Cómo notificar el fallecimiento de un pensionista en la Seguridad Social
El plazo para informar a la Administración es de 30 días hábiles a partir de la fecha de fallecimiento
Cuando un ser querido fallece, surgen diversas gestiones burocráticas que deben realizarse en un plazo determinado. Si el difunto recibía una pensión, es fundamental informar a la Seguridad Social para que dejen de realizar los pagos correspondientes en el futuro.
En vista a la complejidad del proceso, la Seguridad Social ofrece una guía que responde a las preguntas más comunes que suelen surgir al realizar el trámite.
¿Es necesario informar sobre la muerte de un pensionista?
Definitivamente. La normativa exige que el pensionista informe a la entidad gestora (generalmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) sobre cualquier cambio en su situación económica, datos personales o familiares. Lógicamente, la muerte del pensionista debe ser comunicada por los familiares y es obligatorio hacerlo en todos los casos. No hacerlo puede resultar en una infracción.
¿Dónde se debe realizar esta comunicación?
Cuando un pensionista fallece, la notificación debe realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, adjuntando el certificado de defunción del pensionista, que se puede obtener en el sitio web del Seguro Social. También se puede informar en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social, para lo cual se puede solicitar una cita previa.
Si el jubilado vive en el extranjero, la notificación de la defunción debe hacerse en la Dirección Provincial del INSS que gestiona su pensión o en la Consejería Laboral de la Embajada de España en su lugar de residencia.
Para evitar pagos indebidos, los pensionistas que residen en el extranjero deben presentar un comprobante de supervivencia una vez al año durante el primer trimestre natural para continuar recibiendo su pensión de jubilación.
¿Qué documentos y trámites se deben realizar y en qué plazo?
Solo se necesita presentar el certificado de defunción del pensionista. Este certificado médico oficial confirma la muerte de la persona, la fecha y el lugar en que ocurrió. Debe ser emitido por un médico y luego presentado en el Registro Civil.
El plazo para informar estos cambios es de 30 días hábiles (excluyendo sábados, domingos y días festivos) a partir de la fecha de fallecimiento.
¿Cómo se calcula el pago de la pensión del fallecido?
Las pensiones de la Seguridad Social se pagan por mensualidades naturales y se distribuyen en 14 pagos, que incluyen 12 mensualidades regulares y 2 pagos extraordinarios.
Las mensualidades regulares se pagan en su totalidad, incluyendo el mes en que ocurra la extinción del derecho. Por lo tanto, cuando un pensionista fallece, la Seguridad Social le paga el mes completo, independientemente del día en que haya fallecido.
¿Hay derecho a un pago extraordinario posterior?
Se tiene derecho a una parte proporcional del pago extraordinario correspondiente desde el último pago hasta el mes en que ocurra el fallecimiento. El cálculo se realiza de acuerdo con ciertas reglas dependiendo de si corresponde al mes de junio o noviembre.
Este pago extraordinario se abona junto con la última mensualidad de la pensión si la notificación de la baja por fallecimiento se realiza dentro del plazo establecido. De lo contrario, se debe solicitar el pago extraordinario como una deuda pendiente.
¿Se pueden reclamar pagos indebidos?
Sí, las personas que hayan recibido pagos indebidos de la Seguridad Social están obligadas a reembolsar la cantidad correspondiente. Aquellos que hayan contribuido, de alguna manera, a permitir esos pagos también pueden ser responsables subsidiarios del reembolso, a menos que demuestren buena fe.
Recibir la pensión de un fallecido durante un periodo prolongado sin informar a la Administración es un delito contra la Seguridad Social que puede resultar en sanciones penales.
¿La muerte de un familiar pensionista puede dar lugar a otras pensiones?
El fallecimiento de un familiar que era beneficiario de una pensión puede dar derecho a recibir otras pensiones, como la pensión de viudedad u orfandad. Estas prestaciones están destinadas a ayudar económicamente a las personas que quedan en situación de necesidad debido al fallecimiento de alguien. Puedes solicitar estas prestaciones en línea a través del portal Tu Seguridad Social con un certificado digital o sin él, según corresponda.
Otra prestación a la que puedes tener derecho es el auxilio por defunción, que consiste en un pago único de 46,50€ para ayudar a cubrir parte de los gastos funerarios y que se puede solicitar hasta 5 años después del fallecimiento.