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Renta 2022: no confirmes el borrador sin revisar estas deducciones

Conviene revisar las desgravaciones autonómicas y las novedades que trae la campaña de la Renta de este año para no dejar pasar ninguna deducción

Renta 2022: no confirmes el borrador sin revisar estas deducciones

Si sale a devolver, muchos contribuyentes dan automáticamente a confirmar el borrador. | Unsplash

El martes 11 de abril ya se podrá presentar la declaración de la Renta 2022 por internet. Y no son pocos los contribuyentes que rápidamente dan a confirmar el borrador que les ofrece la Agencia Tributaria sin más, perdiendo la oportunidad de aprovechar desgravaciones que suelen pasar desapercibidas. Hacerlo también te puede llevar a cometer errores. Antes de aceptar el borrador, presta atención a estas diez aspectos en los que puedes aplicar deducciones en tu declaración.    

Es una realidad: la mayoría de los ciudadanos confirman precipitadamente el borrador tras descargarlo del Servicio Renta Web, sobre todo, si les sale a devolver. Remediarlo puede llevar tan solo unos minutos, los necesarios para repasar el índice del Manual e incluir importes que no figuran.

Los importes que más suelen dejar pasar los contribuyentes son los relacionados con los alquileres, las ayudas públicas recibidas y todas las reducciones fiscales que no están incluidas por defecto. En este último apartado cobran un especial protagonismo las deducciones autonómicas, que son las grandes desconocidas.

En primer lugar, será necesario comprobar si existe la obligación de declarar. Actualmente, el límite por rendimientos del trabajo, independientemente del número de pagadores, continúa siendo de 14.000 euros. Con vistas al próximo año, conviene tener en cuenta que este límite aumentará a 15.000 euros para la declaración de 2023, que se deberá presentar en 2024. En caso de un solo pagador (también si el segundo y siguientes no superan en total los 1.500 euros) el límite se mantiene en los 22.000 euros.

1. Deducción por maternidad y guardería

El pasado 7 de abril entró en vigor la ampliación del derecho a aplicar la deducción por maternidad y el incremento por gastos de guardería por todos los meses a partir del 1 de enero de 2020 a las madres trabajadoras que hayan pasado a situación legal de desempleo, bien por haberse suspendido su contrato de trabajo por ERTE con suspensión total o por ser víctimas de violencia de género, bien por ser fijas-discontinuas en período de inactividad.

También beneficia a las trabajadoras autónomas que cobren la prestación por cese de actividad por suspensión de su actividad económica.

La ampliación de esta deducción se aplica de forma retroactiva para 2020, 2021 y 2022 en la declaración de la Renta 2022, concretamente en las casillas 1911 a 1916 «Ejercicios 2020 y 2021. Ampliación de la deducción por maternidad a otras situaciones». Estas casillas podrán estar cumplimentadas, si no se hizo en su día, o se mostrará un aviso.

Desde los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) se recomienda revisar el borrador y comprobar que están imputadas todas las rentas obtenidas por la cuantía correcta, especialmente en los casos en se hayan tenido varios pagadores o si uno de ellos es el SEPE (en los casos de ERTE). Esto es de vital importancia si en 2022 se ha pagado un abono superior al que correspondía y el reintegro no se ha realizado por el contribuyente en dicho año, sino en 2023.

2. Ingreso Mínimo Vital

Hay un requisito importante a tener en cuenta si se ha percibido el Ingreso Mínimo Vital (IMV): todos los miembros de la unidad familiar que hayan recibido esta prestación deben presentar la declaración de la Renta.

Cuando existan menores de edad, deberían obtener el DNI facilitado por el Ministerio del Interior o el NIF que expide la Agencia Tributaria, ya que también deberá presentar su propia declaración. Habrá que tener en cuenta la fecha límite de presentación de la declaración para cumplir con ello antes de que termine la campaña de la Renta 2022.

La prestación del Ingreso Mínimo Vital está exenta, junto con las rentas mínimas de inserción y otras ayudas de las comunidades autónomas o ayuntamientos para colectivos en riesgo de exclusión social. El límite máximo anual conjunto es de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples, que en 2022 fue de 12.159,42 euros.

Cuando se es beneficiario del IMV no se pueden aplicar las deducciones por familia numerosa, monoparentales con dos hijos y familiares con discapacitados a cargo.

3. Deducciones por obras de eficiencia energética

Esta es una de las deducciones que no figuran en el borrador y que podrías estar perdiendo si lo confirmas por defecto sin modificarlo. En THE OBJECTIVE ya detallamos cómo se deben tramitar las deducciones por obras de eficiencia energética.

Aunque la documentación no hay que aportarla en el momento de presentar la declaración, es conveniente recopilarla para acreditar la realización de las obras y el cumplimiento de todos los requisitos: los certificados de eficiencia energética antes y después de las obras, los contratos de ejecución de las obras, los medios de pago, las actas de juntas de comunidades de propietarios, etc. Y será necesario conservarla durante cuatro años desde el 30 de junio de 2023.

Para beneficiarse en 2022, el certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras debió emitirse antes del 31 de diciembre. Sólo afectará a propietarios de viviendas habituales o propietarios de viviendas en alquiler o en expectativa de alquiler. En este último caso, la vivienda deberá alquilarse antes de 31 de diciembre de 2024. Además, las obras no se deben haber abonado con dinero efectivo.

Las tres deducciones que se han ampliado un año más, incluyendo al año 2023, son por obras de mejora para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración; por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable; y por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial. Las subvenciones y ayudas concedidas para realizar este tipo de actuaciones de rehabilitación energética estarán exentas del Impuesto sobre la Renta.

4. Adquisición de vivienda habitual

Esta deducción suele generar numerosas dudas porque muchos contribuyentes que adquieren una vivienda con hipoteca creen erróneamente que tienen derecho a esta deducción. Pero lo cierto es que esta desapareció en 2013, sólo que actualmente existe un régimen transitorio para aquellos que ya la venían aplicando con anterioridad a esa fecha.

Aunque el borrador suele incluirla por defecto, conviene revisarla sobre todo en los casos en que existan varios préstamos o haya habido novaciones, subrogación, sustitución de un préstamo o crédito por otro, algo más común este año debido a la subida de tipos de interés que ha obligado a numerosos contribuyentes a renegociar las condiciones de su hipoteca.

Los técnicos de Gestha avisan de que, siempre que el préstamo resultante se dedique a la amortización del anterior, se permite la ampliación para cubrir estrictamente los costes asociados a la cancelación del préstamo primigenio y gastos de constitución del nuevo. En cualquier caso, también hay que rectificar el borrador para incluir los seguros de vida u hogar que el banco haya obligado a incluir en la escritura del préstamo.

5. Bono cultural joven y ayudas públicas

Conviene comprobar que constan en el borrador las ayudas o subvenciones que se hayan recibido de las Administraciones Públicas o de otras instituciones y que no estén expresamente exentas. Si no aparecen, habrá que rectificar el borrador para incluirlas.

A este respecto, Gestha explica que ayudas como la de 200 euros para personas con bajo nivel de ingresos, el bono alquiler joven o el bono cultural joven deben declararse como ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones.

Una de las novedades es que se ha ampliado la deducción por maternidad y gastos de guardería | Unsplash

6. Planes de pensiones

La fiscalidad de los planes de pensiones ha cambiado mucho en los últimos años. La aportación máxima al plan de pensiones individual ha bajado hasta los 1.500 euros. No obstante, el límite actual se puede incrementar en 8.500 euros, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social (plan de empresa) o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la contribución empresarial.

En 2023 la aportación del trabajador, junto con el importe de la contribución empresarial, también puede llegar hasta el límite máximo conjunto de los 8.500 euros.

Los técnicos de Gestha advierten del elevado coste fiscal de rescatar el plan de pensiones en forma de capital a los contribuyentes que en 2022. Esta opción está disponible para personas afectadas por desempleo de larga duración o con enfermedad grave, que pueden disponer anticipadamente del importe de sus derechos consolidados correspondiente a aportaciones realizadas con al menos 10 años de antigüedad. También para quienes se hayan jubilado o sufrido algún tipo de discapacidad.

Y es que actualmente no se mantiene la reducción del 40% en este tipo de rescate, salvo por las aportaciones anteriores a 31 de diciembre de 2006. Se recomienda pedir a la gestora del fondo que certifique los derechos consolidados referidos a esas aportaciones anteriores a 31 de diciembre de 2006.

7. Deducciones por donativos

Este tipo de deducciones sí suelen estar incluidas en el borrador, pero conviene verificarla en base a la certificación que hayan expedido las fundaciones, ONG o entidades beneficiarias.

Los contribuyentes tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el 80% a los primeros 150 euros que se hayan donado y el 35% al resto, o bien el 40% si hay reiteración de donaciones a una misma entidad.

En el caso de donativos para actividades prioritarias de mecenazgo, que cada año relaciona la Ley de Presupuestos Generales del Estado, estos porcentajes y límites se elevan en cinco puntos porcentuales.

8. Inmuebles

En el caso de compras o ventas de inmuebles es importante verificar que el borrador no incluye inmuebles que se hayan vendido o bien que constan los inmuebles adquiridos, verificando además que consta la vivienda habitual con esta calificación.

En relación con los alquileres, el modelo 179 «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» fue anulado por Sentencia del Tribunal Supremo en 2020, pero para 2022 vuelve a estar en vigor. Por ello, no se debe olvidar incluir los arrendamientos de inmuebles destinados a apartamentos turísticos.

9. Matrimonio, divorcio o hijos

Para aprovechar las ventajas fiscales, los técnicos instan a rectificar el borrador cuando cambia la situación civil, ya sea por haber contraído matrimonio o por haber tenido hijos. O, en caso de separación o divorcio, si hay pensiones compensatorias o de alimentos.

10. Deducciones autonómicas

El borrador no incluye las numerosas deducciones de las comunidades autónomas: desconocidas por la mayoría de los contribuyentes. Por ello, conviene leer las deducciones que se recogen en el Manual de Renta que cada año edita la Agencia Tributaria y que puede descargarse de su página web.

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