El Supremo rechaza suspender el acuerdo de la Junta Electoral sobre el escaño de Borrás
Señala que el escrito de Borrás no ofrece «ningún argumento» para justificar la urgencia que requiere una suspensión cautelarísima
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado suspender de forma urgente el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que dejó sin escaño en el Parlamento de Cataluña a la líder de Junts, Laura Borrás, tras ser condenada por el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma a cuatro años y medio de cárcel y 13 de inhabilitación por prevaricación.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado la medida cautelarísima reclamada por Borrás para que se suspendiera el acuerdo de la JEC del pasado 3 de mayo, que dejó sin efecto su credencial como diputada del Parlament al apreciar una causa de inelegibilidad sobrevenida tras su condena penal, según recoge Europa Press.
El alto tribunal señala que el escrito de Borrás no ofrece «ningún argumento» para justificar la urgencia que requiere una suspensión cautelarísima sin oír, en este caso, a la Junta Electoral Central.
En el mismo auto, la Sala Tercera acuerda incoar un incidente cautelar ordinario, concediendo a la representación procesal de la Junta Electoral Central y al Ministerio Fiscal un plazo común que finalizará a las 15.00 horas del próximo 12 de mayo para que efectúen alegaciones sobre la medida cautelar.
Respecto a un recurso planteado contra el mismo acuerdo por el Parlamento de Cataluña, en el que no se pedía la suspensión cautelarísima sino la cautelar ordinaria, el Supremo ha dado diez días a la Junta Electoral Central para alegaciones antes de decidir sobre la medida cautelar.