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Llarena rechaza la libertad a Rull y Turull para ser consellers

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que investiga el procès en el Supremo, ha denegado a Jordi Turull y Josep Rull la libertad provisional indefinida que le habían solicitado para ser consellers

Llarena rechaza la libertad a Rull y Turull para ser consellers

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que investiga el procès en el Supremo, ha denegado a Jordi Turull y Josep Rull la libertad provisional indefinida que le habían solicitado para ser consellers, ante el incremento de riesgo de reiteración delictiva tras la voluntad independentista expresada por el nuevo president catalán, Quim Torra.

En un auto divulgado hoy el magistrado del Supremo considera que la petición de salir de la cárcel, donde están en prisión preventiva desde marzo, que le han hecho Rull y Turull, no debe ser atendida porque persiste e incluso se ha incrementado el peligro de reiteración delictiva que le llevó a adoptar aquella resolución.

Dicho peligro incluso se incrementa, dice Llarena, ante la pública expresión hecha por el nuevo president, Quim Torra, de impulsar la república independiente catalana ilegalmente declarada.

De esta forma, para el magistrado, la determinación de los partícipes en los hechos que se investigan era continuar la ejecución del plan ilegal para lograr la independencia tan pronto recuperaran el control de las instituciones de la Comunidad Autónoma de Cataluña, lo que muestra que «un eventual retorno de los procesados al Consejo de Gobierno de esa Comunidad, no sólo no desvanece o mitiga el riesgo de reiteración delictiva que trata de conjurarse, sino que lo potencia, más aún cuando el Presidente que pretende designarlos ha exteriorizado su voluntad y determinación de impulsar la república independiente ilegalmente declarada».

El juez rechaza también la alegación de los dos procesados de que, en la eventualidad de que la libertad provisional fuera aprovechada por ellos para perseverar en su delito, el instructor siempre podría corregir el menoscabo reactivando la medida cautelar de prisión.

“La sugerencia no sólo se enfrenta a los relevantes e irreparables perjuicios colectivos que pueden derivarse de la inobservancia y de la violación del orden constitucional que se adelantaba en los designios reflejados en el Libro Blanco para la independencia de Cataluña, sino que oculta la naturaleza argumentativa del alegato, pues la potencial reversión de la medida que sugieren los recurrentes, resultaría fácilmente inalcanzable si se considera el riesgo de fuga existente y las dificultades de ejecución que -en tal coyuntura revocatoria- podrían surgir”, indica el instructor.

Sobre este riesgo de fuga, el juez reproduce el argumento de la Sala de apelaciones en su auto del 17 de mayo: “No puede dejar de valorarse la estructura organizativa que los apoya, ni la consistencia económica de la misma, ni los contactos internacionales del grupo, elementos que han permitido a quienes ya se han fugado, mantener una apariencia de vida normalizada fuera de España y de la residencia que hasta entonces era su domicilio habitual”.

Llarena indica en su auto que en esta ocasión Rull y Turull no han planteado, frente a lo ocurrido con anterioridad, ninguna petición alternativa a la de libertad provisional indefinida, y no hacen en su escrito ninguna referencia a los hechos por los que han sido procesados.

El instructor sí considera oportuno recordar esos hechos, “que han consistido en que  determinados partidos políticos secesionistas desplegaron su capacidad política para, desde su mayoría de escaños en el Parlamento, designar un presidente del Gobierno de la Generalidad de Cataluña que ejecutara las iniciativas legislativas de fragmentación territorial impulsadas desde el Parlamento, por más que estás hubieran sido declaradas contrarias a nuestra Norma Suprema y hubieran sido anuladas por el Tribunal Constitucional, así como para que el Gobierno autonómico condujera su actividad con esa misma orientación”.

“Todo ello –añade el auto-, impulsando y favoreciendo -con quebranto de las normas imperativas penales- que amplios sectores sociales que comparten ese ideario, se enfrenten pública y colectivamente a la actuación que las instituciones del país han desplegado para preservar el orden constitucional, buscando con ello forzar al Estado a aceptar la situación de hecho ilegalmente creada”.

El auto resalta que la petición de libertad tampoco describe cuál ha sido el papel que, en esa estrategia, han desempeñado los procesados Jordi Turull y Josep Rull. El juez explica al respecto que el auto de procesamiento detalla que “su intervención habría consistido en organizar e impulsar la ejecución del plan de independencia, aprovechando para ello las funciones ejecutivas que, como consellers, tenían en el anterior Consejo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña, hasta que fueron cesados con ocasión de la aplicación del artículo 155 de la Constitución Española”.

 

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