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Tribunales

La Fiscalía recurrirá la sentencia que rebajó la condena a la Mesa de Forcadell por el 1-O

El TSJC rebajó la condena a cuatro meses de inhabilitación ya que el tribunal aplicó a los condenados la atenuante muy calificada de dilaciones indebidas

La Fiscalía recurrirá la sentencia que rebajó la condena a la Mesa de Forcadell por el 1-O

Los miembros de la Mesa del Parlamento de Cataluña en la XI Legislatura, Lluís Guidó (Junts); Ramona Barrufet (PDeCAT); Anna Simó (ERC) y Lluís Corominas (Junts). | Europa Press

La Fiscalía Superior de Cataluña ha anunciado que recurrirá ante el Supremo la sentencia que rebajó de 20 a cuatro meses de inhabilitación la condena a los miembros de JxSí en la Mesa del Parlament en la etapa de Carme Forcadell, por desobedecer al Constitucional para tramitar las leyes del procés.

Según ha adelantado El Periódico de Cataluña y han confirmado a EFE fuentes jurídicas, el ministerio público ha anunciado que recurrirá la sentencia con la que la sala civil y penal del TSJC condenó en mayo pasado a cuatro meses de inhabilitación a los exdiputados de Junts pel Sí Lluís Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó.

Los cuatro exdiputados fueron juzgados de nuevo el marzo pasado después de que el Supremo ordenase repetir su juicio por falta de imparcialidad de dos de los magistrados que integraron el primer tribunal -entre ellos del presidente del TSJC, Jesús María Barrientos-, porque en fases previas del proceso habían resuelto sobre aspectos de fondo del asunto.

En la primera sentencia, el TSJC condenó a los cuatro exdiputados de JxSí a 20 meses de inhabilitación.

Finalmente, tras el segundo juicio, el TSJC rebajó la condena a cuatro meses de inhabilitación ya que el tribunal aplicó a los excompañeros de Forcadell en la Mesa la atenuante muy calificada de dilaciones indebidas, por los retrasos que ha sufrido el proceso desde su inicio en 2016 y la imposibilidad de los acusados de presentarse a las elecciones, en base a un artículo de la LOREG que impide hacerlo a los condenados por delitos contra la administración pública, aunque su sentencia no sea firme.

Es más, el tribunal, recogiendo los argumentos de las defensas, abrió la puerta a que se descuente a los acusados el tiempo en que se les privó del derecho a presentarse a las elecciones, aunque se remitía a la fase de ejecución de la sentencia dada la «difícil valoración a la hora de compensar dicha prohibición».

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