claro al respecto y establece que: «Será castigado con la pena de multa de tres a doce meses el que cometiere defraudación por valor superior a 400 euros, utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento ajeno». Por otro lado, si lo que hayas consumido no llega a esa cifra, la ley establece que «se impondrá una pena de multa de uno a tres meses». Además, si por algún casual tu aparato llega a producir un incendio, el seguro del edificio no se hará cargo de los daños al tratarse de una instalación ilegal, por lo que los gastos recaerán sobre ti.

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