La Abogacía y Ceuta justifican la devolución de 'menas' en 2021: Era «una auténtica invasión»
La Fiscalía y la Coordinadora de Barrios consideraran que no se veló por el interés superior del menor
La Abogacía del Estado y el Gobierno de Ceuta han justificado este martes ante el Tribunal Supremo la devolución de menores no acompañados de Ceuta a Marruecos en 2021 al considerar que estaban ante una «auténtica invasión» y que la actuación de España se amparó en el acuerdo firmado con Rabat en 2007, por lo que entienden que no se vulneraron los derechos de los menores.
Así se han pronunciado en el marco de la vista que se ha celebrado esta mañana en el alto tribunal, donde han pedido que se anule la decisión de un juzgado ceutí –que fue avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía– por la que se condenó a la Delegación del Gobierno a «adoptar las medidas necesarias» para conseguir «el retorno de los menores de edad [no acompañados] que fueron efectivamente repatriados» a mediados de agosto de 2021.
En el marco de la vista pública, el letrado que ha intervenido en representación del Gobierno de Ceuta ha aprovechado su turno de palabra para subrayar el «contexto» en el que se produjeron los hechos. «Desde 2009 hasta 2024 no se ha logrado concluir ni un solo procedimiento desde Ceuta a Marruecos porque Marruecos no ha atendido ninguna petición de servicios sociales, porque no reconoce a Ceuta como España», ha recalcado.
En este sentido, ha recordado que la ciudad autónoma ya lidiaba con grupos de menores no acompañados en su territorio y que en mayo de 2021 se sumaron unos 1.300 más. Así las cosas, ha asegurado que no se trataba de «un problemilla de orden público». «Estamos ante una auténtica invasión», ha dicho citando el escrito de la Abogacía.
«Ninguno de los menores ha manifestado queja»
El letrado ha calificado de «hito» el hecho de que Marruecos aceptara aplicar el acuerdo y ha recalcado que los menores fueron «de Estado a Estado» en un «retorno asistido» en el que se veló por sus derechos en «todo» el procedimiento. «La finalidad es que los menores retornen al seno de sus familias o institución de su país de origen. Es un retorno asistido no una declaración unilateral de repatriación», ha apuntado, al tiempo que ha defendido que el acuerdo firmado en 2007 «es una verdadera norma».
«No solo hemos acreditado que no hubo riesgo alguno, sino que no se materializó en ningún momento», ha defendido al considerar que no se vulneró ni la integridad física ni moral de los menores. Durante su intervención, la Abogacía del Estado se ha amparado en dos sentencias que sientan jurisprudencia sobre la ampliación de dicho acuerdo y han insistido en que «los menores fueron acogidos, se les dio una asistencia y se encuentran reincorporados», al tiempo que han recordado que «otros ya son mayores de edad».
Además, ha incidido en que durante todo el procedimiento que se ha seguido en los tribunales españoles «ninguno de los menores, ni sus padres ni Marruecos ha manifestado ninguna queja sobre la salvaguarda de los derechos fundamentales de los menores».
Asimismo, ha asegurado que los retornos de los menores fueron «voluntarios» y «selectivos» en un procedimiento pactado entre Marruecos y España en el que se veló por el «interés superior del menor». Y, al margen, ha recordado que se produjeron en el marco de una «crisis diplomática» que hizo «imposible» la aplicación del artículo 191, que contempla el procedimiento para la repatriación.
Fiscalía: «No se han cumplido las garantías»
Ante el argumento de que se trataba de una situación excepcional, el fiscal Antonio Narváez ha recordado que «las circunstancias excepcionales están supeditadas el cumplimiento de la ley». En este sentido, ha manifestado que en este caso «no se han cumplido las garantías administrativas y judiciales» para amparar el retorno de los menores.
«Lo que caracteriza a un Estado de Derecho es la garantía de los derechos fundamentales y aquí no se ha dado ninguna garantía ni se ha hecho ningún procedimiento ni se ha identificado a las personas», ha dicho en el marco de una intervención en la que ha dejado claro su negativa a los recursos que ahora estudia el Supremo.
El Ministerio Público también ha desestimado el argumento de la Abogacía y Ceuta de que las repatriaciones se llevaron a cabo bajo el acuerdo de 2007. «No es un tratado, es un acuerdo internacional administrativo que contempla el cumplimiento estricto de la legalidad de ambos Estados y el concepto del interés superior del menor», ha recordado.
Sobre este último extremo ha explicado que dicho interés superior era individualizar los casos de los menores, algo que «no se hizo». A su juicio, la devolución de los menores a Marruecos no cumplía con ninguna garantía. Por ello, ha zanjado que «lo que procede es que se dicte una sentencia desestimatoria de los recursos de casación».
Coordinadora de barrios pide confirmar la condena
Asimismo, la letrada Patricia Fernández Vicens, en representación de la acusación popular ejercida por la Coordinadora de Barrios, ha pedido al Supremo que desestime los recursos presentados por la Abogacía del Estado y el Gobierno de Ceuta. Ha insistido en que el debate no recae en si se debió aplicar o no el artículo 191 relativo a la repatriación sino si se vulneraron los derechos de los menores por vía de hecho, algo que a su juicio sí sucedió.
A su juicio, se produjo una «clara» vulneración de derechos fundamentales de los menores que fueron enviados a Marruecos porque no se inició ningún procedimiento en el que se estudiara caso a caso ni se dictó ninguna resolución por la que se ordenara su repatriación.
Desde la Coordinadora de Barrios han insistido en que aún con el acuerdo de 2007 firmado por Rabat y Madrid «hay que aplicar la ley interna», que contempla «el interés superior del menor». «Lo que no podemos admitir de ninguna manera es que el interés superior del menor que estaba bajo la jurisdicción de Ceuta lo dicte Marruecos. Es una sesión de jurisdicción intolerable», ha señalado en relación al hecho de que los gendarmes entrevistaran a los menores en territorio español.
Al hilo, la acusación popular ha asegurado que «por mucho que porfíe la Abogacía y Ceuta las opiniones son opinables, pero los hechos están allí». Según ha recalcado, no se ponderó si había o no situación de riesgo para los menores. «No se hizo una evaluación de riesgo», ha dicho, para insistir en que la condena debe mantenerse.
A su salida del tribunal, en declaraciones a la prensa, Fernández Vicens ha calificado de «inadmisible» la argumentación dada por la Abogacía y Ceuta y ha afeado el hecho de que la justicia llegue «tarde» en la protección de los menores. «Los procedimientos judiciales son lentos y a veces nos llevan a justicia melancólica», ha señalado.