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El Registro de Impagados Judiciales suma 9.000 abogados y se abre a las empresas

Las empresas y bufetes pueden requerir el pago al deudor y la notificación de inclusión en el fichero de la Abogacía en el marco del procedimiento judicial.

El Registro de Impagados Judiciales suma 9.000 abogados y se abre a las empresas

Enrique Rodríguez Zarza, director del RIJ; Victoria Ortega, presidenta de CGAE; y Valentín Arce Hidalgo, director general adjunto de Informa D&B | CGAE

El Registro de Impagados Judiciales (RIJ) ya suma 9.000 abogados que utilizan la cláusula para informar de la inclusión en un fichero de morosos de la Abogacía en caso de que los clientes no paguen. Y con estos datos se ha presentado ante 200 empresas y bufetes en un acto liderado por la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Victoria Ortega. El objetivo es dar a conocer su funcionamiento también a los departamentos jurídicos y a los responsables de riesgo y recobro de las compañías para que puedan consultar el registro. Los asistentes al acto a los que ha contactado THE OBJECTIVE reconocen que este sistema puede ser eficaz en la prevención de impagos y en la mejora de la ejecución de resoluciones.

El funcionamiento del RIJ es novedoso porque se basa en la inclusión de una cláusula informativa en los escritos judiciales. De este modo, se cumpliría con la obligación de comunicación al cliente de su inclusión en el Registro de Impagados Judiciales en caso de no abonar sus deudas y sin coste.

Y ahora se ha dado el salto para que lo conozcan empresas de otros sectores, en un acto al que asistieron representantes del mundo financiero, como el Banco Santander, CaixaBank, Deutsche Bank  y BBVA, así como de firmas de abogados, entre las que se encontraban CMS Albiñana & Suárez de Lezo o Garrigues, entre otras. También asistieron empresas de recobro como Pfs Group, Collecta, Zolva, Kruk, Covline, Debex o Konecta; del sector de la automoción, como Mercedes Credit; y de software jurídico, como Francis Lefebvre, Thomson Reuters o Tirant lo Blanc.

El Registro de Impagados Judiciales, en el acto con empresas.

Los encargados de explicar su mecánica fueron Valentín Arce Hidalgo, director general adjunto de Informa D&B (filial del Grupo CESCE), y el director general del RIJ, Enrique Rodríguez Zarza. Destacaron la utilidad para abogados y despachos, pero también para particulares, autónomos, pymes y grandes empresas.

Estas organizaciones pueden hacer el requerimiento de pago al deudor y la notificación de inclusión en el fichero de morosos de la Abogacía en el marco del procedimiento judicial. Al incluir la cláusula en la misma demanda o escrito judicial, no tiene coste para el acreedor y se ofrecen garantías jurídicas para ambas partes, acreedores y deudores.

Aflorar la deuda del mercado privado

Una de las principales ventajas de este mecanismo consiste en que saca a la luz la deuda del mercado privado, que no está disponible en los sistemas tradicionales de información crediticia. Estos últimos recogen básicamente deuda financiera y de las grandes utilities. Además, la información se puede consultar de manera gratuita en el RIJ desde cualquier dispositivo electrónico, siempre y cuando exista un interés legítimo. De este modo, se mejora la tasa de recobro y se facilita la toma de decisiones a nivel de riesgo empresarial.

La Presidenta de la Abogacía ha destacado que la cláusula RIJ ya está siendo utilizada por los abogados en los contratos y en los escritos judiciales y recordó que permite realizar las notificaciones previas a la inclusión de la deuda a través del órgano judicial, dando cumplimiento a los requisitos que establece la ley. Las empresas pueden consultarlo a través de sus letrados tanto para acelerar el recobro como para prevenir futuros riesgos de impagos. «Si los más de 150.000 abogados que hay en nuestro país comparten su información, con todas las garantías legales, va a ser la forma más segura de contratar», ha explicado Ortega.

Durante la presentación, se explicó que el RIJ cumple con las tres obligaciones legales sobre el tratamiento de datos en los ficheros de morosos: requerir el pago al deudor de forma recepticia, advertirle de la inclusión en el fichero RIJ y notificarle la inclusión de sus datos concediéndole el plazo legal para el ejercicio de derechos ARSOL. 

Por otra parte, se puso el acento en que el RIJ también contribuye a mejorar el rating y el scoring con información clave que hasta ahora no estaba disponible en los mercados, ayudando a agilizar el cobro de la deuda y haciendo más eficaz la toma de decisiones en el mercado privado y financiero.

Comunicación de la cláusula en la demanda

En THE OBJECTIVE hemos podido hablar con algunos de los asistentes al acto para conocer cómo ha sido la acogida de esta herramienta. En la mayoría de los casos, se reconoce la utilidad para reducir los riesgos de impagos en las empresas antes de cerrar operaciones o de contratar con un cliente.

Algunos recordaron que, tras la presentación, surgió un debate sobre los pleitos masivos que algunas entidades financieras han tenido que afrontar -y algunas han perdido- por la inclusión de clientes en ficheros de morosos tradicionales sin cumplir con la obligación de comunicación previa. En algunos casos, se había notificado por carta ordinaria y sin garantías. Y se puso en valor que con el RIJ se minimizaría este riesgo porque la comunicación se hace a través del juzgado y de forma gratuita, sin burofax, y con mayor seguridad jurídica.

En general, la acogida ha sido positiva. Así nos los ha confirmado Juan Ignacio Fernández Aguado, socio del área Procesal y experto en Derecho Concursal de CMS Albiñana & Suárez de Lezo, que alabó al CGAE por abanderar este tipo de instrumentos que ayudan a paliar la morosidad tanto para despachos de abogados como para otros operadores. Y también contribuyen a facilitar la ejecución de las resoluciones judiciales de condena.

«El sistema de ejecución forzosa es muy mejorable, y es muy posible que el RIJ ayude a la hora de mostrar pasividad por parte de los deudores ante los procedimientos de ejecución, ante la eventualidad de ser incluido en este tipo de registro», explicó. También destacó la posibilidad de verificar si la contraparte figura o no como moroso previamente a la contratación, para evitar la reincidencia y como mecanismo preventivo de una eventual insolvencia o para su acreditación en situaciones de concursos necesarios.

El Registro de Impagados Judiciales y los LAJ

Como reto, en el encuentro se planteó la acogida dispar que tiene la inclusión de la cláusula RIJ por parte de los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ): y es que algunos la aceptan y otros no.

Ante esta situación, Enrique Zarza ha aclarado a este periódico que «es cierto que hay algunos que lo admiten y otros que consideran que no les corresponde, pero esto es indiferente: la comunicación está hecha y se cumple con este requisito legal» para la inclusión en el fichero en caso de impago. Y adelantó que van a preparar una campaña dirigida a los funcionarios de la Administración de Justicia para que conozcan el funcionamiento del RIJ y que vean las ventajas en términos de reducción de litigios.

El Registro de Impagados Judiciales es una iniciativa novedosa que cuenta con el apoyo del Consejo General de la Abogacía Española y con la participación de INFORMA y NTT DATA. El objetivo es mitigar la morosidad que afecta a los abogados y bufetes. Pero el interés principal es que el fichero sea consultado por las empresas para controlar riesgos de impago en la toma de decisiones de negocio.

De ahí que la presentación en la sede de la CGAE se dirigiera a los departamentos jurídicos del área de riesgo y recobro de grandes empresas, responsables de bufetes de abogados, servicers, entidades financieras y de seguros, Fintech, proveedores de servicios BPO especializados en recuperación judicial, así como sociedades e instituciones involucradas en la práctica jurídica y financiera.

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