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La Justicia avala el despido de una empleada de baja que subió videos bailando a TikTok

La sentencia recoge que los movimientos realizados por la condenada no eran compatibles con su lesión. Posteriormente, los subía a su cuenta de la red social

La Justicia avala el despido de una empleada de baja que subió videos bailando a TikTok

Logo de TikTok con monedas al lado. | Mateusz Slodkowski (Zuma Press)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado el despido de una cajera de un supermercado que durante los ocho meses y medio que estuvo de baja por una lumbalgia subió a la red social TikTok varios videos bailando y realizando movimientos que, según la sentencia, eran incompatibles con la lesión diagnosticada.

De este modo, el Alto Tribunal avala la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social 2 de Burgos que dio la razón a la empresa Semark AC Group S.A., Supermercados Lupa, que despidió a la cajera cuando tuvo conocimiento de la existencia de estos vídeos que colgaba en un perfil abierto en su red social Tik Tok.

La cajera llevaba trabajando en un Lupa de Burgos desde el 13 de noviembre de 2006 con un contrato indefinido a jornada completa.

Movimientos incompatibles con la lesión

Desde el 30 de enero de 2021, la trabajadora estuvo en situación de incapacidad temporal por una lumbalgia, pero durante su periodo de baja subió diferentes videos a la red social de Tik Tok realizando movimientos incompatibles con sus dolencias, según recoge la sentencia.

Fue una jefa de zona la que se percató de esta situación e informó a la empresa que el 14 de septiembre de 2021 le comunicó su despido aludiendo a la existencia de estos vídeos.

«Lo que estaba diagnosticado como un proceso corto en cuanto a su curación, se ha convertido en una exposición viral de videos que demuestran el fraude al sistema de prestaciones, y una falta de respeto a la empresa y a sus compañeros», recoge la sentencia del TSJCyL.

Y añade que estos vídeos acreditan que su estado de salud es compatible con su puesto de cajera, a pesar de estar de baja por una lumbalgia.

Contra la sentencia cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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