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Tribunales

La Ley lo confirma: tu vecino puede tocar el piano o la guitarra, pero si los decibelios o la frecuencia es excesiva se le podría embargar

La convivencia dentro de una comunidad es muy importante y si no se respeta las consecuencias pueden ser muy duras

La Ley lo confirma: tu vecino puede tocar el piano o la guitarra, pero si los decibelios o la frecuencia es excesiva se le podría embargar

Tocar la guitarra en casa | Canva Pro

Tener un vecino que toca un instrumento puede estar muy bien cuándo compartís gustos musicales, sin embargo, esta es una situación que suele volverse pesada cuando los conciertos se dan en horas inadecuadas. Si los acordes de la guitarra o los golpes de batería impiden el descanso, trabajo, o perjudican la salud, los problemas comienzan a darse. Ante esto la ley establece unos límites muy claros: aunque la música no está prohibida, el derecho a tocar un instrumento termina donde empieza el derecho al descanso de los demás. Si la situación se acaba volviendo insoportable para el resto de vecinos del edificio, la justicia establece medidas para pararlo: desde embargar el instrumento hasta incluso el caso extremo de poder echar al vecino ruidoso de su propia casa, durante un periodo de tres años.

Hay que mirar por el bien común

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), defiende la necesidad de que haya una buena convivencia entre los propietarios de un edificio. «Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas», explica en su artículo 7.2. El cual deja claro que tanto propietario como inquilino tienen que respetar las normas establecidas y no hacer lo que quieran. Tocar un piano o una batería de firma constante, a un volumen alto y a deshoras, es considerado una actividad molesta y nociva; y por lo tanto ilegal.

¿Cuándo puedes quejarte?

Puedes quejarte siempre que este comportamiento se haya repetido varias veces durante un periodo de tiempo, no vale si ha sido algo puntual. En el caso de la música, es importante saber cuántos decibelios son considerados mucho y hay que distinguir entre el día y la noche. Esto puede depender en función de la zona, pero en la mayoría los parámetros establecidos suelen ser los siguientes: si es por el día, el máximo suele estar en torno a los 35 decibelios; en cambio si es por la noche la cosa cambia, y el máximo suele rondar los los 25-30.

Tocar el piano dentro de casa

¿Qué puedes hacer en este tipo de situaciones?

En estos casos, en los que ya tienes pruebas de que tu vecino supera los decibelios permitidos, existe un procedimiento que debes seguir:

  1. Advertir al implicado: el presidente de la comunidad debe pedir al vecino que cese su conducta, o de lo contrario habrá consecuencias legales. «El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes», explica la LPH en su artículo 7.
  2. Realizar una reunión: si tras el aviso el vecino hace caso omiso, será necesario que la junta de propietarios se reúna y autorice expresamente el inicio de acciones judiciales.
  3. La decisión del juez: Una vez puesta la demanda, el juez puede ordenar al vecino que cese «de forma inmediata» dicha actividad, y si este no lo hace, la situación podrá empeorarse, considerándose un «delito de desobediencia».

¿Qué pasa si ese vecino está de alquiler?

Sin quien da problemas no es el dueño del piso, sino que está de alquiler en él; la Ley de Propiedad Horizontal es aún más severa: puede ser expulsado de manera definitiva. «Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento», establece el propio artículo 7 de la LPH.

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