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La justicia da la incapacidad a un guardia civil por las secuelas de trabajar en la valla de Ceuta

Se trata de la primera vez que el Gobierno debe reconocer esta condición a un agente por su labor en las fronteras

La justicia da la incapacidad a un guardia civil por las secuelas de trabajar en la valla de Ceuta

El perímetro fronterizo de Ceuta. | EP

Sentencia pionera en la Audiencia Nacional. El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 10 ha declarado por primera vez la incapacidad permanente de un funcionario por los daños psicológicos sufridos en acto de servicio, en concreto, por enfrentarse a dos saltos masivos de inmigrantes en la Playa del Tarajal (Ceuta) en 2014 y en la valla de la misma ciudad autónoma en 2017. El Ministerio de Defensa acordó hace dos años la jubilación del guardia civil, pero no reconoció como causa el estrés postraumático que padeció tras desempeñar su trabajo en el perímetro fronterizo. El agente del Instituto recurrió a los tribunales y ahora los magistrados le han dado la razón dejando sin efecto la resolución del departamento dirigido por Margarita Robles.

A juicio del abogado del guardia civil, Antonio Suárez-Valdés, la sentencia supone «un importante espaldarazo» a los agentes que trabajan en las vallas de Ceuta y Melilla, quienes vienen demandando desde hace años que desempeñan su trabajo en condiciones de absoluta indefensión por negarse el Gobierno a considerar acaecidas en acto de servicio las lesiones que pudieran desarrollar en el ejercicio de su trabajo. 

Los hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, relatan que el agente, en febrero de 2014, recibió una llamada el 6 de febrero de 2014, para que acudiera de manera urgente a la playa del Tarajal de Ceuta y dar apoyo al personal que se hallaba en el lugar habida cuenta de que se había producido un salto masivo de inmigrantes. Una vez allí, el guardia civil se introdujo en el mar para llamar la atención de los inmigrantes que intentaban acceder por mar y atraerlos a la playa, asistiendo en la orilla a varios de ellos.

Poco después, continúa, el recurrente observó cadáveres en el agua que la marea empujaba hacia la playa. Así que junto a sus compañeros llevó a los supervivientes y los cadáveres hasta la «grada 1» entregándolos al personal del Grupo de Reserva y Seguridad (GRS) de la Guardia Civil. Fue en ese instante cuando todos los agentes «empezaron a recibir lanzamiento de piedras y objetos provenientes del lado marroquí, teniendo que retirar los vehículos oficiales de dicho lugar y resguardarse».  

Lesiones y homicidio

En el mismo apartado, señalan que el agente, a los días de producirse estos hechos, comenzó a tener «pesadillas, reproducir imágenes del suceso; tener actitud de evitación de situaciones y lugares que le recordaban el suceso traumático, sensación de alerta, hipervigilancia, hiperactivación, irritabilidad, sobresalto, miedo y culpa». Una serie de afecciones que se agravaron, según defiende la víctima, cuando el Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta incoó diligencias por delitos de prevaricación, lesiones, homicidio por imprudencia grave con resultado de muerte y denegación de auxilio contra el recurrente, todo ello como consecuencia de lo ocurrido en la playa del Tarajal. 

Una acusación que se prolongó durante casi ocho años para el agente de la Guardia Civil, hasta que en 2022 el Tribunal Supremo confirmase el sobreseimiento provisional de las actuaciones por todos los delitos mencionados, y que tres años antes había resuelto el juzgado ceutí encargado del caso. Durante estos años el agente, señala la sentencia, fue atendido por diferentes psiquiatras, que le diagnosticaron «trastorno adaptativo de ansiedad ocasionado por los hechos acaecidos durante las intervenciones profesionales relatadas». 

Otro asalto masivo en 2017

Entre estas últimas, los expertos incluyen otro episodio en febrero de 2017, en el que el agente, que «intentó reponerse de la experiencia vivida», tuvo que hacer frente a otro asalto masivo en la zona la zona Bravo del vallado ceutí. El guardia civil inició la actuación junto con los demás compañeros, entre 8 y 10 efectivos, con el fin de evitar la entrada de más de 500 inmigrantes. Pero durante dicha actuación, los inmigrantes, más agresivos y exaltados, llegaron a golpearle y escupirle en varias ocasiones. Lo que desencadenó en que el agente sufriese una crisis de ansiedad en plena intervención.

Por todo lo relatado, el recurrente fue dado de baja. En 2022, el Ministerio de Defensa acordó la jubilación del agente, pero ajena a acto de servicio. En el informe, los órganos de la sanidad militar reconocían que el guardia civil «tenía un trastorno adaptativo de ansiedad con evolución a trastorno de estrés postraumático por problemática laboral», pero no consideraban como desencadenantes los capítulos vividos en el vallado fronterizo de Ceuta. Señalaban que el agente era «una persona psíquicamente vulnerable». Razón por la que el funcionario policial interpuso un recurso contencioso administrativo contra la resolución del departamento.

Los informes psiquiátricos

Dos años después, la Audiencia Nacional ha dado la razón al recurrente poniendo en valor los informes psiquiátricos que presentó la parte afectada. En los mismos, los médicos resaltan que el agente «ha trabajado como militar y en la Guardia Civil afrontando resolutamente situaciones de estrés sin consecuencias psicopatológicas». Por lo que, apuntan, «si realmente fuese una persona psíquicamente vulnerable, las citadas situaciones tendrían que haber tenido consecuencias psicopatológicas en el agente, que carece de antecedentes psiquiátricos personales y familiares y presenta una personalidad sana, no patológica». 

En definitiva, sostiene el escrito, «han sido dos acontecimientos traumáticos excepcionales, los causantes del trastorno de estrés postraumático (TEPT) que padece, no habiendo ayudado a la recuperación del informado la problemática judicial derivada del primer acontecimiento traumático, que ha durado años, aunque finalmente se haya resuelto a su favor».

Ante esto, los magistrados señalan que «queda acreditado que TEPT que padece el funcionario y que le incapacita para el ejercicio de su profesión como Guardia Civil, se inició tras la exposición directa en 2014, a un acontecimiento traumático excepcional, el asalto masivo de inmigrantes ocurrido en a playa del Tarajal, del que resultaron 15 inmigrantes fallecidos y que constituye su causa desencadenante». 

Un criterio que, concluye el tribunal, «ha de llevar a que la insuficiencia de condiciones psicofísicas tiene su origen directo y exclusivo en el servicio prestado en su condición de guardia civil en la playa del Tarajal y en la valla fronteriza de Ceuta, sin que conste dato alguno que apunte a la concurrencia de componentes subjetivos que inciden en la enfermedad, ni de rasgo alguno de su personalidad que determine la generación de la patología invalidante». 

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