El juez cita a dos bodegueros por una posible estafa comercial con vinos de Valdepeñas
Félix Solís Yáñez y José García Carrión Jordán comparecerán en la Audiencia Nacional en diciembre
La Audiencia Nacional ha imputado a dos reconocidos bodegueros manchegos por la posible estafa en la comercialización de vinos de Valdepeñas. El juez José Luis Calama ha citado este miércoles a declarar como investigados al consejero delegado y presidente de bodegas Félix Solís, Félix Solís Yáñez, y al administrador único de García Carrión, José García Carrión Jordán. El magistrado considera que entre 2017 y 2019 esta denominación de origen se habría comercializado como reserva y gran reserva sin cumplir los requisitos de elaboración ni el periodo de permanencia en barrica de roble ni en botella.
García Carrión ha sido citado el 4 de diciembre a las 9.00 horas, mientras que Solís deberá prestar declaración una semana más tarde, el día 11, a la misma hora. La causa de los vinos de Valdepeñas debe dirimir delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental.
En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el magistrado acuerda dirigir el procedimiento como personas jurídicas contra las entidades certificadoras Sohiscert y Liec Agroalimentaria. Sostiene que podrían haber actuado como cooperadores necesarios de los ilícitos penales investigados.
Valdepeñas, con denominación de origen
La resolución acuerda tomar declaración como testigo, el 23 de noviembre, al exconsejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el socialista Francisco Martínez Arroyo. Ese año, la cartera pasó a denominarse Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. Ahora está en manos de Julián Martínez Lizán.
Calama requiere a las mercantiles investigadas Félix Solís SL, Félix Solís Avantis SA, García Carrión SA y Grupo Vinartis SA que, antes de ser llamadas a declarar ante el juez, subsanen los defectos de personación. El magistrado explica que desde que se admitió a trámite la querella de la Fiscalía, en abril de 2021, se han practicado diligencias para determinar la naturaleza de los hechos y las personas que hubieran participado.
De acuerdo con la documentación analizada, indica el auto, en el caso de Solís se pone de manifiesto que los investigados «han llevado a cabo una comercialización de vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas con las menciones crianza, reserva y gran reserva, en cantidades muy superiores a la declaradas al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Valdepeñas, durante el periodo correspondientes a los años 2017, 2018 y 2019, introduciéndolo en el tráfico económico».
Dicha documentación, añade, evidencia una falta de concordancia entre los datos proporcionados por los diferentes organismos involucrados en la producción, control y certificación, que hace poner en duda la veracidad de la información proporcionada por los investigados, con independencia de la posible participación en los hechos del resto de operadores que intervienen en este proceso.
Datos del Consejo Regulador
La apuntada disfunción aparece del análisis de los datos relativos a las existencias de vino, salidas declaradas, declaraciones de aptitud, y parque de barricas. De esta manera, señala, al inicio de 2017 los investigados tenían una cantidad considerablemente mayor de vino que la declarada al Consejo Regulador, ascendiendo la diferencia a 914.988 litros. Además, disponían de 605.480 litros de vino de reserva por encima de lo comunicado al Consejo Regulador.
Por otra parte, expone el juez, aparece una diferencia de 4.608.437 litros entre las salidas declaradas al Consejo Regulador y la comercialización a trece empresas del territorio nacional. Concretamente, el vino reserva presenta un descuadre de 3.767.884 litros. Respecto a los datos facilitados a requerimiento judicial esta diferencia alcanza los 15.621.492 litros.
El juez señala que, al igual que con el anterior grupo de investigados, la documentación presentada, así como obtenida a través del Consejo Regulador, de la entidad certificadora Liec Agroalimentaria y de trece mercantiles compradoras, «pone indiciariamente de manifiesto que García Carrión SA y Grupo Vinartis SA y José García Carrión también habrían comercializado vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas sin cumplir con los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo de envejecimiento, ni en la permanencia en barrica de roble, ni en botella».
Apunta que la comparación entre los datos de declaración de aptitud proporcionados por estos investigados y la cantidad de vino comercializado a trece sociedades del territorio nacional pone de manifiesto que, en relación con los caldos con mención gran reserva 2018, se habrían comercializado más litros de los declarados como aptos, existiendo una discrepancia de más de seis millones de litros entre los datos de declaración de aptitud del Consejo Regulador y los litros comercializados por la bodega en el periodo 2017/2019.
Indicio de delito
En cuanto a su capacidad productiva, los datos evidencian, advierte el magistrado, un insuficiente número de barricas para el necesario envejecimiento del vino comercializado, «lo que constituye otro importante indicio de la comisión de los hechos imputados, ya se parta de los dispares datos facilitados por el consejo regulador, entidad certificadora, e investigados».
El juez acuerda dirigir el procedimiento contra las certificadoras Sohicert SA. Y Liec Agroalimentaria SL por cuanto podrían haber actuado como cooperadores necesarios de los ilícitos penales investigados. «Ello, por cuanto la emisión de certificados de aptitud a sabiendas de que los datos en aquellos contenidos no se ajustan a la realidad, constituirán una aportación necesaria para la ejecución de los delitos objeto de investigación».
En el caso de Liec Agroalimentaria, por ejemplo, según expone el auto, entre 2019 y 2020 tramitó ante el Consejo Regulador declaraciones de aptitud por un volumen de aproximadamente 23.000.000 libros de vino envejecido. «No obstante, tal y como consta en los registros de la Denominación de Origen, no dispone de las barricas necesarias para producir esta cantidad en ese periodo de tiempo».
El instructor pide a la Fiscalía que se pronuncie sobre la posibilidad de decretar el sobreseimiento de la causa para las bodegas Navarro López y Fernando Castro, así como para sus representantes, dado que tras el examen de la documentación no se puede inferir que dichos investigados hubieran participado en una actividad ilícita en cuanto a la producción de vino bajo la Denominación de Origen Valdepeñas, al haber resultado negativos todos y cada uno de los marcadores utilizados para dicha inferencia.