Los condenados por los ERE estudian acciones para acceder a los expedientes de sus indultos
La Audiencia de Sevilla envía al Ministerio de Justicia los informes, pero evita notificarlos a la Fiscalía y a las partes
La pelota está en el tejado del Gobierno. El Ministerio de Justicia ya dispone de los informes que solicitó a la Audiencia Provincial de Sevilla para resolver la petición de indulto de ocho condenados por el caso ERE. Se desconoce su contenido, aunque todo apunta a que el tribunal sancionador reproducirá los argumentos en contra de la Fiscalía Anticorrupción y la Junta de Andalucía. El departamento que dirige Félix Bolaños es el único que tiene acceso a los documentos, lo que ha soliviantado a varias defensas consultadas por THE OBJECTIVE, que ya estudian acciones para acceder a los expedientes de sus clientes.
Los informes elaborados por la Audiencia de Sevilla tras la petición de indulto de ocho condenados del caso ERE no han sido notificados ni a la Fiscalía ni a las defensas, que critican la decisión del tribunal sancionador. «Nos preguntamos por qué no se nos ha dado cuenta del contenido de los informes del Ministerio Fiscal y de la Junta si hasta ahora habían compartido todas las resoluciones judiciales», se lamenta uno de los abogados.
«No es normal. Estamos estudiando acciones para conseguir los expedientes», insiste el letrado, que prefiere mantener el anonimato. Tampoco precisa qué medidas tomarán. Estas pasan por elevar un recurso a una instancia superior o solicitar directamente a Justicia los informes. Entre los damnificados se encuentra el expresidente andaluz José Antonio Griñán, de 77 años, que fue condenado a seis años de cárcel por prevaricación y malversación de caudales públicos por su implicación en el caso ERE.
Los afectados por el ‘caso ERE’
Entre los peticionarios de la medida de gracia también están los exconsejeros de Empleo Antonio Fernández y Agustín Barberá; los de Innovación Francisco Vallejo y Jesús María Rodríguez Román; la de Hacienda Carmen Martínez Aguayo; el ex director general de IDEA Miguel Ángel Serrano; y el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, que goza de un tercer grado por motivos de salud. En el caso de Griñán, el tribunal sancionador decidió suspender la pena durante cinco años por el cáncer que padece.
Las sanciones de los condenados por el caso ERE que han solicitado el indulto varían entre los seis años y los siete años y 11 meses. A pesar de que el contenido de los informes elaborados por el tribunal sancionador no ha trascendido, todo apunta a que reproducirá los argumentos de la Fiscalía y la Junta de Andalucía, que es la única administración afectada y a la que la Audiencia de Sevilla solicitó expresamente su opinión tras desestimar los recursos de súplica que presentaron Griñán y Martínez Aguayo.
Las defensas de estos exdirigentes socialistas recurrieron la providencia del tribunal sancionador que pedía pronunciarse a la Junta de Andalucía como «única parte perjudicada». Alegaban que la Administración autonómica no reclamó perjuicio alguno por el caso ERE «ni se dilucidaron, ni se resolvió sobre responsabilidades civiles», lo que hacía «imposible» la existencia de perjudicados en estas actuaciones.
«Lo que más nos sorprende es que, en este procedimiento específico, la Junta de Andalucía no fue acusación, sino que solicitó la absolución de los condenados. Sí se reservó las acciones civiles para otros procedimientos en los que considerara que podían estar implicados. Es sorprendente que ahora digan que son parte perjudicada. Será en otros procesos, no en este. Han hecho un cambalache para oponerse al indulto», se queja el abogado de uno de los condenados por el caso ERE.
«Una norma incompleta»
Otro de los letrados califica de «sorprendente» que no tengan acceso a los informes de la Administración regional ni de la Fiscalía Anticorrupción. «Vamos a tener que pedírselo al Ministerio de Justicia», avanza. Los expertos consultados por este diario explican que esos informes son preceptivos y no vinculantes, así que no van a determinar la decisión final del Ministerio de Justicia, que hasta ahora ha defendido que rechazaría cualquier medida de gracia a condenados por corrupción.
Estos especialistas en Derecho Procesal afirman que la ley de indulto es «una norma antigua e incompleta» (data de 1870) y que no deja claro si hay que dar cuenta de estos informes a la Fiscalía y a las partes, aunque entienden que se les debería dar traslado. E insisten: «El procedimiento termina con la decisión del Gobierno y no es recurrible. Para que se otorgue deben imperar los principios de justicia, equidad y utilidad pública», como indica el artículo 28 de la normativa.
La ley de 18 de junio de 1870 reconoce el indulto como un derecho de gracia que tienen todos los reos en España tras ser condenados por sentencia firme, siempre que no sean reincidentes en el mismo delito. Puede solicitarlo cualquier persona. Lo concede el Rey a petición del Ministerio de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. La medida es individualizada, no implica la desaparición del delito y es discrecional, por lo que no tiene que estar motivada. La norma establece que el tribunal sancionador emita la conveniencia de la medida.
El informe debe incluir los datos del condenado, sus méritos y antecedentes y si cumplió la pena. Además, contiene las circunstancias agravantes o atenuantes, el tiempo de prisión preventiva y, especialmente, las pruebas o indicios de su arrepentimiento, si hay o no parte ofendida, si la medida perjudica a un tercero y si resarció a la parte perjudicada. Un escenario que no se cumple, según el texto que envió la Administración regional a la Audiencia de Sevilla.
Responsabilidad contable
La Junta de Andalucía explica en su informe que no ha sido resarcida con los 680 millones de euros que, según la sentencia, se sustrajeron a las arcas públicas. El gobierno regional presentó un proceso de responsabilidad contable ante el Tribunal de Cuentas para recuperar el dinero esquilmado, aunque de momento solo ha podido rescatar una ínfima parte. La decisión contradice la postura que defendió en 2016, cuando aún gobernaba el PSOE.
Los letrados de la Administración regional afirmaron entonces que no existió una trama criminal ni se creó un procedimiento específico para eludir controles de la Intervención y conceder de forma arbitraria las ayudas de los ERE. Desaconsejaba, por tanto, acusar a Griñán, Manuel Chaves (su predecesor), y al resto de procesados, para los que la Fiscalía solicitaba penas de prisión. Con la llegada del PP, la estrategia cambió: ahora se oponen a los indultos sin recuperar el dinero.
El Ministerio Público también está en contra de la medida de gracia. Advierte de que «la corrupción política administrativa y la desviación de poder son incompatibles con un Estado democrático de derecho, en el que han de prevalecer principios como la igualdad ante la ley, el control del poder público, la imparcialidad y la corrección en la actuación administrativa». La última palabra la tiene el Gobierno, aunque los antecedentes no son halagüeños. En 2021, último año con datos, solo aceptó el 1,3% de los expedientes que tramitó.