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El Supremo mantendrá la causa contra García Ortiz aunque deje de ser fiscal general

El artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ampara a los fiscales de Sala, máximo escalafón de la carrera

El Supremo mantendrá la causa contra García Ortiz aunque deje de ser fiscal general

El fiscal general, Álvaro García Ortiz, en un acto en octubre. | Juanma Serrano (Europa Press)

El Tribunal Supremo mantendrá la causa por revelación de secretos contra Álvaro García Ortiz aunque deje de ser fiscal general. Así será en caso de que el máximo exponente del Ministerio Público dimita, algo que rechazó tras ser imputado, o que los magistrados del Alto tribunal admitan el recurso de una asociación contra su nombramiento. Este último asunto se dirimirá el 28 de enero, un día antes de su declaración ante el juez Ángel Hurtado por la presunta filtración de datos reservados del novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.

García Ortiz, como fiscal de Sala, está amparado por el artículo 57 Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). El fiscal general fue promovido a la máxima categoría del Ministerio Público en marzo 2020, cuando fue nombrado fiscal jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado por su predecesora, Dolores Delgado. El citado precepto establece que la Sala de lo Penal del Supremo será competente para los casos contra el fiscal general, los fiscales de Sala y otros cargos públicos de relevancia.

Los fiscales están aforados para que, en caso de ser investigados, eviten a sus compañeros y las causas se instruyan ante los tribunales superiores de justicia. No obstante, tanto el máximo exponente del Ministerio Público como los fiscales de Sala están aforados ante el Supremo.

El futuro de García Ortiz

Eso significa que Hurtado seguirá instruyendo el caso contra García Ortiz pase lo que pase, incluso si el Alto Tribunal falla a favor de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) el próximo 28 de enero y anula su nombramiento como fiscal general. La organización que preside Miguel Pallarés recurrió hace un año su designación al considerar que no reunía las cualidades necesarias para ser nombrado.

Las fuentes consultadas por THE OBJECTIVE explican que dicha competencia se reforzaría si Hurtado abre juicio oral contra García Ortiz antes de que este deje el cargo o la Sala de lo Contencioso del Supremo anula su nombramiento como fiscal general. El Pleno de la Sala de lo Penal acordó en 2014 que, en las causas con aforados, la apertura de juicio oral «constituye el momento en que queda definitivamente fijada la competencia del tribunal de enjuiciamiento», aunque se pierda tal condición con posterioridad.

De cualquier manera, el futuro de García Ortiz se dirimirá en el Supremo. APIF está personada como acusación popular en la causa que instruye el juez Hurtado, que esta semana ha citado a declarar como imputado al fiscal general el 29 de enero. La intención de la Sala de lo Contencioso-Administrativo pasa por resolver el recurso de la asociación el día 28, aunque está por ver si anticipan el fallo a la espera de la sentencia, explican fuentes jurídicas.

En caso de que estimen el recurso, podría darse la situación de que García Ortiz acuda a declarar habiendo sido ya anulado su nombramiento como fiscal general. La APIF interpuso hace un año un recurso contra su nombramiento al considerar que su actuación y su «parcialidad» en favor del Gobierno muestran que este «no se ajusta a la ley».

Apoyo al Gobierno

La asociación que preside Pallarés señala que el jefe del Ministerio Público «se ha mostrado descaradamente parcial por su apoyo al Gobierno, al tiempo que ha omitido cualquier obligación debida a la institución, a sus fiscales y faltando el respeto al Consejo Fiscal al apropiarse de alguna de sus potestades decisorias».

APIF considera que García Ortiz «no reúne las cualidades necesarias para ser nombrado» y reprocha diferentes actuaciones desde que fue elegido para el cargo en junio de 2022 (aunque lo que se pone en entredicho es su renovación por el Gobierno en diciembre del año siguiente). El recurso menciona la anulación de nombramientos de fiscales de Sala por desviación de poder, como en el caso de Delgado, que fue ascendida al máximo escalafón de la carrera sin poseer los méritos suficientes.

El recurso hace hincapié en que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal exige en su artículo 29 que el candidato a fiscal general debe ser jurista de reconocido prestigio. Según APIF, si en García Ortiz hubiese concurrido tal requisito, «decae desde el momento que ha sido condenado por el Supremo como autoridad que actúa con desviación de poder, utilizando sus potestades con finalidad distinta de la establecida por el ordenamiento». Considera, por tanto, que el nombramiento «no es conforme a ley».

Los fiscales críticos también inciden en que, una vez que fue renovado por el Gobierno como fiscal general, decidió «privar» al Consejo Fiscal de la posibilidad de hacer el informe que le había pedido el Senado sobre la proposición de ley de amnistíaGarcía Ortiz registró un incidente de recusación contra los cuatro magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Los magistrados habían dictado previamente una sentencia que tumbó el nombramiento de Delgado como fiscal togada del Supremo, por lo que se convertía automáticamente en fiscal de Sala. Los jueces rechazaron la petición de García Ortiz, que habló de falta de imparcialidad, por ser «atípica». Entendían que el jefe del Ministerio Público solo buscaba eludir a este tribunal.

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