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Economía

La UE avanza en la regulación de las criptomonedas: así será la ley MiCA

Si es aprobado en el pleno del Parlamento Europeo, se espera que este reglamento comience a aplicarse a las empresas en el año 2024

La UE avanza en la regulación de las criptomonedas: así será la ley MiCA

Andre M. Chang (Europa Press)

La Unión Europea ha dado un nuevo paso hacia la regulación común de las criptomonedas con la aprobación por parte de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo a la ley del mercado de criptoactivos, conocida como ley MiCA por sus siglas en inglés. 

Con 28 votos a favor y solo uno en contra, el reglamento queda listo para las verificaciones de los abogados y lingüistas, tras lo que pasará a votarse en el pleno del Parlamento Europeo. Si pasa este proceso, será publicada en el Boletín Oficial de la Unión Europea, tras lo que, aunque entrará en vigor a los 20 días, se establece un periodo de adaptación de 18 meses para las empresas, por lo que su aplicación real no se espera hasta el año 2024

El objetivo de esta ley, según señala la Comisión Europea, es «garantizar que la Unión Europea adopte la revolución digital y la lidere con la ayuda de empresas europeas innovadoras a la vanguardia, de manera que los beneficios de las finanzas digitales estén al alcance de los consumidores y las empresas de Europa». 

«En vista de los distintos riesgos y oportunidades que presentan los criptoactivos, se hace necesario establecer normas relativas a los emisores de los mismos», argumenta el texto aprobado. 

Esta norma, según dice en declaraciones a THE OBJECTIVE Fernando Ramos, jefe del departamento legal de la empresa Bit2Me, lo que busca es establecer «unas normas básicas y transparentes que protejan al consumidor y que otorguen mayor garantía y seguridad al sector». 

Por eso, considera que la ley MiCA es buena para el mercado de las criptomonedas y que «permitirá una entrada masiva de consumidores y mejorará su imagen en la sociedad». 

Más allá de los exchanges de criptomonedas 

La ley MiCA establece que debe haber un registro de todos los negocios de exchanges de criptomonedas, es decir, proveedores de servicios de cambios de moneda virtual por moneda fiduciaria. Algo que, según explica a este periódico María José Escribano, abogada del despacho Dentons especialista en el tema, ya era obligatorio en España desde octubre de 2021, cuando se habilitó este registro en el Banco de España. 

La diferencia está en que actualmente solo existe un registro, pero con la ley MiCA «se pasará de un simple registro a una solicitud de licencia o autorización administrativa«, según explica Ramos. Así, todos los proveedores de este tipo de servicios deberán estar autorizados para operar en la Unión Europea.

Es precisamente para las solicitudes de las licencias y su aprobación o denegación para lo que, según explica Ramos, será necesario un periodo de adaptación en la ley, pues no es un proceso corto. «Las empresas como Bit2Me tendrán que solicitar una autorización administrativa y demostrar que se cumplen algunos requisitos relacionados con el buen funcionamiento de la empresa en aspectos relacionados con la ciberseguridad, prevención de blanqueo de capitales, etc.» 

Pero este reglamento no habla solo de los exchanges, sino que «incluye en su ámbito de aplicación una variedad de servicios relacionados con los criptoactivos«, señala Escribano, como la emisión de criptoactivos, custodia y administración de criptoactivos por cuenta de terceros, explotación de una plataforma de negociación de criptoactivos, canje de criptoactivos por moneda fiat de curso legal, y el asesoramiento sobre ellos, entre otros aspectos. 

Sobre este último, por ejemplo, hay un artículo completo, el 73, que establece, entre otras cosas que los autorizados a prestar asesoramiento «garantizarán que las personas físicas que faciliten información o presten un servicio sobre criptoactivos en su nombre posean los conocimientos y la experiencia necesarios para cumplir sus obligaciones». 

Escribano destaca también que esta última versión del reglamento «deja fuera de su ámbito de aplicación a los tokens únicos no fungibles o NFT y a los productos DeFI». «No obstante, respecto a los primeros, la Comisión Europea está llevando a cabo una evaluación sobre si se considera necesaria la creación de una propuesta legislativa específica para ellos», añade. 

Honestidad e imparcialidad

Otro punto importante de la ley MiCA, según destaca Escribano, es que «recoge normas de conducta y responsabilidades frente a los consumidores de los proveedores de servicios de criptoactivos». 

Así, el artículo 23 establece que los proveedores de estos servicios «actuarán con honestidad, imparcialidad y profesionalidad» y «se comunicarán con los titulares de las fichas referenciadas a activos de manera imparcial, clara y no engañosa». 

En este sentido, también hace mención a los contenidos publicitarios, aspecto que también regula. 

Y en relación a la protección de los clientes, también establece que «los emisores de fichas referenciadas a activos deben establecer un procedimiento claro para la tramitación de las reclamaciones que reciban de parte de los titulares de los criptoactivos». 

En cuanto a este aspecto de la ley, Ramos apunta a un punto que considera «muy relevante», que es la contratación de seguros por parte de las empresas, «algo que en la actualidad es muy difícil de encontrar porque las compañías de seguros no suelen estar preparadas para ofrecer este tipo de servicios a los exchanges«. 

El experto de Bit2Me considera que esta protección frente a robo o pérdida para los consumidores «mejorará la confianza en el sector y hará que más gente utilice las criptomonedas en el futuro». 

El medioambiente y el blanqueo de capitales, dos grandes preocupaciones

Dos de los principales temas que se mencionan cuando se habla de los riesgos del mercado de las criptomonedas son su impacto negativo en el medioambiente y la mayor facilidad para el blanqueo de capitales debido al anonimato que posibilitan muchas plataformas y a la falta de regulación. 

En cuanto al primer punto, Escribano explica que «si bien MiCA establece la obligación para los proveedores de servicios de criptoactivos de declarar información sobre su huella ambiental y climática, a lo largo de todo el texto delega en ESMA (la Autoridad Europea de Mercados y Valores) y en EBA (Autoridad Bancaria Europea) la elaboración de proyectos de normas técnicas reglamentarias para especificar más el contenido, las metodologías y presentación de la información que deberán proporcionar en relación con los indicadores de sostenibilidad».

En cuanto al riesgo de blanqueo de capitales, se ha elaborado una propuesta de reglamento respecto a la información que acompaña a las transferencias de fondos y determinados criptoactivos. Su objetivo es, explica Escribano, «imponer a los proveedores de servicios de criptoactivos la obligación de recopilar información completa sobre el remitente y el beneficiario de las transferencias que se realicen a través de sus servicios y de dar acceso a dicha información».

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